Los pensionados en Colombia reciben cada año un pago adicional conocido como mesada 13. Esta funciona como una prima anual, similar a la que reciben los trabajadores formales, y se entrega durante el mes de diciembre para garantizar un ingreso extra en la temporada navideña.
Mesadas de los pensionados. Foto:iStock/Archivo El Tiempo
Según lo establece la ley, todos los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia tienen derecho a este pago. Es importante aclarar que este beneficio cobija tanto a quienes están afiliados al régimen público (Colpensiones) como a los de los fondos privados.
La única excepción son aquellas personas que, al no alcanzar los requisitos de edad o semanas cotizadas, recibieron una devolución de aportes, ya que esta situación no genera el derecho a una pensión ni a sus pagos adicionales.
Cuándo llegar la mesada 13 en 2025
El artículo 50 de la Ley 100 de 1993 establece que el pago debe realizarse a más tardar en la primera quincena de diciembre. Generalmente, se consigna junto con la mesada correspondiente al mes de noviembre.
El valor de la mesada 13 corresponde exactamente al 100 % del monto de la pensión mensual. Por ejemplo, si un beneficiario recibe el salario mínimo, que para el año 2025 equivale a $1.423.500, ese será el mismo valor que percibirá como pago adicional en diciembre. Una ventaja clave es que a este ingreso extra no se le aplican descuentos por salud ni otros aportes.
Pensionados. Foto:iStock.
Para acceder a la pensión, los hombres deben tener 62 años y 1.300 semanas cotizadas. En el caso de las mujeres, el requisito actual es de 57 años y 1.300 semanas, aunque la reforma pensional que está en revisión ante la Corte Constitucional contempla una reducción gradual.
El pago de la mesada 13 es un proceso automático. Las entidades administradoras utilizan la información y la cuenta bancaria registrada por el pensionado para depositar el dinero. Colpensiones recomienda verificar con antelación que los datos personales estén actualizados para evitar contratiempos.
Imagen de referencia. Foto:iStock
En caso de que un pensionado considere que no ha recibido el valor correspondiente, puede presentar una reclamación formal, presencial o virtual, ante Colpensiones o su fondo privado.
*Este contenido se realizó con ayuda de una IA y fue revisado por un periodista.

