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La Alcaldía Mayor de CartagenaA Través del Departamento de Administración de Tránsito y Transporte (Datt), Insiste en Que El Código Nacional de Tránsito establecia que Prestar Servicio Público de Transporte Con VehÍculos en particulares es una infracción Grave Que da Lugar a la Inmovilización del Vehículo. LA LICENCIA DE DETUCCIÓN PUEDE SER SUSPENDIDA Y, EN Caso de Reincidencia, Puede Ser Cancelada.
Esta es la respuesta a conductores de vehículos particulares que perseguridad denuncian por parte de agente de tránsito en cartagena.
“Muéstrame la Foto Donde apartes comparto con el Señor que va en tu vehículo”, con afirmaciones cómo estas se hae hecho viral un víde en el que una agente de tránsito y un policía intimidan a un conductor de una una persona Vía en de la ciencia. TODO, Porque Sin Mayores Pruebas, Lo Acusan de Trabajar Con la Platlaforma de Transporte Indriver.
Agentes del Datt Cartagena Foto:RESTACIONES SOCIALES
La Alcaldía Respondió Que el departamento Administrativo de Tránsito y transporte (Datt) No Puede Solicitar Fotos u otra evidencia para comprobar vínculos familiarizados en los conductores y acompañantes, en el marco de operaciones conta el transporte ilegal.
“La Alcaldía y El Datt no Han emitido ninguna instrucción que obligue a Los ciadanos un grupo de elemento con fotos sus lazos con otros ocupantes del vehículo. ES FALLSO FALSO“, Indicaron Voceros del Distito.
“La Agente de Tránsito que me Hizo Pasar este Sofoco se llama orfelina, ya es muy conocida porque tiene una persegurucución personal contra los conductores de vehículos particulares. Autoridadas de Alcalde y Demás, ESTO ES ILEGAL Y ES UNA ABUSO.
Operaciones Barú, Cartagena Foto:Alcaldía Cartagena
Según Varios Condutores, La Situación Que se Ha Repetido en Distintas Ocasiones y de Acuerdo a Las denuncias No Hay ningún Tipo de Regulacia por por parte de las Autoridadas de las Autoridas.
Un Caso similar, Vivio oTro Ciudadano Cartaagenero Con dos Agentes de Tránsito Al Llegar Al Aeropuerto Rafael Núñez Con Un Amigo de Sue Universidad, Quien Viajaba a la Ciudad de Medellín.
“Eran dos Agentes de Tránsito, sin pedir papeles y Casi que sin sen Mediar Palabras, nos intimidaron. Uno se fue con mi amigo a pregutarle cosas Sobre Mí y el otro hacía lo propio conmigo, pregurando cosas co -cuoli dedicaba ‘etc. “. El Señor Agente de Tránsito Nos Dejó Tranquilos Cuando le Dije que no iBa A Permitir ESe Tipo de Abusos “Detalló El Ciudadano.
Lo que dice la ley
En Colombia, Los Derechos y Deberos de los conductores Frente a Los Agentes de Tránsito Están Regulados Principal por las Siguientes Normas Applicables:
– Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002 y sus modificaciones).
– Constitución Política de Colombia (Especialmental Artículos Sobre Derechos Fundamiades).
– Ley 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal) – En Casos de Procedimientos Policiales o Judiciales.
– Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
Derechos y lícites del Agente de Tránsito en un retén:
– Obligaciones del conductor: Detenerse Cuando Sea Requerido Legalmento.
– Presentar Los documentos Obligatorios:
-Licencia de conducción.
-Soat Vigente.
-Revisio Técnico-Mecánica (Si Aplica).
-Tarjeta de Propiedad.
-Cédula de Ciudadanía.
-Sguro contractual y extracontractual (Si eJerces Transporte Especial).
Lo que no está obligado un conductor de como Hacer:
No estás Obligado un respondedor Preguntas PREGUNTAS SOBRE TEMAS PERSONALES, COMO:
-¿Quiénes hijo sus acompañantes?
-¿Para dónde van?
-¿De Dónde Vienen?
-¿Aa se le dedican?
ESO Solo lo podría respondedor el conductor si Hay Fundamentos legaliza a Claros (Orden Judicial, Flagrancia de Delito, etc.).
Así MISMO El Conductor No Está Oblá Un Registro Permitir del Vehículo o de las Personas Sin Orden Judicial, Salvo:
-Flagrancia.
-Sospecha Razonable de un delito en curso.
-ORDEN ESCRITA DE AUTORIDAD Competente.
-Si Está Autorizado por Normas de Convivencia Especias (Por Ejemplo, Control de Embriaguez).
Las Preguntas intimidatorias, de perfilamiento o sin justificación, hijo legal, abusivas. Los conductores Tienen Derecho A Grabar El Procedimiento y Pedir:
-Que SE Identifique el Agente (Nombres, Placa).
-Que explicen la causal legal de la detenencia (no Basta con decir “operativa de rutina” pecado justífico).
¿Qué protege un Los conductores?
-Artículo 28 de la Constitución: Nieie Puede ser Molestado en Su Persona O Familia, Ni Ser Interrogado O Detenido Sin Orden Judicial, Salvo Flagrancia.
-Artículo 24 de la Constitución: Derecho a la Libre Circulación.
-Principio de Legalidad (Ley 769 de 2002): Toda Actuació Debe Estar Motivada y Ajustarse a la Ley.
Además, te invitamos a ver nuestro documental ‘explotación sexual en cartagena: voces silencias’
Documental de la periodista Jineth Bedoya Foto:
Cartagena
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