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Colombia

Motociclistas podrían recibir multa de hasta $740.000 por no portar este elemento

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Motociclistas podrían recibir multa de hasta $740.000 por no portar este elemento
– crédito Alcaldía de Bogotá

Entre los componentes requeridos por la legislación se encuentran el casco, las luces direccionales y los espejos retrovisores, elementos esenciales para la visibilidad del conductor.

Conforme a lo estipulado por el Código Nacional de Tránsito Terrestre en la Ley 769 de 2002, circular sin espejos retrovisores o con estos en mal estado puede considerarse una infracción sujeta a sanciones económicas. Las autoridades han enfatizado que estos elementos son cruciales para ampliar el campo visual del motociclista y facilitar la anticipación de maniobras de otros vehículos, lo que contribuye a evitar accidentes.

“En el contexto vial colombiano, los espejos retrovisores desempeñan una función de seguridad activa, puesto que amplían el campo visual del conductor, permitiéndole prever maniobras de otros vehículos y detectar situaciones de peligro detrás y a los lados de la motocicleta”, detalló el informe técnico al que se refiere Revista Semana.

- crédito Colprensa
– crédito Colprensa

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La ausencia de estos dispositivos se considera como infracción C.24 dentro del Código Nacional de Tránsito. De acuerdo con la normativa actual, la sanción representa 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), lo que para el año 2026 correspondería aproximadamente a $740.000 pesos colombianos. Las autoridades subrayan que esta medida busca fomentar el cumplimiento de estándares mínimos de seguridad para todos los usuarios de la vía.

Además de la multa, los agentes de tránsito tienen la autoridad para ordenar la inmovilización de la motocicleta si consideran que la falta de espejos retrovisores pone en peligro la seguridad en la conducción. Esta medida se toma cuando el estado del vehículo representa un riesgo evidente para el conductor o para otros usuarios de la vía.

“Circular sin espejos retrovisores o con ellos en mal estado puede llevar a una sanción significativa en Colombia este año”, indicó el informe especializado, citado por el medio de comunicación, explicando las repercusiones legales de no contar con este elemento obligatorio.

- crédito Imagen Ilustrativa Infobae
– crédito Imagen Ilustrativa Infobae

La normativa también establece variaciones según las características técnicas de las motocicletas. En el caso de las motos que superan los 100 kilómetros por hora, la ley exige que cuenten con dos espejos retrovisores, uno a cada lado del manillar. Para aquellos vehículos que alcanzan dichas velocidades o son inferiores, se requiere al menos el espejo del lado izquierdo, aunque se recomienda usar ambos para mejorar la seguridad.

La principal función de los espejos retrovisores es permitir al conductor observar el tráfico que se aproxima desde atrás y a los lados, disminuyendo así el riesgo de maniobras inesperadas y colisiones. Expertos en seguridad vial han señalado que la falta de visibilidad es uno de los factores que incrementa la probabilidad de accidentes entre motociclistas.

El informe también indica que, más allá de la multa, la ausencia de estos dispositivos limita la capacidad del conductor para reaccionar ante variaciones en el entorno vial. No poder observar otros vehículos puede provocar maniobras bruscas o errores de cálculo que ponen en peligro la seguridad en la vía.

 - crédito Imagen Ilustrativa
– crédito Imagen Ilustrativa Infobae

En medio de las clarificaciones sobre infracciones, el Ministerio de Transporte también realizó precisiones respecto a otros accesorios montados en motocicletas. Según la entidad, no todos los elementos adicionales son motivo de sanción, especialmente cuando no hay un respaldo claro en el Código Nacional de Tránsito.

Para el Ministerio, ciertos dispositivos que anteriormente generaban confusión, como los “sliders”, han dejado de ser sancionables tras los análisis técnicos que determinaron que estos elementos pueden mejorar la seguridad sin afectar la movilidad de otros usuarios de la vía. Esta clarificación busca evitar comparendos que surjan de interpretaciones incorrectas de la normativa.

“El pronunciamiento del Ministerio responde a las dudas sobre qué accesorios o elementos pueden ser objeto de sanciones”, indicó el informe, citado por Revista Semana, explicando que los cuerpos de control deben actuar conforme a disposiciones claras y no a interpretaciones vagas.

La correcta utilización de los elementos de seguridad sigue siendo uno de los principales esfuerzos de las autoridades de tránsito, especialmente en un contexto en el que los motociclistas constituyen una parte significativa de los actores viales en Colombia. Las campañas de prevención destacan que portar los dispositivos obligatorios no solo evita sanciones económicas, sino que también disminuye los riesgos durante la conducción diaria.

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