Colombia
Demanda busca tumbar Zonas de Ubicación del Clan del Golfo creadas por Petro: acusan violación de la Constitución

Una demanda presentada en el Consejo de Estado busca anular la resolución a través de la cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro dispuso la creación de tres Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) para miembros del Clan del Golfo, conocido también como Ejército Gaitanista de Colombia (EGC).
Según informa El Espectador, los demandantes argumentan que la decisión del Gobierno infringió la Constitución, la ley y pronunciamientos anteriores de la Corte Constitucional, además de sobrepasar competencias que son exclusivas del Congreso de la República.
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
La acción legal fue presentada el 21 de enero por los abogados Mauricio Pava Lugo y Nicolás Dupont Bernal, y actualmente está en manos del magistrado Carlos Fernando Mantilla. En el recurso, los juristas solicitaron también la suspensión provisional de la resolución emitida por la Presidencia el 22 de diciembre de 2025, la cual formalizó la creación de las ZUT en áreas rurales de Tierralta (Córdoba), Belén de Bajirá y Unguía (Chocó).
Según la información obtenida por El Espectador, las ZUT comenzarán a operar entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2026. Durante ese lapso, aproximadamente 8,945 integrantes del Clan del Golfo serán trasladados a estos espacios de concentración, y las órdenes de captura actuales y solicitudes de extradición en su contra quedarán en suspenso como parte de la negociación que el Gobierno lleva a cabo con esta organización armada ilegal.
El anuncio sobre la creación de las tres primeras ZUT se realizó el 5 de diciembre de 2025, tras la conclusión del segundo ciclo de negociación entre las delegaciones del Gobierno y del Clan del Golfo en Doha, Catar. Según lo acordado, estas zonas marcarían el inicio de una iniciativa más amplia que podría extenderse a otros municipios de Córdoba, Antioquia y Bolívar, donde el grupo ilegal ha ejercido control durante años.
En el recurso presentado al alto tribunal, los abogados Pava y Dupont detallaron dos razones principales que justifican la nulidad de la resolución presidencial. La primera está relacionada con el incumplimiento de una sentencia de 2023 de la Corte Constitucional, que condicionó la creación de zonas de ubicación a la aprobación previa de una ley de sometimiento por parte del Congreso.
La resolución gubernamental se basó en la ley 2272 de 2022, conocida como ley de paz total, que permite la creación de espacios temporales en el marco de negociaciones de paz. Sin embargo, la Corte Constitucional subrayó en su momento:
“Las zonas de ubicación solo se pueden establecer en una etapa avanzada del proceso para hacer viable el sometimiento a la justicia, conforme a la ley de sometimiento que expida el Congreso”.
Para los demandantes, al no existir una ley de sometimiento aplicable al Clan del Golfo, la Presidencia habría actuado fuera del marco legal y constitucional, excediendo así sus funciones.
El segundo argumento de la demanda emana del anterior. Según los juristas, la Presidencia no contaba con la autoridad para ordenar la creación de las ZUT, dado que esa facultad está condicionada a la existencia de una ley previa aprobada por el Legislativo. El texto de la demanda, citado por El Espectador, sostiene:
“El presidente de la República ignoró este mandato constitucional y actuó como si su competencia fuera plena e ilimitada. Esto configura un vicio de incompetencia por exceso en el ejercicio de la potestad reglamentaria”.
Adicionalmente, el Clan del Golfo ha manifestado en público su rechazo a someterse a la justicia ordinaria. Durante la instalación del mecanismo de monitoreo, el 20 de diciembre, sus representantes insistieron en la necesidad de un sistema de justicia transicional. De acuerdo con Ricardo Giraldo, portavoz del grupo ilegal:
“Hemos sostenido que una ley de sometimiento no es la solución para el conflicto que lleva más de seis décadas en Colombia”.
A las objeciones legales se suman las inquietudes de las comunidades locales en Córdoba y Chocó. Jorge Elías Ricardo Rada, portavoz de la Asociación de Campesinos del Sur de Córdoba, señaló a El Espectador que, aunque el diálogo es necesario, el contexto territorial genera preocupación.
“El grupo nunca ha salido de aquí y su control sigue siendo hegemónico”, comentó.
El líder social también advirtió sobre los peligros de la concentración de combatientes en medio de un contexto electoral.
“Agrupar a los combatientes, por nuestra experiencia, nos da inquietud. Deberían esperar a que pase el proceso electoral”, agregó.
Persisten dudas sobre aspectos clave del proceso, como la custodia de las armas, la seguridad de la población civil y los efectos de la suspensión de órdenes de captura, especialmente en casos de alto perfil como el de alias “Chiquito Malo”, el líder máximo del Clan del Golfo, requerido en extradición por Estados Unidos.
Mientras el Gobierno defiende la medida como parte de su política de paz total, el Consejo de Estado será quien decida si la resolución presidencial es conforme a la Constitución y la ley. Su determinación marcará un precedente sobre los límites jurídicos del Ejecutivo en las negociaciones con grupos armados ilegales.







