Colombia
Pilas: Así rotará el pico y placa en Bogotá este 8 de enero

No permita que el Pico y Placa de hoy lo tome desprevenido; infórmese si puede conducir su vehículo en Bogotá y evite multas.
La restricción para vehículos varía según el día de la semana, la hora, el tipo de automóvil y la terminación de la matrícula, conforme a las normativas de la Secretaría de Movilidad de Bogotá.
Esta iniciativa busca reducir el número de vehículos en circulación, formando parte de un plan integral para disminuir tanto el tráfico vehicular como los elevados niveles de contaminación en la ciudad.
Desde 1998, el Pico y Placa está implementado en Bogotá, lo que significa que ya cuenta con más de 20 años de funcionamiento. A continuación, el calendario de restricciones para el 8 de junio, según información de la alcaldía local.
Fecha: jueves 8 de enero de 2026.
Particulares: 1-2-3-4-5
Taxis: 9-0
Motos: No aplica
La restricción vehicular comienza a las 5:30 horas para taxis y transporte especial, mientras que para los vehículos particulares inician a las 6:00 horas. Ambas restricciones finalizan a las 21:00 horas.
Además, los vehículos de carga tienen dos intervalos de restricción: el primero es de 6:00 a 8:00 horas y el segundo de 17:00 a 20:00 horas.
Así es como opera el sistema de restricciones conocido como Pico y Placa.
Los vehículos particulares se agrupan en dos categorías según el último dígito de sus matrículas. El primero incluye aquellos con terminaciones 1, 2, 3, 4 o 5, y el segundo abarca los que terminan en 6, 7, 8, 9 o 0.
De este modo, los autos particulares con terminación 1, 2, 3, 4 o 5 no podrán circular los días pares. En cambio, aquellos que finalizan en 6, 7, 8, 9 o 0 tendrán prohibición los días impares.
El horario del Pico y Placa para los vehículos particulares es de 6:00 horas a 21:00 horas, de lunes a viernes, con excepción de fines de semana y festivos.
Para taxis y vehículos de servicio especial, la restricción se clasifica en grupos de dos: 1 y 2, 3 y 4, 5 y 6, 7 y 8, 9 y 0. Estas prohibiciones cambian cada semana, por lo que es crucial estar al tanto de las actualizaciones.
Por otro lado, los vehículos de carga tienen prohibido circular durante las horas restrictivas del Pico y Placa, excepto los sábados, sujeto a su peso y antigüedad.
A diferencia de los vehículos particulares, las restricciones para taxis, transporte especial y carga se aplican solamente de lunes a viernes.
Existen ciertos vehículos que están exentos de las restricciones del Pico y Placa, incluyendo: eléctricos, híbridos, de cero emisiones, motocicletas, vehículos de servicio diplomático, funerarias, emergencias, de seguridad, transporte para personas con discapacidad, control de tráfico, grúas, medios de comunicación, judiciales, de transporte escolar, de enseñanza automovilística y aquellos que en todo momento tengan tres o más ocupantes.
Para que su vehículo se beneficie de estas excepciones, debe registrarse previamente ante la Secretaría de Movilidad de Bogotá.
Si su vehículo no está en la lista de exentos pero desea que circule sin restricciones en Bogotá, existe la opción del Pico y Placa Solidario, un permiso que permite a los conductores elegir los días, semanas o meses para conducir libremente a cambio de una contribución económica destinada a mejorar el Sistema Integrado de Transporte Público.
Además de la restricción vehicular habitual, en Bogotá existe el Pico y Placa Regional, que aplica el último día de todos los puentes festivos en los nueve corredores de entrada a la ciudad.
La restricciones son hasta las 12:00 horas para los vehículos de placas impares y desde las 16:00 horas hasta las 20:00 horas para las placas pares.
Los nueve corredores de ingreso a Bogotá donde se aplica el Pico y Placa Regional son:
Autopista Norte: del peaje Andes al portal Norte.
Autopista Sur: desde el límite de Soacha hasta la avenida Boyacá.
Avenida Centenario (calle 13): desde el río Bogotá hasta la avenida Ciudad de Cali (avenida carrera 86).
Avenida Calle 80: desde el puente de Guadua hasta el portal 80.
Avenida Carrera 7: desde la calle 245 hasta la calle 183.
Avenida Boyacá vía al Llano: desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano.
Vía Suba Cota: desde el río Bogotá hasta la avenida calle 170.
Vía La Calera: desde el peaje Patios hasta la avenida carrera 7.
Vía Choachí: desde la vía a Monserrate hasta la avenida circunvalar.
Los vehículos exentos que no aplican al Pico y Placa Regional son aquellos que transportan tres o más ocupantes, vehículos de personal médico, y los que cuentan con el Pico y Placa Solidario.
En caso de incumplir alguna de las normativas del Pico y Placa, las autoridades de Bogotá aplican sanciones económicas.
La multa en 2023 asciende a 522.900 pesos colombianos, y el vehículo será inmovilizado, según lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito para la infracción C.14.







