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La proclamación de emergencia económica por el Gobierno nacional, formalizada mediante el Decreto 1390 de 2025, sigue suscitando interrogantes en diversos sectores políticos, empresariales, sociales y judiciales del país.
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional, fue el siguiente en expresar sus inquietudes sobre la decisión del Ejecutivo de emitir dicho documento, mientras las altas cortes están en vacancia judicial.
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Ante esta situación, el jurista, en conversación con El Tiempo, no descarta que se presente al Congreso de la República, durante el primer semestre de 2026, una propuesta que reforme el periodo de receso de magistrados, dado que otras ramas del poder público podrían tomar decisiones sin considerar el calendario judicial.
“Conforme a lo establecido en la Ley 270 de 1996, que fue actualizada por la Ley 2430 de 2024, y revisada por las sentencias C-037 de 1996 y C-134 de 2003 de la Corte, es esencial respetar el periodo de vacancia judicial, que resulta de las vacaciones colectivas de la Rama. En la actualidad, no hay ninguna autoridad judicial que pueda levantar esta medida. Mientras esas normas permanezcan vigentes, desde el 20 de diciembre hasta el 10 de enero, no podemos tratar ninguno de los asuntos reservados a estas cortes,” enfatizó Ibáñez en el medio mencionado.
Además, el presidente del alto tribunal abordó las preocupaciones sobre la reunión informal de la Sala Plena que tuvo lugar el 23 de diciembre, dado que la vacancia comenzó el 20 de diciembre. Aclaró que este encuentro se realizó tras las solicitudes de magistrados y ciudadanos respecto al documento firmado por el presidente Gustavo Petro.
“Nos reunimos de manera informal para evaluar la trayectoria a seguir, ponderar los aspectos positivos y negativos de esta situación, y comprobar si existía algún medio para ejercer la competencia que nos otorga la Constitución y llevar a cabo el control automático de constitucionalidad del estado de excepción. Finalmente, todos coincidimos en que era complicado asumir el conocimiento tanto del decreto declarativo como de las medidas previas al 13 de enero (de 2026),” explicó al diario bogotano.
Asimismo, recordó que durante la vacancia judicial no hay dependencia que pueda atender las demandas contra la normativa presidencial, mencionando que todas las solicitudes serán respondidas a partir del 13 de enero de 2026, cuando se reanuden las actividades en la rama judicial.
“Con el inicio de la vacancia judicial, simplemente se cerraron los despachos, no solo en la Corte Constitucional sino en toda la Rama, y no hay un solo funcionario que, salvo algunas excepciones, pueda reiniciar el servicio para asegurar el cumplimiento de estas funciones (..) ni siquiera el reparto, que debería ser electrónico, puede realizarse, ya que las plataformas están fuera de servicio,” afirmó.
Asimismo, no se descarta que se desarrolle una inciativa para reformar el periodo de receso judicial, señalando que su propuesta no se basaría únicamente en este evento, sino también en administraciones futuras.
“Esto se revisará no solo en relación con la situación actual, sino también considerando cualquier otro gobierno y escenarios contemplados en la Constitución, como una guerra exterior, una conmoción interior, grave calamidad pública o afectaciones severas en el orden económico, social o ecológico. En tales circunstancias, no es aceptable que la Administración de Justicia permanezca totalmente inactiva,” afirmó.
Adicionalmente, destacó la decisión del Congreso en la que, durante su receso legislativo, aprobaron una proposición para debatir el decreto de emergencia económica, fijado para el lunes 29 de diciembre de 2025.
“Si el Congreso, que no necesita estar en sesión permanente, puede ser convocado ante situaciones de excepción e incluso reunirse por derecho propio, ¿cómo es posible que los jueces de la República no puedan hacerlo? (…) hay una restricción que la Corte está obligada a respetar, pero que indudablemente requiere revisión, pues contradice otro precepto constitucional: durante los estados de excepción debe asegurarse el funcionamiento normal de todas las ramas del poder público,” afirmó Ibáñez.
Finalmente, el presidente de la Corte Constitucional recordó que esta no es la primera ocasión en la que un decreto de emergencia se emite durante el periodo de vacancia judicial, ya que, según el magistrado, de los 17 decretos emitidos desde 1991, cuatro ocurrieron en ese lapso.
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