Colombia
Corte Constitucional dio luz verde a ley que elimina reportes negativos en DataCrédito a ciertos deudores

La Corte Constitucional ha declarado aprobada la Ley Estatutaria 190 de 2022 de la Cámara y 303 de 2023 del Senado.
Esta legislación, validada por el Congreso hace dos años, había quedado a la espera del mencionado examen constitucional.
Ahora síguenos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
A partir de ahora, esta decisión beneficiará principalmente a aquellos que figuran en centrales de riesgo como Datacrédito.
La ley elimina los reportes negativos y suspende cobros para víctimas de delitos digitales que no han incurrido en deudas con su consentimiento.
El Congreso aprobó la norma hace dos años y estuvo pendiente del análisis del tribunal supremo. Esta resolución refuerza las herramientas legales que afectan a millones de ciudadanos registrados en bases como Datacrédito y Transunión, donde se conserva información crediticia crucial para acceder a créditos, productos financieros y incluso empleos.
La nueva ley, conocida como ‘ley contra el fraude digital’, establece que si un ciudadano es víctima de suplantación, deberá presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación y comunicarlo al banco u entidad financiera donde fue obligado a aceptar responsabilidades económicas sin consentimiento.
La persona afectada debe pedir la corrección del reporte y presentar pruebas contundentes del delito de suplantación y tiene un plazo de diez días hábiles para que se evalúe el caso.
Al comprobarse la veracidad del reclamo, la entidad financiera deberá gestionar ante la central de riesgo la modificación o eliminación del reporte negativo y de cualquier información relacionada con el historial de la víctima.
El texto de la ley establece: “Deberá solicitar la modificación del dato negativo, récord (scoringsscore) y cualquier otro dato que muestre el comportamiento del titular de la información, evidenciando que la víctima de falsedad personal no es responsable de las obligaciones adquiridas”.
La ley requiere que el reporte negativo sea eliminado y que en su lugar se incluya la leyenda “Víctima de Falsedad Personal”; esta etiqueta no se considerará un reporte negativo ni afectará la calificación de riesgo ni alterará los estudios financieros o crediticios.
Esta marca implica que la entidad llevará a cabo una verificación más rigurosa de la identidad del afectado ante futuras solicitudes, para prevenir abusos.
La Corte Constitucional respaldó estas disposiciones y, según el magistrado Juan Carlos Cortés, “los mecanismos sirven para proteger a la víctima mediante la modificación del dato negativo en su registro personal”.
Esta protección legal también incluye la suspensión de cobros relacionados con deudas originadas por suplantación. Las entidades financieras deben cesar los procesos de cobranza por obligaciones que la víctima no generó.
La sentencia C-413/25 emitida por la Corte respalda la ley y solo está pendiente la sanción presidencial de Gustavo Petro para poner en marcha oficialmente todas las disposiciones establecidas en el texto.
El representante a la Cámara, Duvalier Sánchez, uno de los proponentes, destacó que se estima que el beneficio podría alcanzar a más de ochenta mil colombianos.
“La deuda deberá ser reportada como consecuencia de fraude y no deberá ser pagada. La entidad financiera debe suspender inmediatamente cualquier cobro y si está registrada, debe eliminarla del reporte. La carga de demostrar el caso ante la justicia recae en la entidad financiera. Eso es lo que acaba de validar la Corte Constitucional”, afirmó el congresista Duvalier Sánchez.
La ley redefine el procedimiento para rectificar reportes fraudulentos ante las centrales de riesgo. Un ciudadano que identifique una deuda no autorizada debe denunciar ante las autoridades competentes. Los bancos y empresas son responsables de evaluar la solicitud, verificar documentos y gestionar la actualización o eliminación de la referencia negativa ante la central. Si las pruebas presentadas por el cliente son válidas, la entidad elimina el reporte y comunica el nuevo estatus a las plataformas crediticias.
Las medidas adoptadas por la Corte Constitucional buscan restablecer la reputación de aquellos reportados por suplantación y asegurar el respeto por los derechos de habeas data y protección de la información personal. Además, el fallo exige que el proceso de verificación y eliminación del reporte negativo siga un trámite ágil y sin demoras injustificadas, obligando a las entidades a ajustar sus protocolos internos.
La plena vigencia de la ley está a la espera de la firma del presidente Gustavo Petro, un paso que formalizará el acceso a los alivios para quienes logren demostrar su condición de víctimas.
De aquí en adelante, la anotación de “Víctima de Falsedad Personal” impedirá el uso de dicha información como causa de rechazo crediticio e impedirá que errores similares afectan la reputación financiera de los colombianos afectados por delitos digitales.







