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La resolución del Consejo de Estado que anuló el decreto que estableció el salario mínimo de 2016 en Colombia ha cambiado la forma en que el Gobierno debe justificar sus decisiones en este campo. El reciente aumento del salario mínimo para 2026, fijado en 23,7%, ha reavivado el debate jurídico y social, ya que algunos sectores consideran que el precedente de 2017 puede reaplicarse.
En 2017, el Consejo de Estado declaró nulo el Decreto 2552 de 2015, que estableció un aumento del 7% para el salario mínimo de 2016, señalando que el Gobierno no justificó adecuadamente las razones detrás de ese porcentaje. El tribunal estableció que la administración nacional debe explicar técnica y explícitamente la cifra adoptada, especialmente cuando no hubo consenso en la mesa de concertación salarial.
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El fallo judicial dejó en claro que no es suficiente mencionar en términos generales variables como inflación, productividad, crecimiento económico y poder adquisitivo. El Ejecutivo debe detallar cómo se tuvieron en cuenta estas variables para llegar a la cifra final. La falta de justificación fue considerada un defecto de legalidad, lo que resultó en la anulación del decreto.
Se informó que la nulidad no tiene efectos retroactivos; los salarios pagados y los contratos calculados con base en esa cantidad no se modifican. Los efectos de la decisión se proyectaron al futuro, estableciendo un precedente para situaciones similares.
El precedente de 2017 ha sido invocado por quienes critican aumentos del salario mínimo que consideran sin fundamento. La anulación del decreto de 2016 demostró que cualquier decreto que establezca el salario mínimo puede ser cuestionado si no se respalda con rigor técnico y legal.
El fallo también aclaró que el Consejo de Estado no tiene la función de fijar el salario, sino de exigir transparencia y adherirse al proceso legal; si se encuentra un defecto en la justificación o en el procedimiento, el tribunal puede anular el decreto.
El aumento del 23,7% para el salario mínimo en 2026 provocó reacciones en diversos sectores. El exministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, invitó a la ciudadanía a impugnar el decreto ante el Consejo de Estado, recordando el precedente de 2017.
Restrepo publicó en su cuenta de X una imagen sobre la decisión anterior, acompañada de la frase: “¡Es por el 90% de colombianos que se verán afectados por la medida del gobierno hoy! ¡No podemos permitir la destrucción de Colombia sin argumentos sensatos!”.
Ante esta situación, el politólogo Josías Fiesco, candidato a la Cámara de Representantes por el Centro Democrático, ya ha presentado una demanda ante el Consejo de Estado para impugnar el decreto que fijó el aumento para 2026. Esta acción legal busca determinar si el Gobierno justificó adecuadamente el aumento.
La abogada Mirna Wilches, socia de Chapman Wilches, explicó a Infobae Colombia que el salario mínimo debe ser establecido conforme a parámetros legales y constitucionales. Resaltó que la falta de una justificación técnica adecuada podría representar un vicio de legalidad. Según Wilches, “la determinación del salario mínimo no es una prerrogativa absoluta del presidente; hay variables que deben considerarse al definirlo”.
Wilches detalla que estas variables están estipuladas en el artículo 8 de la Ley 278 de 1996. Estas incluyen la inflación reportada por el Dane en noviembre, la inflación proyectada por el Banco de la República, la productividad laboral según cifras del Dane, el porcentaje de salarios en el ingreso nacional y el incremento del PIB según la última cifra certificada por el Dane. La abogada subrayó que, aunque el presidente puede actuar de manera unilateral en ausencia de consenso, no posee un “cheque en blanco” para hacerlo arbitrariamente.
Wilches enfatizó que el salario mínimo está protegido por principios constitucionales. Si el Ejecutivo no justifica el incremento conforme a los requerimientos legales, podría surgir un vicio por falsa motivación del acto administrativo, resultando en la posibilidad de nulidad.
El abogado Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia y profesor en la Universidad del Rosario, recordó a Infobae Colombia que el antecedente de 2016 demuestra la viabilidad de demandar los decretos que aumentan el salario mínimo. Bernate explicó que el Consejo de Estado puede examinar las variables económicas empleadas por el Gobierno para determinar el salario mínimo.
Bernate observó: “El Consejo de Estado no solo establece que el decreto que fija un salario mínimo es un acto administrativo susceptible de demanda, sino que también puede evaluar las variables económicas en que se basó el Gobierno para fijarlo”.
El abogado acentuó que, si la demanda prospera, el decreto puede ser anulado y el Gobierno nacional tendría que emitir uno nuevo que se ajuste a la realidad. Bernate indicó que la sentencia sería total: el decreto se declararía válido o nulo en su totalidad, sin posibilidad de moderar el aumento.
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Según Wilches, la norma general establece que las sentencias del Consejo de Estado tienen efectos hacia el futuro. Si el decreto que fija el salario mínimo para 2026 es anulado, la decisión se aplicaría únicamente desde el momento en que adquiera ejecutoria. Wilches advirtió que, aunque excepcional, podría existir la posibilidad de efectos retroactivos en situaciones jurídicas no consolidadas.
El precedente de 2017 obliga al Gobierno nacional a justificar técnica y detalladamente cada aumento del salario mínimo. La nulidad de 2016 no implica que todos los aumentos puedan ser anulados automáticamente; la justificación debe fundamentarse en criterios legales y económicos objetivos.
La discusión sobre el salario mínimo en Colombia para 2026 permanece activa tanto en el ámbito judicial como en el público. El desenlace de la demanda presentada ante el Consejo de Estado definirá el rumbo de la política salarial y la aplicación de la jurisprudencia establecida en los últimos años.
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