Economia
El Futuro del Trabajo en Colombia: Impacto de los Nuevos Turnos en el Salario

Este artículo fue revisado por Andrea Castillo
2 de marzo de 2025 – 11:50 am
La reforma laboral que el gobierno de Petro busca que sea validada, incluye alteraciones y restricciones significativas relativas a los turnos laborales en Colombia, así como cuántas horas podrá desempeñar funciones un trabajador, además de basarse en los cambios que pudieran surgir respecto al salario.
La propuesta de reforma menciona que estas normativas intentarán, dentro de un plazo específico, que las compañías no tengan la autoridad de exigir a los empleados más tiempo en la organización.
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De acuerdo con lo manifestado previamente por la administración del presidente Petro, esta restricción sobre los turnos laborales en Colombia también se implementará en la medida en que se aseguren los derechos relacionados con el uso adecuado del tiempo libre que deben poseer los empleados.
Uno de los aspectos esenciales de la reforma aspira a que el empleador y el empleado puedan convenir, ya sea de forma temporal o indefinida, la organización de los turnos laborales en Colombia de manera sucesiva.
Estos deberán permitir “operar a la compañía o partes de la misma sin interrupciones durante todos los días de la semana, siempre y cuando el turno correspondiente no supere las seis (6) horas diarias y treinta y seis (36) a la semana”.
¿Cómo se remunerarían los turnos laborales adicionales en Colombia?
En este aspecto, el salario se verá alterado en la medida en que no habrá lugar a recargo nocturno ni al estipulado para el trabajo dominical o festivo, dejando claro en todo momento que el trabajador percibirá el salario que corresponde a la jornada ordinaria de trabajo, respetando siempre lo mínimo legal o convencional y tendrá derecho a un día de descanso remunerado.
La reforma aclara que el empleador no podrá, incluso con el consentimiento del trabajador o trabajadora, contratarla para realizar dos turnos de trabajo en Colombia en un mismo día, salvo en actividades de supervisión, dirección, confianza o manejo.
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“Los empleadores y las cajas de compensación deberán facilitar, fomentar y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio proporcionado por estas. Si no logran gestionar esta jornada, el empleador deberá permitir que los trabajadores tengan este tiempo de calidad con sus familias sin afectar los días de descanso”, concluye el apartado.
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