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Formulario de traslado a Colpensiones: requisito clave para cambiar de régimen antes del 16 de julio de 2026

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Formulario de traslado a Colpensiones: requisito clave para cambiar de régimen antes del 16 de julio de 2026
El traslado entre regímenes pensionales en Colombia requiere diligenciar un formulario específico y recibir asesoría obligatoria antes de completar el proceso – crédito VisualesIA

Los afiliados al sistema pensional colombiano que deseen trasladarse a Colpensiones deben llenar un formulario de cambio de régimen y seguir un procedimiento definido por las administradoras antes del 16 de julio de 2026, según información de Semana. Este proceso permite la transición entre el Régimen de Ahorro Individual (RAIS) y el Régimen de Prima Media (RPM).

Este trámite es parte de las modificaciones introducidas tras la aprobación de la reforma del sistema de pensiones, que incluyó cambios en la movilidad entre regímenes para los afiliados, según lo citado por Semana.

Colpensiones ha indicado que los ciudadanos que cumplan con el tiempo necesario podrán solicitar el cambio de régimen hasta el 16 de julio de 2026, de acuerdo con la misma fuente.

Requisitos para traslado a Colpensiones
Requisitos para traslado a Colpensiones – crédito Procuraduría General de la Nación

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Colpensiones es una de las principales administradoras del sistema pensional colombiano, agrupando a miles de trabajadores que realizan aportes periódicos para asegurar un ingreso durante su jubilación. Este régimen opera bajo el modelo de prima media, donde las contribuciones de los trabajadores activos ayudan a cubrir las pensiones de quienes ya están jubilados.

Además, en el país opera el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, administrado por fondos privados. En este modelo, cada afiliado acumula un ahorro que se usa para financiar su pensión al final de su vida laboral.

La opción de transitar entre estos dos regímenes es parte de los mecanismos establecidos en el sistema pensional colombiano. Sin embargo, el traslado debe realizarse siguiendo procesos específicos y dentro de plazos determinados por la normativa vigente.

Traslado a Colpensiones  -
Traslado a Colpensiones – crédito Colprensa

Según Colpensiones, aquellos afiliados que deseen realizar este cambio deben cumplir con un requisito inicial sobre el tiempo mínimo en un régimen. La entidad establece que es necesario haber estado al menos cinco años en el régimen actual antes de solicitar el traslado.

“Se requiere tener cinco años de permanencia en Colpensiones o en fondos privados. No importa si te has trasladado entre fondos privados, lo importante es que el tiempo total en el régimen privado sea de mínimo 5 años. Si cumples 37 años y eres mujer, o 42 años y eres hombre, deberás solicitar y recibir la Doble Asesoría con ambos regímenes; es decir, tanto con Colpensiones como con tu fondo privado”, detalló la entidad, según lo citado por Semana.

Un aspecto clave del proceso es la doble asesoría obligatoria, que tiene como objetivo asegurar que los afiliados entiendan bien las características de cada régimen antes de decidirse a trasladarse. Deben recibir orientación tanto de Colpensiones como del fondo privado en el que están afiliados.

Durante estas sesiones de asesoría se explican las diferencias entre ambos sistemas, incluyendo los beneficios potenciales y las repercusiones que el traslado puede tener en el futuro pensional del afiliado. El objetivo es que las personas puedan evaluar de manera informada cuál régimen se adapta mejor a su situación laboral y expectativas de jubilación.

Colpensiones también aclara que para iniciar oficialmente el trámite, el afiliado debe llenar el formulario de traslado de régimen. Este documento debe completarse y entregarse junto con el documento de identidad para seguir con el proceso administrativo correspondiente.

Pensiones en Colombia  -
Pensiones en Colombia – crédito Freepik

Una vez que el formulario ha sido presentado y la fase de asesoría cumplida, las entidades revisan la solicitud y aseguran que se cumplan los requisitos que marca la normativa. Solo después de completar estos pasos se puede concretar el traslado entre regímenes.

Las condiciones del traslado también dependen de la edad del afiliado. Las mujeres menores de 47 años y los hombres menores de 52 pueden solicitar el cambio de régimen hasta el día anterior a cumplir esas edades. Una vez alcanzado ese límite, el traslado ya no se permite dentro del sistema pensional.

En Colombia, la edad de jubilación se fija en 62 años para hombres y 57 años para mujeres. Además de cumplir la edad, los trabajadores deben haber aportado al menos 1,300 semanas al sistema para tener derecho a una pensión.

Estas semanas son equivalentes aproximadamente a 26 años de contribuciones al sistema pensional. Por ello, se recomienda a los afiliados revisar con detenimiento su historial de cotización antes de iniciar cualquier trámite de cambio de régimen.

Los expertos también aconsejan examinar cuidadosamente las condiciones del sistema pensional y recibir la asesoría adecuada antes de tomar decisiones que podrían influir en el monto de la pensión futura. Cada régimen presenta características distintas en relación al cálculo del beneficio, requisitos y proyección del ingreso durante la jubilación.

Por ello, las administradoras de pensiones insisten en que el proceso de doble asesoría es crucial para que los afiliados comprendan las implicaciones del traslado. Este paso busca evitar decisiones tomadas sin la información suficiente sobre el funcionamiento del sistema pensional colombiano.

El plazo del 16 de julio de 2026 se ha convertido en una fecha clave para aquellos que estén considerando cambiar de régimen. Antes de esa fecha, los interesados deben completar el procedimiento, llenar el formulario correspondiente y cumplir con las etapas de asesoría para formalizar su traslado dentro del sistema pensional.

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