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La Superintendencia Financiera de Colombia comunicó que la tasa de usura para marzo de 2025 será del 24,92 % efectivo anual en relación con la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Este nuevo porcentaje, que estará en vigencia entre el 1 y el 31 de marzo, indica una reducción de 1,38 puntos porcentuales en comparación con la tasa de febrero, que se situaba en 26,30 %.
Con esta disminución, el costo máximo que las entidades financieras tienen permitido cobrar en intereses por productos como tarjetas de crédito y préstamos de consumo se simplifica, lo que podría beneficiar a los consumidores que financian sus adquisiciones mediante crédito.
Así las cosas, la tasa de usura de marzo retoma la tendencia a la baja después de haber incrementado en febrero, luego de 20 meses consecutivos de disminución.
Este comportamiento está relacionado con los ajustes en las tasas de interés del Banco de la República, que se mantuvieron estables en 9,5 % durante febrero.
Otros límites de crédito en marzo de 2025
Además de la tasa de usura general, la Superfinanciera ha establecido los siguientes límites para otros tipos de crédito:
- Crédito productivo de mayor monto: 40,92 %
- Crédito productivo rural: 28,17 %
- Crédito productivo urbano: 53,18 %
- Crédito popular productivo rural: 77,78 %
- Crédito popular productivo urbano: 88,58 %
¿Qué es¿Qué es la tasa de usura y por qué resulta relevante?
La tasa de usura representa el límite máximo de intereses que las instituciones financieras pueden aplicar a sus clientes por el uso de crédito. En Colombia, este parámetro se determina en función del interés bancario en vigor, que es definido por la Superintendencia Financiera a partir de los informes semanales de las entidades de crédito.
En caso de que un banco o entidad financiera imponga intereses superiores a este umbral, estaría cometiendo una infracción legal, de acuerdo con el Código de Comercio (artículo 884).
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