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Economia

“Residencias en Colombia: Edificios que Facilitan Asambleas con Permisos Escritos”

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Abr 1, 2025 – 9:10 am

Las semanas que se avecinan podrían ser un inconveniente para los propietarios de departamentos en el país. Las asambleas de copropietarios suelen tener lugar en marzo y abril.

Aunque algunas se desarrollan de manera rápida y sencilla, otras pueden resultar interminables e incluso prolongarse por más de un día (si es lo que determina la misma asamblea).

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Lo que definitivamente debe conocer es cómo llevar a cabo el procedimiento correcto en caso de que no pueda estar presente en la asamblea. A esto se le denomina otorgamiento de poder, y se trata de un documento escrito en el que usted autoriza a otra persona para que lo represente en la reunión.

“Los poderes deben ser concedidos por escrito. Únicamente puede actuar un representante por cada unidad privada“, aclara El Tiempo sobre estos poderes que muchos utilizan año tras año.

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Si reside en alquiler, recuerde que puede actuar como el apoderado del propietario, a menos que esto esté prohibido según las normativas del edificio o conjunto.

Además, tenga en cuenta que no asistir a la asamblea y no designar un apoderado podría acarrearle una sanción de convivencia o incluso una multa económica de cierto valor.

Objetivo de las asambleas de copropietarios en edificios

Las asambleas de copropietarios en conjuntos residenciales son encuentros esenciales donde se toman determinaciones cruciales relacionadas con la administración, el presupuesto y las normas de convivencia de la propiedad horizontal.

Estas asambleas puedenser comunes, que se llevan a cabo anualmente para validar informes financieros y establecer planes de acción, o especiales, convocadas en situaciones urgentes como reparaciones significativas, disputas entre residentes o modificaciones en el reglamento interno. En estas convocatorias, los propietarios tienen el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones que impactan a la comunidad, tales como el aumento de las tarifas de administración, la contratación de servicios y la elección del consejo de administración o del administrador del conjunto.

¿Cuáles son las sanciones por no asistir a la asamblea de copropietarios?

No acudir a estas asambleas puede acarrear repercusiones tanto en la capacidad de decisión del propietario como en penalizaciones económicas. En Colombia, la Ley 675 de 2001, que regula la propiedad horizontal, faculta a cada conjunto para establecer sanciones por inasistencia en su normativa interna.

Estas penalizaciones deben haber sido aprobadas con anterioridad en una asamblea de copropietarios y no pueden exceder el monto de una cuota de administración por cada falta de asistencia. El propósito de estas sanciones es promover la participación activa de los copropietarios y asegurar que las decisiones se tomen con la máxima representación posible.

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