Economia
el Gobierno anuncia un alza de 23 % hasta los $ 2 millones y se reabre el debate por el fuerte impacto económico

El presidente Gustavo Petro anunció que el salario mínimo legal mensual que empezará a regir a partir del 1.° de enero del 2026 se incrementa en 23,7 por ciento (18,7 por ciento real anual), una decisión que llevará el ingreso base de unos 2,4 millones de trabajadores hasta los 2 millones de pesos, incluido el auxilio de transporte, según explicó anoche en su alocución al país.
La magnitud del ajuste no solo marcar un nuevo hito en la política salarial del país, sino que reabre un debate de fondo sobre los límites entre la protección del ingreso de los hogares y los riesgos macroeconómicos asociados a incrementos de esta escala.
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Con dicho incremento el salario base pasa de 1’423.500 pesos en 2025 a 1’750.905 pesos a partir del 1°. de enero, un aumento nominal de 327.405 pesos, lo que indica un 23 por ciento. Mientras, el ajuste decretado sobre el auxilio de transporte es de 24,5 por ciento, al pasar de 200.000 a 249.095 pesos.
Un incremento similar no se observaba desde 1993 cuando el ajuste del salario fue del 25 por ciento. No obstante, en aquel entonces la inflación era del 22,6 por ciento, mientras que este año estará al rededor del 5,2 por ciento. El ajuste del salario del 2026 equivale a 4,4 veces la inflación proyectada para este año.
Presidente Gustavo Petro en la alocución donde anunció el incremento del salario mínimo. Foto:Presidencia
“Estas son medidas que van directamente a reducir la pobreza. Yo creo que aumenta el empleo porque aumenta la demanda y los empresarios van a vender más”, manifestó el presidente Petro durante su alocución.
El dato, que también incluye el ajuste del auxilio de transporte, tiene implicaciones que van mucho más allá del salario base. En Colombia, el mínimo funciona como un ancla para múltiples precios, tarifas y obligaciones económicas, por lo que el aumento anunciado impactará costos laborales, servicios indexados y decisiones empresariales, además de incidir en la trayectoria de la inflación al inicio de 2026. El tamaño del ajuste, por tanto, reabre el debate sobre el equilibrio entre la protección del ingreso y los riesgos macroeconómicos.
Decreto 1469 del 29 de diciembre del 2025
En efecto, José Manuel Restrepo, exministro de Hacienda y rector de la Universidad EIA, señaló que esta decisión “claramente llevará a un empobrecimiento del país y, sobre todo, de los más vulnerables en la medida que es un aumento desproporcionado”.
Cabe recordar que el anuncio del presidente Petro se produce tras el fracaso de la concertación en la Comisión Permanente de Políticas Salariales y Laborales. Mientras las centrales sindicales propusieron un alza del 16 por ciento, los gremios empresariales defendieron un ajuste cercano al 7,21 por ciento, basado en inflación y productividad. Ante la falta de consenso, la ley habilita al Gobierno para fijar el salario mínimo por decreto.
Según lo dicho por el propio jefe de Estado, esta vez la decisión no se apoyó solo en las variables tradicionales, sino que incorpora de manera explícita el concepto de “salario vital” como eje orientador de la política salarial. Este enfoque, respaldado en estudios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), busca medir si el ingreso mínimo permite realmente cubrir las necesidades básicas de los hogares.
Un documento sobre el cual el Gobierno basó dicho ajuste, indica que el salario mínimo vigente presenta una brecha frente al ingreso requerido para una vida digna, lo que justificaría un ajuste real significativo, aunque no total, en una senda de corrección gradual.
Salario Foto:Salario
Según Fabio Arias, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), las cifras que muestran el avance de la economía corroboran que un incremento elevado del salario no frena ni la creación de empleo, ni dispara la inflación. En su opinión, “las empresas tienen los trabajadores que necesitan” y tendrán que pagarles el sueldo sin ningún problema. “La economía se encargará de regular y de demostrar que al haber mayor consumo tiene que haber mayor producción y mayor empleo”, agregó al respecto.
Los cálculos del Gobierno
El documento recalca en que no existe una fórmula automática para fijar el salario mínimo y que la ley obliga a una ponderación integral de los factores económicos y sociales.
En primer lugar, se tomó como base la inflación observada, medida por el IPC anual a noviembre de 2025 (5,3 por ciento), como piso para preservar el poder adquisitivo. A esto se sumó la meta de inflación del Banco de la República (3 por ciento), como referente de convergencia macroeconómica.
En materia de productividad, el Gobierno incorporó los datos oficiales del Dane, incluidos la Productividad Total de los Factores (0,91 por ciento) y las mediciones de productividad laboral, aun reconociendo que no hubo consenso técnico sobre una cifra única.
También se tuvo en cuenta la participación de los salarios en el ingreso nacional, que habría aumentado en 2,81 puntos porcentuales, así como el desempeño de la economía, con un crecimiento del PIB del 3,6 por ciento en el tercer trimestre y estimaciones de cierre cercanas al 2,8 por ciento.
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El borrador sostiene que este conjunto de variables crea un “entorno propicio” para un incremento real del salario mínimo, compatible —según la visión del Ejecutivo— con la sostenibilidad macroeconómica.
Un elemento adicional que el borrador introduce como soporte de la decisión es la evolución reciente del mercado laboral. El documento señala que, a juicio del Gobierno, existen condiciones favorables para absorber un incremento real del salario mínimo, apoyadas en la reducción de la tasa de desempleo —ubicada en 8,2 por ciento—, la creación de cerca de 577.000 empleos en lo corrido de 2025 y el aumento de la formalidad laboral, que habría representado más de la mitad de los nuevos puestos de trabajo generados.
En ese contexto, el Ejecutivo sostiene que la mejora en los indicadores laborales, junto con una inflación en descenso frente a los picos de 2022, configura un escenario distinto al de años anteriores y permitiría un ajuste más ambicioso del ingreso mínimo sin afectar de manera inmediata la dinámica del empleo formal.
El incremento exagerado en el salario impacta directamente los costos de productos y servicios. Foto:Hector Fabio Zamora. Archivo EL TIEMPO
Graves impactos
Más allá de la motivación técnica, el tamaño del aumento es el principal foco de controversia. Un análisis reciente de EL TIEMPO advierte que incrementos “exagerados” del salario mínimo pueden generar efectos no deseados sobre la economía.
El primero es el impacto inflacionario. En Colombia, el salario mínimo actúa como referencia para múltiples precios, tarifas, multas y contratos, por lo que un aumento del 23 por ciento puede trasladarse rápidamente a otros costos de la economía.
El segundo riesgo es el empleo formal. Para muchas micro y pequeñas empresas, un alza de esta magnitud implica mayores costos laborales y de seguridad social, lo que podría traducirse en menor contratación, informalidad o ajuste de nóminas.
A esto se suma el efecto sobre la competitividad empresarial y la inversión, en un contexto en el que la productividad no crece al mismo ritmo que el salario mínimo, una brecha que históricamente ha sido señalada por los analistas como fuente de distorsiones en el mercado laboral.
El borrador de decreto muestra que el Gobierno busca dar un giro estructural a la política salarial, acercando el salario mínimo a un ingreso considerado “vital”. Sin embargo, la discusión de fondo sigue abierta: cómo balancear la mejora del ingreso de los trabajadores con la estabilidad del empleo, el control de la inflación y la sostenibilidad de las empresas, advierten algunos analistas.
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También muestra un esfuerzo explícito por blindar jurídicamente la decisión. A lo largo del texto, el Gobierno cita de manera reiterada pronunciamientos de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado que exigen que, cuando el salario mínimo se fija por decreto, la motivación sea verificable y permita identificar el peso real de cada variable económica y social.
En ese sentido, el documento insiste en que el aumento propuesto no responde a una decisión discrecional, sino a una ponderación razonada de los parámetros legales, con énfasis prevalente en la protección constitucional del trabajo y en la necesidad de garantizar una remuneración mínima, vital y móvil, incluso frente a consideraciones de sostenibilidad fiscal y estabilidad macroeconómica.







