Economia
suspensión del aumento del 23% eleva la incertidumbre para empresa
La suspensión provisional del decreto que fijó el salario mínimo para 2026 con un aumento del 23% abrió un periodo de incertidumbre jurídica y económica que hoy atraviesa a empresas y trabajadores, no por la falta de una regla vigente, sino por la transición que se abre mientras el Gobierno prepara un nuevo decreto y anuncia recursos contra la decisión del Consejo de Estado.
Y es que el debate ya no se centra solo en el monto, sino en el impacto de la indefinición, puesto que mientras desde el Ejecutivo, la reacción fue inmediata y contundente y e ministro del Interior, Armando Benedetti, anunció que el Gobierno prepara un recurso de reposición contra el fallo, las empresas se preguntan cómo deben pagar la nómina de ahora en adelante y la gente en las calles tienen dudas sobre los aumentos que ya se fijaron.
La defensa del Gobierno
Lo primero a destacar en todo esto es lo dicho por el mismo Benedetti a los trabajadores, a quienes señaló que “el 28 de febrero usted va a recibir otra vez su salario mínimo aumentado”, al tiempo que defendió la tesis del salario vital como eje de la política laboral.
El debate por el salario mínimo en Colombia nuevamente se agita. Foto:Imagen generada con inteligencia artificial.
En la misma línea, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, insistió en que el decreto sigue vigente y es de cumplimiento mientras no exista una nueva norma que lo sustituya. Así mismo, fue enfático al dirigirse a los empresarios, a quienes dijo que”esta quincena debe pagarse con el ajuste correspondiente, que rige desde el 1.º de enero de 2026”.
Sanguino sostuvo que la discusión debe leerse bajo los principios constitucionales que rigen el trabajo, al señalar que “los derechos laborales son progresivos y no admiten retrocesos”, por lo que cualquier interpretación debe hacerse bajo el principio “in dubio pro operario”, privilegiando la protección del ingreso y el bienestar de los trabajadores.
En ese sentido, afirmó que “cumplir la Constitución no es opcional” y que el salario vital es un imperativo del Estado Social de Derecho; argumento que seguirán defendiendo en los tribunales, para que no se caiga el incremento decretado a finales del año pasado.
Mucho por revisar
Sin embargo, desde el análisis técnico, los expertos coinciden en que el impacto inmediato del fallo no está en el salario que rige hoy, sino en la incertidumbre que se genera hacia adelante y voces como la decana de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de San Buenaventura, Lorena Gutiérrez, explican que el Consejo de Estado decretó la suspensión provisional, pero difirió sus efectos, lo que evita un vacío regulatorio y mantiene la regla vigente hasta que se expida el decreto transitorio.
El debate por el salario mínimo en Colombia nuevamente se agita. Foto:Imagen generada con inteligencia artificial.
“En plata blanca, la suspensión no se vuelve operativa de inmediato, sino a partir de la fecha en que el Gobierno expida y publique el decreto transitorio”, explicó Gutiérrez, al señalar que el alto tribunal buscó precisamente evitar que el mercado quedara en un limbo normativo y que por esa razón, hoy las empresas deben seguir operando con el salario fijado en diciembre, mientras se preparan para el cambio que llegará con el nuevo acto administrativo.
La economista subrayó que el plazo de ocho días impuesto al Gobierno no es un asunto menor ni meramente jurídico, ya que de ese decreto depende el momento exacto en que la suspensión empieza a aplicarse en la economía real; advirtiendo que no se trata solo de un pulso jurídico, es un plazo que impacta costos laborales, contratos y presupuestos en miles de empresas”.
Desde una perspectiva operativa, Iván Andrés Muñoz, socio de BPO de la firma Crowe Co, fue claro en señalar que no existe salario intermedio ni posibilidad de regresar al valor vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, ya que mientras no se publique el decreto transitorio, el salario fijado en el Decreto 1469 sigue siendo el único marco aplicable para nóminas, aportes, contratos indexados y cualquier obligación atada al salario mínimo desde el 1.º de enero de 2026.
Un plazo fijo
No obstante, Muñoz advirtió que el plazo de ocho días es una orden judicial y no una recomendación política, por lo que un retraso injustificado podría exponer al Gobierno a incidentes de desacato y desde la óptica empresarial, recomendó no realizar ajustes anticipados en nómina o presupuestos, al considerar que hacerlo con base en escenarios hipotéticos implica riesgos de sobrecostos, distorsiones financieras y contingencias laborales y fiscales si las decisiones no se alinean con la norma vigente.
El debate por el salario mínimo en Colombia nuevamente se agita. Foto:Imagen generada con inteligencia artificial.
En ese mismo sentido, Camilo Cuervo, socio de Holland & Knight y experto laboralista, coincidió en que hoy las empresas deben seguir pagando con el salario fijado en diciembre, al ser explícita la decisión del Consejo de Estado en mantener los efectos del decreto hasta la expedición de uno nuevo. Cuervo explicó que los pagos ya realizados en enero y febrero “deben mantenerse”, y que los trabajadores no tendrán que devolver dinero, pues la medida no tiene efectos retroactivos.
Este abogado también puso el foco en las consecuencias institucionales de un eventual incumplimiento del plazo y señaló que desconocer la orden… podría generar consecuencias para los funcionarios responsables, aunque recordó que la responsabilidad del presidente sigue un canal político específico. Aun así, enfatizó que, sin la firma… no podría expedirse el decreto, lo que añade complejidad al escenario si el plazo se agota sin una decisión.
Desde el punto de vista jurídico, Saida Quintero Martínez, socia de Quintero y Quintero y directora del área laboral de la Universidad del Rosario, recordó además que el Gobierno cuenta con mecanismos procesales para controvertir el auto, como los recursos de reposición y súplica, los cuales, de interponerse, se tramitan en efecto suspensivo.
Dicho de forma simple, “esto implica que, de prosperar dichos recursos, los efectos de la suspensión podrían quedar en pausa mientras se resuelven, prolongando la vigencia del decreto original y extendiendo el periodo de incertidumbre regulatoria para el mercado laboral”, según explicó Quintero.
El debate por el salario mínimo en Colombia nuevamente se agita. Foto:Imagen generada con inteligencia artificial.
Cabe recordar que un punto no menor en esta discusión es que el Gobierno deberá convocar nuevamente la Mesa de Concertación Salarial para analizar el ajuste transitorio al salario mínimo, y desde los sectores empresariales, gremios como la Andi y Fenalco se han mostrado dispuestos a conversar, aunque pidieron que se respeten las normas técnicas que inciden en el aumento de este indicador.
Así, el salario mínimo… se convirtió en algo más que una discusión sobre cifras y hoy pasó a ser un termómetro de la relación entre política, justicia y economía, y un recordatorio de que, aunque la regla vigente sigue en pie, la incertidumbre regulatoria tiene costos propios; por lo que el reto no es solo jurídico, sino también de gestión, claridad y confianza en un momento clave para el mercado laboral colombiano.
DANIEL HERNÁNDEZ NARANJO
Periodista de Portafolio
