Colombia
La Corte Suprema de Justicia frenó recurso de casación en el caso Uribe sobre actuación penal y fraude procesal
La Corte Suprema de Justicia mantiene suspendido el recurso de casación en el caso Uribe mientras determina la continuidad del magistrado Roberto Solórzano en el proceso.
El debate surge debido a una recusación presentada por supuestos vínculos laborales de un hijo de Solórzano con el procurador del caso, lo que ha detenido temporalmente la evaluación para anular la absolución que favoreció al exmandatario Álvaro Uribe Vélez, acusado de soborno en actuación penal y fraude procesal.
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La base de la recusación se apoya en que el hijo de Solórzano está empleado con el procurador Bladimir Cuadro, quien fue figura clave durante el juicio. Las víctimas reconocidas en el expediente hicieron la solicitud, alegando un posible impacto en la imparcialidad.
Con esta situación, la Sala de Casación Penal ha designado al magistrado José Joaquín Urbano para tratar la recusación. Urbano, quien lleva más de un año en la Corte Suprema, debe redactar la ponencia que será discutida en la Sala Plena el 4 de febrero. Esta decisión determinará si Solórzano sigue en el caso.
Urbano es abogado graduado de la Universidad de Nariño, con especialización en ciencias penales, maestría en criminología y un doctorado en Derecho. Antes de unirse a la Corte, ocupó roles como secretario de juzgado, juez, fiscal delegado, magistrado auxiliar y procurador delegado, además de haber sido magistrado del Tribunal de Bogotá.
El 13 de enero de 2026, la Fiscalía General de la Nación, liderada por la fiscal María Cristina Patiño, y las víctimas acreditadas Iván Cepeda, Eduardo Montealegre, Jorge Perdomo y Deyanira Gómez, presentaron el recurso de casación.
Su propósito es anular la sentencia de segunda instancia del Tribunal Superior de Bogotá que absolvió a Uribe Vélez y reinstaurar la condena anterior, que consistía en doce años de prisión por soborno en actuación penal y fraude procesal.
El proceso penal contra Álvaro Uribe Vélez comenzó en 2012, cuando denunció al entonces senador Iván Cepeda por supuesta manipulación de testigos. Seis años después, en 2018, la Corte Suprema de Justicia inició una indagatoria contra el expresidente, señalándolo como posible líder de una estructura destinada a modificar testimonios relacionados con actividades paramilitares en Antioquia.
El 1 de agosto de 2025, la jueza Sandra Liliana Heredia Aranda sentenció a Uribe Vélez a doce años de prisión por soborno en actuación penal y fraude procesal. La defensa, encabezada por Jaime Granados, presentó una apelación de cerca de mil páginas ante el Tribunal Superior de Bogotá dos semanas después.
El 21 de octubre, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión y absolvió a Uribe Vélez, indicando deficiencias en las acciones de la jueza y la Fiscalía. Solo la magistrada disidente María Leonor Oviedo Pinto presentó un argumento diferente al resto del tribunal.
Tanto las víctimas reconocidas como la Fiscalía argumentan que el Tribunal Superior de Bogotá no evaluó adecuadamente las pruebas, lo que afectó el derecho al debido proceso. Aseguran que Uribe Vélez estaba al tanto y promovía directamente acciones de su abogado Diego Cadena, quien ya ha sido condenado, con el fin de influir en declaraciones de testigos.
En el recurso presentado, las víctimas afirman: “Es evidente que la intervención de Álvaro Uribe Vélez no se limitó a una conducta neutral ni a un simple consejo, sino que consistió en una instrucción destinada a influir ilícitamente en el desarrollo de actuaciones judiciales en su beneficio.”
La Fiscalía sostiene que el Tribunal Superior de Bogotá incurrió en errores graves al excluir o evaluar inadecuadamente pruebas esenciales, incluyendo ciertos audios que forman parte del expediente.
“La magistrada disidente llevó a cabo un análisis profundo, completo y acorde a las normas de la buena crítica, evidenciando un patrón común, sistemático y articulado de manipulación de testigos; la unidad del plan criminal; la coordinación de los emisarios; la materialización de actos concretos de ofrecimiento de prebendas, presiones, retribuciones económicas y direccionamiento; y la existencia real de los tres delitos”, resalta el recurso fiscal citado por la fuente.
Por otro lado, la defensa de Uribe, compuesta por Jaime Granados y Jaime Lombada, ha optado por esperar la notificación oficial del tribunal antes de ofrecer algún comentario sobre los recursos, manteniendo su postura en reserva.
La decisión de la Sala Plena está programada para el 4 de febrero, momento en que se decidirá si Solórzano seguirá formando parte del proceso o si la recusación avanzará.
