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Con las recientes modificaciones a las normativas del programa Pico y Placa, es crucial conocer qué vehículos no pueden circular este lunes 15 de diciembre en Cartagena.
La Administración Municipal de Cartagena indica que la restricción de tráfico se basa en el número final de la placa, el tipo de vehículo, el día de la semana y la hora del día.
Ten en cuenta que esta prohibición se actualiza a diario, por lo que es esencial permanecer informado para evitar sorpresas al transitar por las calles de la ciudad colombiana.
El Pico y Placa se determina de acuerdo al día de la semana, tipo de vehículo y la cifra final de la matrícula. Además, cabe recordar que esta normativa varía según la ciudad.
El objetivo de limitar el tránsito vehicular en Cartagena es reducir el número de vehículos en circulación, lo que a su vez disminuye la congestión, los accidentes de tráfico y los niveles de contaminación.
Aquí están todos los detalles sobre el Pico y Placa para mañana.
Motos: 3, 4.
Particulares: 3, 4.
Taxis: No aplica.
No solo la restricción vehicular, sino también el horario del Pico y Placa en Cartagena se adapta según el tipo de vehículo, de la siguiente manera:
Motos: de 5:00 a 23:00 horas.
Particulares: de 7:00 a 9:00 y de 18:00 a 20:00 horas.
Taxis: de 6:00 horas hasta las 6:00 del día siguiente, es decir, durante 24 horas.
La Alcaldía de Cartagena ha anunciado cómo será la rotación del Pico y Placa durante el segundo semestre de 2025.
La restricción de vehículos se basará en el último dígito de la placa, así como el día de la semana.
El Pico y Placa para vehículos particulares estará vigente desde el lunes 7 de julio hasta el 3 de octubre de 2025, de la siguiente manera:
Lunes: 1 y 2.
Martes: 3 y 4.
Miércoles: 5 y 6.
Jueves: 7 y 8.
Viernes: 9 y 0
Desde el 6 de octubre del 2025 hasta el 2 de enero del 2026, la rotación será la siguiente:
Lunes: 3 y 4.
Martes: 5 y 6.
Miércoles: 7 y 8.
Jueves: 9 y 0.
Viernes: 1 y 2
El Pico y Placa para vehículos particulares operará de lunes a viernes, excepto en días festivos, en los horarios de 7:00 a 9:00 y de 18:00 a 20:00 horas.
Para los taxis, la rotación en la segunda mitad del año será la siguiente:
Rotación del 30 de junio al 1 de agosto de 2025:
Lunes: 3-4.
Martes: 5-6.
Miércoles: 7-8.
Jueves: 9-0.
Viernes: 1-2.
Rotación del 4 de agosto al 5 de septiembre de 2025:
Lunes: 5-6.
Martes: 7-8.
Miércoles: 9-0.
Jueves: 1-2.
Viernes: 3-4.
Rotación del 8 de septiembre al 31 de octubre de 2025:
Lunes: 7-8.
Martes: 9-0.
Miércoles: 1-2.
Jueves: 3-4.
Viernes: 5-6.
Rotación del 6 de octubre al 31 de octubre de 2025:
Lunes: 9-0.
Martes: 1-2.
Miércoles: 3-4.
Jueves: 5-6.
Viernes: 7-8.
Rotación del 3 de noviembre al 5 de diciembre de 2025:
Lunes: 1-2.
Martes: 3-4.
Miércoles: 5-6.
Jueves: 7-8.
Viernes: 9-0.
Rotación del 8 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026:
Lunes: 3-4.
Martes: 5-6.
Miércoles: 7-8.
Jueves: 9-0.
Viernes: 1-2.
Para los taxis, el horario del Pico y Placa será de lunes a viernes, excepto festivos, de 6:00 horas a 6:00 horas del día siguiente.
No todos los vehículos están obligados a seguir esta restricción; algunos están exentos. Esta exención incluye:
Vehículos con Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción.
Vehículos eléctricos o de cero emisiones.
Vehículos oficiales de todos los niveles.
Vehículos fúnebres.
Vehículos de emergencia.
Vehículos de atención médica.
Vehículos para distribución de medicamentos.
Vehículos para rescate o traslado de órganos y tejidos.
Vehículos de control de tráfico y grúas.
Vehículos para residuos hospitalarios.
Vehículos de medios de comunicación.
Vehículos turísticos.
Vehículos escolares.
Vehículos de valores.
Vehículos destinados a la enseñanza automovilística.
Para exentar el Pico y Placa, los vehículos deben presentar la solicitud correspondiente junto con la documentación en regla del auto y el conductor, así como el paz y salvo por todos los conceptos.
Según la Alcaldía de Cartagena, la sanción por incumplir los lineamientos del Pico y Placa es la siguiente:
Una multa equivalente a 15 días de salario mínimo vigente. Actualmente, el salario mínimo diario es de 47,450 pesos, lo que es un total de 711,750 pesos.
Además de la multa, el vehículo del infractor será inmovilizado.
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