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Economia

¿Qué pasará tras suspensión del decreto del salario mínimo en Colombia? Abecé para entender la decisión

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Durante este 13 de enero, el Gobierno de Gustavo Petro amaneció con un nuevo revés, esta vez, por cuenta de una decisión del Consejo de Estado, que decidió suspender de forma inmediata el decreto con el que el Gobierno fijó el salario mínimo que definió a finales de noviembre del 2025 y que lo dejaba sobre los $ 2.000.000.

El alto tribunal aseguró que este incremento, del 23,7 % no estaba basado en los parámetros técnicos exigidos, por lo que ahora el Gobierno deberá, en un plazo no mayor a los 8 días, expedir un nuevo decreto provisional con un monto que sí sea ajustado a los parámetros macroeconómicos.

“A título de medida cautelar, ordenar a las entidades demandadas que, dentro de los ocho (8) días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia, realicen, expidan y publiquen un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026 y el consecuente valor total del mismo para esta vigencia, que regirá hasta tanto se dicte sentencia en el proceso”, detalló el Consejo de Estad.

¿Qué pasará con los trabajadores?

El Consejo de Estado precisó que la medida cautelar solo entrará a regir cuando el Gobierno fije un nuevo aumento provisional. Mientras tanto, seguirá en vigencia el anterior salario mínimo, por lo que quienes reciben su dinero en esta quincena, lo harán con el salario vigente.

El Consejo de Estado decidió suspender el salario mínimo. Esto es lo que pasará. Foto: GUILLERMO TORRES REINA

¿Cómo debe definir el Gobierno el nuevo aumento?

El Consejo de Estado precisó en su documento que se deberá fijar un nuevo monto que tenga en cuenta aspectos como los siguientes:

  • IPC / Inflación observada: Variación anual del IPC a noviembre de 2025 del 5,3 %, evitando sustentarse en acumulados parciales o extrapolaciones no verificables.
  • Meta de inflación 2026: Definida por la autoridad monetaria en 3 %, con intervalo de tolerancia de 3 % ± 1 %, como referente de convergencia y consistencia macroeconómica.
  • Productividad: Incorporación de la información oficial sobre productividad, incluyendo PTF año corrido al III trimestre de 2025 (preliminar) de 0,91 %, productividad laboral por hora trabajada (0,57 %) y por persona empleada (-0,32 %).
  • Contribución de los salarios al ingreso nacional: Estimada en 2,81 puntos porcentuales.
  • PIB / Desempeño económico: Crecimiento anual de 3,6 % al III trimestre de 2025 y 2,8 % en el año corrido, considerando estimaciones de cierre de 2025 en un rango de 2,6 %-2,9 %.

¿Hasta qué fecha tiene el Gobierno para definir el nuevo aumento?

El Ejecutivo tiene la posibilidad de estudiar la medida y definir cuál será el nuevo incremento durante 8 días. Es decir, hasta el próximo 20 de febrero, cuando se debe conocer el nuevo decreto.

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El Consejo de Estado decidió suspender el salario mínimo. Esto es lo que pasará. Foto: KPMG

¿Qué debe exponer el Gobierno ante el Consejo de Estado cuando decrete el nuevo mínimo?

El alto tribunal le exigirá al Gobierno que exponga la fundamentación económica detallada para la nueva cifra. Entre estos fundamentos se encuentran:

  • El tipo de valoración que se practicará sobre cada uno de los criterios, es decir, si será cuantitativa o cualitativa y las razones que lo justifican.
  • Se deberá explicar la manera en que se cuantifican los factores constitucionales y su relación de conexidad con los parámetros previstos expresamente en el parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996.
  • La forma en que se ponderará y aplicará cada uno de los criterios.
  • El razonamiento cuantitativo u operación aritmética que se acogerá para arribar a la cifra final.
  • El contexto económico en el que se enmarca la decisión y el análisis de su impacto. Para el efecto, todo dato o estadística deberá estar respaldado por la fuente oficial en que se origina.
  • Cualquier cifra o valor económico que se tome como parámetro deberá estar debidamente cimentada en reportes o certificaciones oficiales entregados por las autoridades competentes al amparo del ordenamiento jurídico.
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