Colombia
Acoplásticos alerta por plazo de tres días que fijó la Dian para pagar impuesto a productos importados con plástico
La Asociación Colombiana de la Industria Plástica (Acoplásticos) ha expresado su preocupación tras la publicación de la Resolución 000005 del 9 de febrero de 2026, donde la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estableció el 13 de febrero de 2026 como fecha límite para la presentación y pago del impuesto para productos importados que estén empacados en plástico.
Blu Radio reportó que, según el gremio, el plazo otorgado permite a los importadores solo tres días para realizar cálculos técnicos exhaustivos, presentar las declaraciones, y llevar a cabo el pago, una situación que consideran inadecuada y peligrosa desde el punto de vista fiscal y operativo.
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Daniel Mitchell, presidente de Acoplásticos, manifestó que la preocupación radica no solo en la cortedad del plazo, sino también en la naturaleza retroactiva de la obligación.
“Los importadores enfrentan una obligación retroactiva y técnica que requiere una revisión de cada operación desde el 25 de julio de 2025”, indicó el dirigente gremial según la fuente local Ecos del Combeima.
Esto implica que las empresas deben determinar si los productos que han ingresado al país están empacados, envasados o embalados en plástico, y calcular el peso en gramos de cada componente plástico, incluso en los casos donde los bienes podrían estar exentos del impuesto.
Mitchell advirtió que “los plazos de tres días son claramente inadecuados y aumentan el riesgo de sanciones por errores no intencionados”, especialmente en sectores con un alto volumen de importaciones y numerosos proveedores internacionales.
El alcance del Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de un Solo Uso (IPUSUI) es general. Esta normativa no se limita a un sector en específico sino que puede abarcar casi cualquier bien terminado que ingrese al país con algún tipo de empaque plástico.
Entre los productos que podrían ser gravados se incluyen alimentos, bebidas, productos de limpieza y aseo, tornillos, materias primas e insumos industriales, electrodomésticos, así como equipos y maquinaria, siempre que estén contenidos en empaques plásticos.
Esto incrementa la carga operativa para sectores como el comercio minorista, las grandes superficies, y la industria manufacturera, donde es común importar mercancías protegidas por plásticos.
“Un establecimiento comercial o una gran superficie que importa cientos de referencias de múltiples proveedores afronta la tarea casi imposible de recopilar toda la información necesaria en solo tres días”, añadió Mitchell. Según él, esta situación podría llevar a numerosos errores y litigios en el futuro.
La medida se origina de la Sentencia C-99 de 2025 emitida por la Corte Constitucional el 27 de marzo de ese año. En ella, el alto tribunal determinó que todos los productos importados empacados en plástico deben estar sujetos al impuesto establecido en la Ley 2277 de 2022, y ordenó a la Dian la regulación de su declaración y pago.
A pesar de que la entidad presentó proyectos de resolución en octubre y diciembre de 2025, fue solo el 9 de febrero de 2026 cuando se emitió la norma final. Sin embargo, el plazo de vencimiento fue fijado para el 13 de febrero, lo que, en la práctica, redujo el tiempo de preparación para los contribuyentes.
Aunque la Dian extendió hasta el 31 de marzo de 2026 el plazo para presentar el reporte de las declaraciones de importación, la obligación de declarar y pagar el impuesto sigue vigente para febrero, lo que obliga a realizar el cálculo del peso del plástico en un corto periodo.
Acoplásticos advirtió que esta situación podría resultar en errores involuntarios, sanciones económicas y procesos judiciales, especialmente en sectores como maquinaria, comercio minorista y grandes superficies, donde la mayoría de los bienes que ingresan al país vienen con algún tipo de empaque plástico.
Además, reconstruir la información de las importaciones realizadas entre el 25 de julio y el 31 de diciembre de 2025 añade un reto, ya que esta obligación existía, pero no había formularios ni metodologías definidas para cumplirla.
El gremio también destacó que obtener certificaciones de proveedores extranjeros o de transportadores internacionales en tan poco tiempo es un desafío adicional, así como la falta de parámetros técnicos claros sobre las tolerancias en el pesaje de los materiales plásticos.
Otro aspecto crítico es que la reglamentación para la certificación de economía circular (que no genera el impuesto y estaba prevista en la Ley 2277 de 2022) aún no ha sido publicada, a pesar de que debía estar lista desde junio de 2023.
Incluso, existen órdenes judiciales, como la del Tribunal Administrativo de Norte de Santander, que requieren su reglamentación. Sin embargo, a la fecha, esta herramienta no está disponible para los contribuyentes.
Para Acoplásticos, la combinación de retroactividad, exigencias técnicas complejas, y un plazo de solo tres días crea un ambiente de alta incertidumbre para los importadores, lo que podría afectar la seguridad jurídica y la dinámica del comercio exterior en el país.
