Colombia
Viajar con su perro o gato tiene nuevas condiciones en Colombia: cuáles son los requisitos para garantizar el trato digno a las mascotas
Viajar con mascotas en Colombia a menudo implicaba costos imprevistos y, en muchos casos, la necesidad de enviarlos como carga. Sin embargo, esta situación ha empezado a cambiar con una nueva normativa que redefine las reglas para el transporte de mascotas en avión y autobuses intermunicipales.
El proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes, denominado “No son equipaje”, introdujo cambios específicos para equilibrar el bienestar animal con la seguridad y confort de los demás pasajeros. Esta iniciativa también refuerza la Ley 1774 de 2016, que reconoce a los animales como seres sintientes, y se enmarca en el impulso que ha tomado el tema tras la aprobación de la Ley Ángel de 2025.
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En relación al transporte aéreo, la modificación permite que las mascotas viajen en cabina, siempre acompañadas por su dueño o un responsable durante todo el trayecto. El objetivo es evitar separaciones innecesarias y mitigar riesgos asociados al transporte en bodega.
Para beneficiarse de esta nueva normativa, los dueños deben cumplir con una serie de requisitos estrictos. Los animales de menos de 12 kilos pueden viajar sin costo en el mismo asiento que su dueño, siempre dentro de un guacal adecuado. También es necesario notificar a la aerolínea con al menos 12 horas de anticipación, presentar un carné de vacunación actualizado y asegurar que la mascota esté con correa durante todo el viaje.
La edad mínima para poder volar se ha establecido en cinco meses. Esto busca proteger a los animales que son demasiado jóvenes y evitar complicaciones sanitarias.
No todos los casos, sin embargo, se acogerán a esta normativa. La ley incluye excepciones que requieren seguir los protocolos de cada aerolínea y, en ciertos casos, a transportar al animal en bodega. Esto aplica a razas consideradas potencialmente peligrosas, mascotas con condiciones de salud que puedan afectar a otros pasajeros y perros que sean demasiado grandes para caber en cabina.
En cuanto al transporte terrestre, las normativas son más flexibles. Las mascotas podrán viajar junto a su dueño o en espacios designados dentro del vehículo, dependiendo de su tamaño y comportamiento. No obstante, se debe priorizar el bienestar de los demás pasajeros. Las compañías de transporte deberán exigir la documentación correspondiente del animal y verificar el uso de arnés, guacal o bozal, según las características de la mascota. La responsabilidad recae directamente en el dueño durante todo el trayecto.
Más allá de los aspectos técnicos, la ley representa un cambio cultural. En Colombia, cada vez más personas consideran a sus mascotas como parte de su familia. No solo son compañía; también son parte de celebraciones, mudanzas y viajes. La normativa refleja esta transformación social, reconociendo que el vínculo emocional juega un papel importante en las decisiones de viaje.
El objetivo principal es reducir incidentes y muertes de animales durante su transporte, un problema que ha generado numerosas denuncias en los últimos años. Con normativas más claras sobre peso, edad, documentación y condiciones de transporte, se espera minimizar la improvisación y las lagunas que anteriormente dependían de cada empresa.
A su vez, la ley busca mantener un equilibrio. El bienestar animal no debe comprometer la seguridad colectiva. Por ello, se establecen límites y protocolos específicos según el medio de transporte. En la práctica, esto implica un nuevo tipo de relación entre los usuarios y las empresas. Las aerolíneas y las compañías de autobuses deberán modificar sus procedimientos internos, mientras que los propietarios tendrán que planificar con mayor antelación y cumplir cada requisito sin excepción.
