Colombia
Investigación por presunta violación de datos comprometería a Laura Ojeda, pareja de Nicolás Petro, y cambiaría la condición procesal de Day Vásquez
La Fiscalía General de la Nación estaría progresando en una investigación que podría alterar el curso legal del escándalo que envuelve a la familia del presidente Gustavo Petro.
En el centro de este nuevo desarrollo se encuentra Laura Ojeda, pareja de Nicolás Petro, quien podría enfrentar una posible imputación por delitos de acceso indebido a sistemas informáticos y violación de la privacidad de datos.
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La investigación podría transformar a Day Vásquez, exesposa del hijo del presidente, en víctima en el mismo caso donde antes figuraba como investigada, según informa Semana.
Según los hallazgos difundidos por ese medio, el caso se inició tras detectar el supuesto clonaje de la tarjeta SIM del celular de Vásquez.
Los investigadores habrían hallado, durante una extracción forense del teléfono de Laura Ojeda, evidencias de que se gestionó una duplicidad de SIM de manera no autorizada para interceptar las comunicaciones privadas de la exesposa de Nicolás Petro.
Esto se habría llevado a cabo durante un allanamiento en el apartamento que Ojeda y Petro compartían en Barranquilla.
Uno de los elementos clave del caso serían los registros de conversaciones entre Nicolás Petro y Day Vásquez. En esos mensajes, según publicó el medio ya mencionado, el exdiputado habría aceptado lo ocurrido con un mensaje contundente: “Te chuzé”.
Esta frase se ha convertido en crucial dentro de las investigaciones, que ahora buscan aclarar responsabilidades individuales y la posible implicación de terceros.
La defensa de Ojeda habría impugnado la legalidad de la prueba obtenida de su celular y solicitado su exclusión del juicio contra Nicolás Petro. Sus abogados argumentan que no debería usarse como prueba y han señalado que podrían recurrir a instancias internacionales si sus derechos se ven vulnerados.
Paralelamente, la defensa de Nicolás Petro habría solicitado desestimar tanto la entrevista realizada a la revista como la información contenida en el celular proporcionado por Day Vásquez, alegando que fueron obtenidas de forma ilegal.
En la audiencia preparatoria, la fiscal Lucy Laborde reiteró que la declaración dada a la revista no se obtuvo en el contexto de una diligencia judicial ni bajo coacción de la Fiscalía, lo que —de acuerdo a su argumentación— garantiza que fue una declaración libre, espontánea y voluntaria.
En este contexto, explicó que el ente acusador busca incorporar dicha entrevista como prueba documental en el juicio por enriquecimiento ilícito y lavado de activos. Para validar su autenticidad, anunció que presentaría un testigo que confirmaría la veracidad del contenido, la fecha de publicación y las circunstancias en que se llevó a cabo la entrevista.
Durante ese diálogo, el exdiputado del Atlántico admitió haber recibido fondos de Santander Lopesierra y Gabriel Hilsaca junto con su entonces esposa, Daysuris Vásquez.
Según lo expuesto, parte de esos recursos se habrían utilizado en actividades relacionadas con la campaña presidencial. Sin embargo, enfatizó que ni el presidente ni Ricardo Roa tendrían conocimiento de dichos aportes ni de su posible destino.
La defensa, liderada por Iván Cancino, cuestionó la validez de que esa entrevista sea utilizada como prueba directa de responsabilidad penal.
Afirmó que admitirla violaría derechos fundamentales como la protección contra la autoincriminación y el debido proceso, especialmente considerando que Petro buscaba en ese momento beneficios judiciales.
Aseguró que, en el mejor de los casos, la declaración podría usarse solo para refrescar memoria o impugnar credibilidad, pero no debería ser el soporte probatorio principal.
En esta misma línea, el abogado Alejandro Carranza advirtió que su incorporación iría en contra de los precedentes de la Corte Constitucional sobre el uso de declaraciones extraprocesales.
La decisión final dependerá del juez, quien deberá considerar el alcance de la jurisprudencia y decidir si este tipo de declaraciones públicas pueden tener pleno valor probatorio en el juicio.
