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Economia

A esta edad se PENSIONAN los PROFESORES en COLOMBIA en 2025

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A 2025, continúan vigentes dos grandes marcos normativos que regulan el acceso a la pensión de los docentes: el Decreto 2277 de 1979, que aplica para quienes ingresaron antes de 2002, y el Decreto 1278 de 2002, creado como parte de una reforma educativa para los nuevos vinculados.

¿Cuál es la edad de pensión para profesores del sector público en Colombia?

Decreto 2277 de 1979

Este régimen fue el primero en organizar la carrera docente en Colombia y sigue vigente para quienes ingresaron antes del año 2002. Entre sus principales características se destaca que permite la jubilación a una edad más temprana.

  • Edad para pensionarse: Los docentes pueden acceder a la pensión a partir de los 55 años.
  • Tiempo mínimo de servicio: Deben haber trabajado al menos 20 años continuos o discontinuos en el sistema educativo estatal.
  • Valor de la pensión: La mesada mensual corresponde al 75% del salario del último año de trabajo, teniendo en cuenta no solo el sueldo base, sino también los pagos adicionales por horas extras, recargos y bonificaciones.
  • Oportunidad de continuar laborando: Incluso después de pensionarse, los educadores bajo este decreto pueden seguir ejerciendo su labor hasta los 70 años, si así lo desean, combinando salario y pensión.

Este régimen es considerado más favorable en términos de edad y porcentaje de pensión, y aún cobija a miles de docentes en todo el país que han dedicado décadas a la enseñanza pública.

Decreto 1278 de 2002

A partir del año 2002, el Gobierno Nacional implementó una nueva normatividad para el ingreso y permanencia en el sistema educativo oficial. Este decreto introdujo cambios significativos en los criterios de evaluación, escalafón y, por supuesto, en los requisitos para pensionarse.

  • Edad mínima para jubilarse: Los maestros cobijados por esta norma pueden pensionarse a partir de los 57 años.
  • Semanas requeridas: Es necesario haber cotizado 1.300 semanas, lo que equivale aproximadamente a 25 años de trabajo continuo o con interrupciones.
  • Monto de la pensión: Se calcula sobre el 65% del promedio salarial de los últimos 10 años laborados, incluyendo horas extras y demás bonificaciones laborales.
  • Incrementos adicionales: Por cada 50 semanas cotizadas de más, el docente puede aumentar su pensión en un 1,5% adicional, lo que representa una oportunidad de mejorar el ingreso mensual si el maestro ha trabajado más allá del mínimo requerido.
  • Posibilidad de seguir trabajando tras la pensión: Gracias a un fallo del Consejo de Estado en 2023, estos profesores también pueden seguir ejerciendo su profesión hasta la edad máxima permitida por la ley, sin que ello interfiera con el disfrute de la pensión.

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Este régimen es más exigente, pero permite una pensión proporcionalmente más flexible dependiendo del tiempo adicional que se haya cotizado.

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