Colombia
Magnicidio de Miguel Uribe: defensa del director de la UNP, Augusto Rodríguez, cuestionó filtraciones y pidió respeto tras decisión de la Fiscalía
La decisión de la Fiscalía General de la Nación de desistir de imputar cargo al director de la Unidad Nacional de Protección, Augusto Rodríguez Ballesteros, ha generado una respuesta pública de su defensa, que manifiesta inquietudes sobre el debido proceso, la difusión mediática de versiones y el desarrollo de la investigación en torno al asesinato del senador y precandidato presidencial, Miguel Uribe Turbay.
El abogado defensor, Alejandro Carranza, afirmó que en un proceso penal, la actuación debe empezar con la notificación formal a la defensa, y no con la divulgación prematura de anuncios de imputación. Aseguró que la posterior anulación de estos anuncios por falta de pruebas tiene un efecto negativo sobre la presunción de inocencia y la confianza en la imparcialidad de la investigación.
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Carranza añadió que, al hacerse públicos los anuncios de imputación y retirarse luego por falta de pruebas, se comprometen garantías fundamentales. En este sentido, expresó: “Cuando se hacen públicos los anuncios de imputación y luego se retiran por insuficiencia probatoria, se afecta la presunción de inocencia y se debilita la confianza en la imparcialidad de la investigación.”
De acuerdo con su declaración, la Fiscalía se vio obligada a retirar la imputación por la carencia de pruebas sólidas y el requerimiento de trasladar la investigación a un grupo de tareas especiales. Sin embargo, manifestó su preocupación porque, tras una recusación fundamentada en dudas sobre la competencia y la objetividad de la fiscal 295, esa misma funcionaria fue asignada al equipo creado para continuar el caso, lo que plantea interrogantes sobre su participación y sobre por qué fue incluida justamente en el grupo diseñado para prevenir abusos.
La defensa también manifestó que ha actuar dentro de los canales oficiales desde el inicio, pidiendo claridad sobre las competencias, respeto por la contradicción y garantías para la defensa técnica. En su mensaje expresó: “Lo único que pedimos es que la acción penal se desarrolle con la objetividad y neutralidad que la Constitución exige a la Fiscalía, para que sus responsabilidades no se conviertan en herramientas útiles para las campañas políticas actuales.”
Asimismo, concluyó su declaración haciendo referencias al contexto electoral: “En épocas electorales, el país requiere investigaciones serias, no juicios paralelos. La verdad reside en los expedientes y ante los jueces, no en titulares sensacionalistas.”
El caso comenzó cuando la fiscal encargada propuso imputar a Rodríguez por el presunto delito de prevaricato por omisión, considerando que podrían haberse presentado fallas en su deber de garantizar la seguridad del precandidato presidencial.
Tras esto, las directrices de la Fiscalía ordenaron retirar la solicitud de imputación, lo que significó un cambio en la dirección de la investigación. Fuentes internas del organismo afirmaron que la decisión se tomó debido a la falta de pruebas suficientes y el deseo de evitar que distintas dependencias realizaran investigaciones paralelas sobre los mismos hechos.
Después de retirar la imputación, la Fiscalía formó un grupo de tareas especiales para investigar el asesinato de Uribe Turbay. Según un documento citado por Semana, la fiscal que inicialmente impulsó la imputación fue integrada a este equipo para añadir su conocimiento del caso y compartir información relevante sobre la investigación.
Los directores del organismo reiteraron a la prensa que los fiscales no deben proceder con procesos penales sin contar con pruebas suficientes que sustenten una inferencia razonable sobre la posible responsabilidad de los involucrados, especialmente cuando se trata de funcionarios que tienen responsabilidades relacionadas con la protección de líderes amenazados.
La progresión de la investigación sigue bajo la dirección del grupo especial asignado, mientras que la defensa del director de la UNP sostiene sus críticas sobre el respeto al debido proceso, la presunción de inocencia y la imparcialidad en las actuaciones del ente acusador.
