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Colombia

Proyecto de ley busca prohibir las plataformas de tranporte en Colombia: multas para conductores, usuarios y hasta para las unidades residenciales

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Proyecto de ley busca prohibir las plataformas de tranporte en Colombia: multas para conductores, usuarios y hasta para las unidades residenciales
El proyecto considera ilegal cualquier movilidad de personas o carga en vehículos privados sin autorización oficial – crédito Freepik

Las plataformas digitales de transporte como Uber, Didi y Cabify están preocupadas por un proyecto de ley que, según su interpretación, pone en riesgo su operación en el país.

La propuesta del Ministerio de Transporte y la Superintendencia fue presentada en el Senado y busca prohibir la operación de dichas aplicaciones que actualmente no están sujetas a regulación formal.

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El texto incluye sanciones severas no solo para conductores y usuarios, sino también para dueños y edificios donde se ofrezca el “servicio ilegal de transporte”.

Se establecen multas que podrían llegar hasta 726 millones de pesos y la inmovilización de vehículos, con períodos que se extienden de cinco a sesenta días por la primera infracción.

La propuesta modifica el régimen de sanciones de la Superintendencia y considera ilegal toda movilidad de personas o carga en vehículos privados sin autorización oficial. Destaca la obligación de alcaldes y Policía de priorizar la persecución de estos servicios, además de permitir el cierre de plataformas sin orden judicial.

Las sanciones se aplicarán también
Las sanciones también afectarán a quienes contraten o permitan el servicio – crédito captura de pantalla

El artículo 31 del proyecto define que el “servicio ilegal de transporte” se refiere a aquellos traslados en vehículos privados que no cumplen con los requisitos legales. Esta tipificación contradice lo manifestado por la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que han reconocido derechos fundamentales en estos servicios.

Según el artículo, las personas naturales o jurídicas que “permitan, faciliten, estimulen, promuevan, autoricen, contraten o exijan” la prestación de estos servicios enfrentan multas de 390 UVB por cada caso, equivalentes a 4,7 millones de pesos colombianos. Esta sanción se aplicará por cada viaje, incrementando las penalizaciones para conductores y plataformas.

El impacto de esta medida no se limita ahí. El artículo 35 introduce la posibilidad de retención o inmovilización del vehículo: la primera infracción puede resultar en una retención de 60 días, la segunda de 90 y, después de ello, por 120 días. Según el texto legal, esto se implementará cada vez que se confirme la prestación del servicio informal o ilegal.

Entre las medidas más controvertidas está la calificación, en el artículo 68, de estos servicios como un posible alterador del orden público. De este modo, la Policía Nacional deberá priorizar su combate, aumentando la presión sobre conductores y empresas tecnológicas.

Además, las alcaldías deberían realizar
Las alcaldías también deberán realizar controles en áreas de alta demanda como aeropuertos, centros comerciales y terminales de transporte – crédito Freepik

José Daniel López, presidente ejecutivo de Alianza In Colombia, expresó a la emisora Blu Radio: “Estamos retrocediendo con un intento de prohibición mediante un proyecto de ley autoritario y regresivo que pone en peligro cientos de miles de empleos legítimos, interfiriendo con las libertades individuales”.

López explicó el alcance de las sanciones para usuarios y plataformas: “Como usuario, podría enfrentar no solo una investigación administrativa en la superintendencia de transporte como individuo, sino además podrían imponerle multas de hasta 4.7 millones de pesos por cada viaje”.

El proyecto también incluye, en el artículo 69, una prohibición explícita para que congresistas y funcionarios públicos se expresen a favor del uso de plataformas. López tildó en la entrevista esta restricción como “curiosa”, al impedir que “exprese opiniones públicas que de alguna manera legitimen, promuevan o favorezcan este tipo de servicios”, lo que él considera como censura.

López también subrayó que las estadísticas evidencian la magnitud del fenómeno: “En 2024, 1,2 millones de cuentas de conductores brindaron al menos un servicio utilizando su vehículo privado, mientras que cerca de 200 mil taxistas se integraron a plataformas digitales.”

El artículo prohíbe a políticos
El contenido prohibiría a políticos expresar opiniones a favor de las plataformas – crédito Freepik

López advirtió que el proyecto de ley facultaría a la Superintendencia de Transporte y a las autoridades locales a implementar medidas restrictivas en “puntos de alta demanda como aeropuertos, puertos, terminales, centros comerciales”.

La discusión sobre la legalidad y el futuro de las plataformas de movilidad en Colombia continúa, en un debate que involucra derechos, tecnología y la economía de miles de familias.

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