Economia
nuevo impuesto empresarial reabre debate sobre uso fis
La declaratoria de emergencia económica para atender las inundaciones en el Caribe volvió a poner sobre la mesa el alcance real de una herramienta constitucional que si bien fue diseñada para responder a crisis excepcionales, en los últimos años ha empezado a incorporar medidas tributarias como un mecanismo de financiamiento estatal que ayuden a cuadrar la caja en tiempos de crisis.
Este fue uno de los puntos abordados en el más reciente análisis técnico elaborado por Orza y la firma de abogados Rodríguez Piedrahita, que advierte que esta evolución refleja un cambio gradual en el uso económico de la figura.
Partiendo de la expedición de los decretos 173, 174, 175, 176 y 177 en el marco del Decreto 0150 de 2026, con el que se declaró la emergencia económica, social y ecológica para enfrentar la ola invernal que afecta principalmente a Córdoba y otros departamentos del Caribe y el Pacífico; estos expertos reseñaron que estas medidas estarán vigentes durante 30 días y llegan semanas después de que la Corte Constitucional suspendiera una emergencia anterior relacionada con la crisis fiscal.
Las medidas de esta emergencia serán de carácter temporal. Foto:Imagen generada con inteligencia artificial.
“Dentro de ese paquete, la principal decisión tributaria fue la creación de un Impuesto al Patrimonio (IAP) dirigido a personas jurídicas y sociedades de hecho que hayan sido contribuyentes del impuesto sobre la renta durante el año gravable 2025”, dice el informe que también señala que incluso sociedades extranjeras no residentes podrían quedar sujetas al gravamen si fueron declarantes en Colombia, lo que amplía el alcance del tributo frente a esquemas patrimoniales previos.
Cabe recordar que el nuevo impuesto tendrá carácter temporal y aplicará únicamente para el año gravable 2026, lo cual busca mantener su naturaleza excepcional y el hecho generador será la posesión, al primero de marzo de 2026, de un patrimonio líquido superior a 200.000 UVT, equivalente a más de $10.400 millones.
“Además, se establece que procesos de escisión posteriores deberán sumar patrimonios para evitar reorganizaciones destinadas a reducir la carga tributaria. En materia tarifaria, el análisis detalla que la tasa general será de 0,5%, aunque sectores específicos enfrentarán una carga superior del 1,6%, entre ellos instituciones financieras, aseguradoras y empresas dedicadas a la extracción de petróleo y carbón”, dice el informe.
Tanto para Orza, como para Rodríguez Piedrahita, estas diferencias muestran una lógica sectorial dentro del diseño del impuesto, enfocada en actividades consideradas de mayor capacidad contributiva en el contexto de la emergencia; al tiempo que destacaron que las exclusiones buscan evitar presiones adicionales sobre sectores estratégicos en medio de la atención de la emergencia climática y social derivada de las inundaciones.
Las medidas de esta emergencia serán de carácter temporal. Foto:Imagen generada con inteligencia artificial.
Una medida recurrente
Más allá del detalle técnico, el análisis introduce una lectura institucional sobre la evolución de esta herramienta constitucional en la que destacan que si bien el estado de emergencia económica fue concebido como un mecanismo extraordinario para actuar frente a crisis que el trámite legislativo ordinario no puede resolver, esto no se estaría usando de la forma correcta.
En este sentido, advierten que “lo que antes era un instrumento de reacción frente a desastres o shocks externos se convirtió progresivamente en una herramienta de conducción económica”.
La revisión histórica incluida por Orza muestra que en 2010, durante la ola invernal, se creó un impuesto al patrimonio como medida excepcional, mientras que en emergencias posteriores, como la crisis migratoria de 2015, la avalancha de Mocoa en 2017 o la pandemia de 2020, no se introdujeron nuevos tributos.
El cambio aparece en años recientes, cuando las emergencias comenzaron a incorporar medidas fiscales más amplias y recurrentes; como el 2023 con el fenómeno de El Niño y la crisis social en La Guajira, o el hundimiento de la reforma tributaria a finales del 2025 y ahora la emergencia climática en Córdoba. Dicho de forma simple, en los últimos 16 años, el país ha tenido siete emergencias económicas por diversos temas.
El Gobierno espera recaudar cerca de $8 billones con la nueva emergencia económica. Foto:Imagen generada con inteligencia artificial.
En ese contexto, los expertos advierten que la repetición de impuestos temporales puede generar efectos económicos más allá de su recaudo inmediato, ya que la incertidumbre regulatoria y la posibilidad de nuevos gravámenes extraordinarios podrían influir en decisiones empresariales y de inversión, especialmente en sectores con tarifas diferenciadas. Así, la discusión ya no gira únicamente alrededor de la emergencia climática, sino sobre el papel que esta figura empieza a jugar dentro de la política fiscal del país.
DANIEL HERNÁNDEZ NARANJO
Periodista de Portafolio
