Economia
Así quedó la tasa de usura en Colombia para el año 2026

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) certificó una nueva disminución en la tasa de usura para los créditos de consumo y ordinarios que estará vigente durante enero de 2026, una señal que impacta directamente a millones de usuarios del sistema financiero.
Según la Resolución 2288 de 2025, el interés bancario corriente para esta modalidad quedó fijado en 16,24% efectivo anual, lo que representa una reducción de 44 puntos básicos frente al nivel vigente en diciembre de 2025, cuando se ubicaba en 16,68%
Qué implica la reducción
El tasa de usura es una referencia clave dentro del sistema financiero, ya que sirve como base para calcular tanto los intereses remuneratorios y moratorios como el límite legal de la usura, definido en el Código Penal.
Por lo tanto, su variación influye directamente en el costo máximo que pueden cobrar los establecimientos de crédito.
Tasa de usura Foto:Archivo EL TIEMPO
Con la nueva certificación, la tasa máxima de usura para créditos de consumo y ordinarios quedó en 24,36% efectivo anual para enero de 2026
Otras tasas certificadas para enero
La Superfinanciera también publicó las tasas correspondientes a otras modalidades de crédito que regirán entre el 1 y el 31 de enero de 2026. Entre ellas se destacan:
- Crédito de consumo de bajo monto: 45,90%
- Crédito productivo de mayor monto: 26,80%
- Crédito productivo rural: 18,65%
- Crédito productivo urbano: 38,49%
- Crédito popular productivo rural: 50,88%
- Crédito popular productivo urbano: 59,83%

Tasas no certificadas por la SFC
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los
intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio
(Artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en
el Código Penal
- Crédito de consumo y ordinario: interés
remuneratorio
y de mora
(efectivo anual) de 24,36% y usura
(efectivo
anual) del 24,36% - Crédito de consumo de bajo monto: 68,85% y 68,85%
- Crédito productivo de mayor monto: 40,20% y 40,20%
- Crédito productivo rural: 27,98% y 27,98%
- Crédito productivo urbano: 57,74% y 57,74%
- Crédito popular productivo rural: 76,32% y 76,32%
- Crédito popular productivo urbano: 89,75% y 89,75%
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