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Colombia

“Los drones sólo podrán emplearse para vigilancia”, nueva regla del Gobierno para seguridad privada

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“Los drones sólo podrán emplearse para vigilancia”, nueva regla del Gobierno para seguridad privada
Drones en Colombia – crédito Colprensa

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y la Aeronáutica Civil han emitido una circular conjunta que establece las condiciones para el uso de sistemas aéreos no tripulados en servicios de seguridad, una decisión divulgada por EL TIEMPO.

Este documento detalla los parámetros que deben seguir las empresas del sector para utilizar estas herramientas tecnológicas, cuyo uso ha crecido en diversos entornos urbanos y rurales.

Las autoridades indican que esta disposición busca garantizar que la incorporación de estas aeronaves se efectúe dentro de un marco regulatorio que facilite el control de su uso en vigilancia.

Drones en Colombia | crédito Sergio
Drones en Colombia | crédito Sergio Acerro/Colprensa

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La circular menciona que solamente las empresas con licencia vigente podrán operar drones en sus esquemas de seguridad, siempre que cuenten también con la autorización como medio tecnológico emitida por la Supervigilancia.

Adicionalmente, se exige la certificación ante la Aerocivil como operadores del Sistema de Aeronave no Tripulada, una condición que abarca el cumplimiento de estándares específicos respecto a equipos, manuales de operación, perfiles de los pilotos y condiciones técnicas de vuelo.

Cada aeronave deberá ser reportada formalmente ante la Supervigilancia antes de iniciar cualquier actividad operativa.

Drones en Colombia | crédito
Drones en Colombia | crédito Sergio Acerro/Colprensa

Durante la introducción de la circular, Miguel De la Hoz García, jefe de la Oficina Jurídica de la Supervigilancia, explicó el alcance del uso permitido en estas funciones, y reiteró que “los drones podrán ser utilizados únicamente para actividades de vigilancia y seguridad privada orientadas a la captura de imágenes o datos”.

Se mencionó que el documento establece restricciones sobre funciones no permitidas, asegurando que ningún equipo se utilizará para actividades que excedan su objetivo de vigilancia.

El texto también incluye prohibiciones específicas, indicando que el transporte de elementos, la manipulación de armas, el manejo de materiales peligrosos o cualquier otro propósito diferente a la vigilancia está prohibido, según las normativas aeronáuticas.

Las entidades destacaron que estas restricciones buscan garantizar que las aeronaves solo se usen para los fines establecidos en la regulación y evitar interferencias con el orden técnico vigente en la navegación aérea en Colombia.

Para facilitar la implementación de esta nueva regulación, la circular incluye un régimen de transición que permitirá a las empresas adecuar sus procesos.

Este periodo transitorio permitirá que las compañías que aún no tienen certificación inicien el proceso necesario, mientras que las que ya están acreditadas como operadores UAS deberán registrar cada uno de sus equipos ante la Supervigilancia.

Las autoridades recordaron que esta fase no implica una suspensión en el cumplimiento, sino una adaptación gradual mientras la Aerocivil mantiene vigente la regulación actual.

En el documento se subraya que la operación de los equipos debe cumplir con los parámetros de seguridad aérea establecidos por la autoridad aeronáutica, incluyendo limitaciones de altura, distancia, áreas permitidas y protocolos de vuelo.

Las empresas deberán asegurarse de que los pilotos cuenten con formación certificada, mantengan actualizados sus conocimientos y operen los drones según los procedimientos aprobados.

La Aerocivil reiteró que los equipos deben estar en condiciones técnicas adecuadas y que cualquier modificación debe ser reportada sin delay.

Una de las directrices incluidas en la circular se refiere a la trazabilidad de las aeronaves, indicando que todas las empresas deben garantizar el registro individual de cada dron y contar con sistemas que permitan identificar el equipo durante su operación.

Esta exigencia se suma a la documentación necesaria sobre manuales, bitácoras de vuelo, verificaciones previas y reportes de incidentes. Las entidades comentaron que esta información permitirá una supervisión constante sobre los aparatos utilizados en el sector.

Las autoridades insisten en la importancia de que los proveedores de servicios revisen atentamente la circular y confirmen el cumplimiento de todos los requisitos. Resaltaron que las empresas deben realizar los ajustes necesarios para operar dentro del marco establecido, lo cual incluye mantener actualizados los certificados, reportar incidentes y gestionar solicitudes ante la Aerocivil y la Supervigilancia.

De acuerdo con la circular, el objetivo principal es asegurar que la tecnología se implemente de manera responsable y dentro de los límites definidos por la regulación que rige la navegación aérea y la vigilancia privada.

Por último, las entidades recordaron que la supervisión de las empresas será constante y que cualquier operación deberá adherirse rigurosamente a los lineamientos técnicos y legales marcados.

Enfatizaron que esta coordinación interinstitucional busca mantener un control unificado sobre el uso de aeronaves no tripuladas en el ámbito de la seguridad privada, asegurando la aplicación consistente de la normativa mientras las empresas avanzan en el cumplimiento de los trámites del periodo de transición.

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