Colombia
Inhumanos crímenes en Almería: un padre y abuelo desata el horror durante 18 años, enfrenta 31 años tras las rejas.

La Audiencia Provincial de Almería ha dictado una sentencia condenatoria contra un individuo de 63 años por diversos delitos continuados de agresión sexual contra seis menores de su entorno familiar, incluidos sus hijos adoptivos y nietos, desde 2005 hasta 2023. El tribunal ha impuesto penas que suman un total de 31 años y 6 meses de prisión, así como severas medidas de inhabilitación y restricciones, tras una investigación judicial que duró casi dos años.
Se determinó que el acusado, aprovechando su vínculo familiar y la convivencia con las víctimas, cometió abusos sexuales de forma sistemática a lo largo de un prolongado periodo. Los actos incluyeron tocamientos, masturbaciones, felaciones y penetraciones en espacios privados, como la residencia familiar y el negocio que administraba. Las víctimas, que tenían entre 5 y 14 años al comenzar los abusos, abarcaron tanto a sus hijas adoptivas como a sus nietos más jóvenes. El tribunal indicó que el acusado actuó plenamente consciente de su posición de control, recurriendo a amenazas y obsequios para perpetuar los abusos y silenciar a las víctimas.
La sentencia describe los abusos que realizó contra sus hijas e hijos adoptivos, después extendiéndose hacia sus nietos, siguiendo un patrón similar en todos los casos. “Siendo abuelo del entonces menor, [nombre del niño], desde que tenía aproximadamente 6 años, en el hogar familiar y en el negocio familiar, con intenciones libidinosas, para satisfacer su deseo sexual y aprovechándose del vínculo familiar, le realizó tocamientos en los genitales, masturbaciones, tanto del procesado hacia la víctima como viceversa, y felaciones, tanto del procesado hacia la víctima como viceversa. Cuando el afectado contaba con 9 o 10 años, empezó a realizar penetraciones anales, forzándolo cuando se oponía. Esto continuó hasta que el perjudicado alcanzó los 9 o 10 años”, señala el documento judicial.
En el caso de otro de los nietos, por ejemplo, “en ciertas ocasiones lo recogía del fútbol y lo llevaba a la empresa familiar para realizarle masturbaciones y felaciones. Mientras estaban en el hogar familiar y su abuela estaba cocinando, él se sentaba junto al perjudicado en el sofá para llevar a cabo tocamientos. Además, cuando este se despertaba de la siesta o mientras conducía, con una mano manejaba el volante y con la otra lo tocaba. Todo esto mientras lo intimidaba diciéndole que era un secreto y que no debía contárselo a nadie. Estas conductas se repetían de 5 a 6 veces al mes”.
El tribunal consideró que las acciones del acusado ocasionaron serios daños psicológicos a las víctimas, que incluyeron depresiones, autoinculpaciones y dificultades en sus relaciones interpersonales. Estos daños fueron respaldados por evaluaciones forenses y psicológicas presentadas durante el juicio.
El imputado aceptó los hechos durante el juicio y realizó una donación económica de 400.000 euros para reparar los daños morales sufridos por sus víctimas, quienes aceptaron la compensación. Sin embargo, la Audiencia rechazó las acusaciones de maltrato habitual, amenazas y lesiones psíquicas presentadas por la parte demandante, alegando que tales comportamientos ya estaban contemplados en los delitos contra la libertad sexual.
El tribunal subrayó la sistematicidad y gravedad de los delitos perpetrados, resaltando el uso recurrente del “prevalimiento” sobre las víctimas, un aspecto agravante que está establecido en el Código Penal y se refiere a la explotación de una posición de autoridad y confianza para anular la voluntad de los menores. La sentencia destaca que los actos del imputado ocurrieron a lo largo de al menos 18 años y en múltiples residencias, lo que evidencia un patrón continuo de conducta premeditada.







