Colombia
Gobierno declara emergencia económica, social y ecológica en ocho departamentos del norte del país tras inundaciones
El Gobierno nacional ha declarado el estado de emergencia económica, social y ecológica en ocho departamentos del norte y noroeste, en respuesta a un fenómeno hidrometeorológico inusual que se presentó entre enero y febrero de 2026. El decreto, emitido el 11 de febrero bajo el número 0150, argumenta que los recursos y mecanismos ordinarios son insuficientes para atender una crisis que, según el Gobierno, ha superado las capacidades institucionales y amenaza la estabilidad de los sistemas productivos, la infraestructura crítica, la salud y los derechos fundamentales en gran parte de la región Caribe.
El decreto señala que las repercusiones de la emergencia no solo incluyen la destrucción de infraestructura y la alteración de la vida cotidiana en las áreas afectadas, sino que también proyectan consecuencias financieras significativas. Según el documento, “se estima un universo total de potenciales beneficiarios damnificados que supera ampliamente la capacidad operativa y presupuestal ordinaria”, afectando a más de 687.198 personas, y advierte sobre una probabilidad superior al 50% de enfrentar sequías en el segundo semestre del año, lo que intensificará la presión sobre los operadores de red y agrandará la crisis del sector eléctrico.
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El análisis del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), la Dirección General Marítima (Dimar) y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) indica que la calamidad fue provocada por el desplazamiento anómalo de un frente frío hacia latitudes meridionales, incrementado por un jet subtropical y la interacción de varios sistemas atmosféricos.
Este fenómeno propició un aumento repentino en la velocidad de los vientos, lluvias intensas y oleaje elevado en la región Caribe, causando múltiples desastres: 65 emergencias en 61 municipios de ocho departamentos, destacándose 53 inundaciones, movimientos en masa, crecientes súbitas y vendavales.
El impacto humano y material es alarmante, según el decreto. Los datos oficiales indican que la emergencia afectó a 69.235 familias y 252.233 personas, con 10 fallecidos, 3 heridos, 19.798 hectáreas de tierras agrícolas dañadas, 11.955 viviendas afectadas y 4.158 destruidas. Además, se reportan daños en 111 vías, 19 puentes peatonales, 39 vehiculares, 38 acueductos y 91 centros educativos. Los departamentos de Córdoba y Antioquia son los más golpeados, albergando la mayor parte de la población damnificada y las pérdidas en viviendas y animales de producción.
El Ideam reporta que la saturación de los suelos y el desbordamiento de cuerpos de agua han llevado a que embalses críticos, como Urrá y Playas, superen el 103% de su volumen máximo, obligando a una descarga para garantizar la seguridad hidráulica y la protección de la población aguas abajo. La respuesta simultánea y sostenida de diferentes sistemas hídricos no tiene precedentes en más de 60 años de registros: solo se observa un comportamiento similar en un evento de 1963, previo a la construcción del embalse de Urrá.
Catalogado por el decreto como “excepcional e impredecible”, el fenómeno ha llevado a precipitaciones acumuladas que en algunos sectores superaron entre el 130% y más del 180% del promedio esperado para febrero, rebasando ampliamente los valores históricos.
Por ejemplo, el área hidrográfica Caribe registró en enero de 2026 222,6 mm de lluvia, equivalente al 289% del promedio multianual. En pocos días de febrero, ya se alcanzó el promedio mensual esperado, marcando así una anomalía sin precedentes para la región.
La agricultura y la ganadería han sufrido serios daños. El decreto menciona que 110.831 hectáreas de cultivos se han visto afectadas, particularmente en Antioquia, Magdalena, Córdoba y Cesar, impactando mayormente a pequeños productores. El 94,7% de los predios afectados pertenecen a sistemas de doble propósito, es decir, que combinan la producción de carne y leche, y el 65,2% corresponde a pequeños productores que dependen por completo de esta actividad para su subsistencia.
En el ámbito educativo, los informes oficiales evidencian un aumento rápido en las afectaciones: en solo tres días, el número de sedes educativas impactadas aumentó de 426 a 763, con Antioquia, Córdoba y Magdalena como los más afectados. El sector salud enfrenta riesgos similares, con 15 centros de atención dañados y 729 instalaciones sanitarias en riesgo de inundación, comprometiendo la continuidad y calidad en la provisión de servicios esenciales, especialmente en áreas rurales y comunidades étnicas.
La crisis llevó a la interrupción de actividades comerciales y al cierre de vías principales y secundarias: el INVIAS registró 173 emergencias viales y 140 movimientos en masa, con 107 cierres totales y 66 parciales documentados, triplicando la frecuencia del año anterior. Asimismo, la infraestructura eléctrica también se deterioró, resultando en cortes de corriente en varias localidades, mientras el sector eléctrico nacional se enfrenta a un riesgo sistémico por deudas acumuladas que superan $2,5 billones de pesos, concentradas en empresas de la región Caribe, ahora bajo intervención de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Las condiciones resultantes han ocasionado una calamidad pública en términos constitucionales, con “una perturbación grave e inminente del orden económico, social y ecológico”, según estipula el decreto. Varios instrumentos de planificación y ordenamiento territorial y ambiental se han vuelto inadecuados para mitigar los efectos y responder con la agilidad y flexibilidad que la situación exige, lo que justifica, en palabras del Gobierno nacional, la aplicación excepcional de medidas extraordinarias, incluyendo transferencias monetarias directas, nuevas fuentes de financiamiento y ajustes legales en sectores como energía, vivienda, agua, saneamiento y telecomunicaciones.
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El decreto establece una declaratoria de emergencia por un periodo de treinta días en los departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó, otorgando al Ejecutivo la facultad de adoptar todas las medidas necesarias y proporcionar los recursos presupuestales requeridos. Se considera una convocatoria al Congreso el décimo día posterior al cese del estado de emergencia, para ejercer control político sobre el uso de estas facultades extraordinarias. Según las líneas directrices del Gobierno nacional, todas las decisiones serán de carácter estrictamente transitorio y estarán limitadas a la superación y contención de los efectos de la crisis, sin modificar de forma permanente el régimen jurídico ordinario.
La información detallada y las decisiones contenidas en el Decreto 0150, así como la evaluación técnica y fáctica de la emergencia, están completamente apoyadas en el documento oficial emitido por la Presidencia de la República de Colombia.
