Economia
Los temas del proyecto más avanzados y los que están a la espera de un análisis y una discusión más profunda

La semana que llega será crucial para el proyecto de reforma laboral, no solo por el poco tiempo que queda para discutir y profundizar en varios de los temas que buena parte del sector productivo nacional ha insistido en que le causarán gran daño a la generación de empleo, a la reducción de la informalidad y a la economía en general, sino porque la posibilidad de un consenso en esos puntos que han causado tanta polémica es cada vez más remota, aunque los empresarios siguen optimistas en que se pueda lograr en esta recta final del debate en la plenaria del Senado.
A la plenaria del Senado llega un proyecto de 76 artículos, buena parte de los cuales no presentan cambios significativos frente a la iniciativa que salió de la en la Comisión IV de esa misma corporación. Con ello, de aprobarse, se reformarían el Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 50/90, la Ley 789/02 y otras normas laborales.
Uno de los cambios esperados en el debate anterior era el que los recargos nocturnos comenzaran a las 7 de la noche para las grandes y medianas empresas, pero no así para las micro y pequeñas, las cuales seguirían beneficiándose del horario actual de las 9 de la noche.
Pero la mayoría de los congresistas de la Comisión Cuarta del Senado votaron por eliminar dicha excepción y lo que se aprobó en tercer debate es que la jornada nocturna de todos los trabajadores del país —sin excepción— inicie a partir de las 7 de la noche, es decir, lo mismo que se aprobó en la Cámara de Representantes.
Los empresarios también esperaban luz verde frente al cambio en el pago de los dominicales y festivos. Si bien ese reconocimiento subiría del 75 al 100 por ciento, el de los festivos se quedaría en el 75 por ciento. Para sorpresa de muchos, no fue así, por lo que los dos se pagarían completos, si el proyecto se aprueba como quedó, tal como venía en el texto de Cámara.
. Foto:César Melgarejo/ El Tiempo @cesarmelgarejoa
Contrato a término indefinido
Uno de los temas dentro de la reforma que logró pasar tiene que ver con la relación contractual entre empleador y trabajador, toda vez que se modifica el artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo y se determina, entonces, que los trabajadores en Colombia serán vinculados mediante contrato de trabajo a término indefinido, aunque se dejó abierta la posibilidad de celebrar otro tipo de contratos por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada o para ejecutar un trabajo ocasional.
También se revive el preaviso, es decir, que el trabajador puede dar por terminado el contrato a término indefinido mediante preaviso de 30 días calendario sin que se le aplique ninguna sanción si este omite dar paso.
En cuanto a los contratos a término fijo tendrán un periodo no mayor a cinco años y deberán celebrarse por escrito. En caso de que no se cumplan esas condiciones, quedó establecido que se entenderá celebrado a término indefinido, desde el inicio de la relación laboral y estos no podrán prolongarse por tiempo indefinido.
Y respecto a la condición en que los aprendizajes se vincularán a las empresas, de aprobarse el proyecto como está hasta la fecha, queda establecido dos aspectos importantes. Si dicho aprendizaje es formación dual el aprendiz recibirá como mínimo durante el primer año 75 por ciento de un salario mínimo mensual y el segundo el ciento por ciento del mismo.
El cambio de la jornada nocturna es uno de los más polémicos por el impacto a ciertos sectores. Foto:EL TIEMPO
Ahora, si se trata de una persona bajo formación tradicional, recibirá como mínimo en la fase lectiva el equivalente al 75 por ciento de un salario mínimo y cuando inicie su práctica dicho reconocimiento salarial serla del ciento por ciento de un salario mínimo.
En el proyecto quedó en firme la obligatoriedad que tienen las empresas del país de cumplir la cuota de aprendizaje y el pago al Sena un valor mensual que corresponderá a 1,5 salarios mínimos mensuales por cada aprendiz que no contraten. Además, los estudiantes con contrato especial de aprendizaje tendrán afiliación a pensión, salud y ARL como dependientes.
Para los estudiantes de medicina de último año que realicen prácticas clínicas de tiempo completo en hospitales y centros de salud, la iniciativa fija la obligación de que se les pague un salario mínimo y su seguridad social.
Teletrabajo y horarios flexibles
El proyecto que está en su recta final en el Legislativo abordó otros temas importantes para los trabajadores, como la reducción de las horas de trabajo, horarios flexibles para quienes tengan a cargo el cuidado de personas con discapacidad, las modalidades de trabajo (teletrabajo, híbrido y otros), así como el reconocimiento de una prima adicional ligada al crecimiento de las empresas.
En las nuevas reglas del mercado laboral colombiano se incluye la jornada laboral de 42 horas a la semana —que para julio ya debería ser de 44 y a partir de 2026 serán 42 horas semanales, si se aprueba la reforma—y que las empresas puedan tener jornadas de cuatro días de trabajo a la semana y tres de descanso, punto en el quede se deja libertad para que haya un acuerdo entre empleador y su trabajador.
Teletrabajo y trabajo híbrido se aborda en la reforma. Incluye auxilio de conectividad. Foto:iStock.
En esa misma dirección, la nueva norma fija (Art. 50), también previo acuerdo entre empleador y trabajador, la posibilidad de que existen horarios flexibles para estos últimos, que tenga a su cargo el cuidado de personas con enfermedades graves, crónicas, discapacidad; niños y niñas menores de edad, entre otras, horarios especiales que les permitan atender esas necesidades
De igual forma, se establecen las modalidades de teletrabajo y trabajo híbrido (Art. 56), entre otras, para lo cual menciona que a las personas que devenguen menos de dos salarios mínimos se les tendrá que reconocer un auxilio de conectividad en reemplazo del auxilio de transporte.
Y en cuanto al pago de una prima adicional —tema que tiene muy preocupados a los micro, pequeños y medianos empresarios dado e impacto que tendría en sus costos— que se reconocería en la medida que la empresa crezca por encima del 4 por ciento, el proyecto establece que la misma estará sujeta a una reducción de impuestos al empleador, en tanto el Gobierno reglamentará la forma en cómo debe medirse el crecimiento económico y la productividad de los empleadores .
Sin embargo, ese pago sería del 20 por ciento de un salario mínimo para las microempresas y empleadores personas naturales; del 30 por ciento de un salario mínimo para las pequeñas y medianas empresas, y del 40 por ciento para las grandes empresas.
Gobierno implementará programas de apoyo a las pymes para su formalización y la de sus empleados. Foto:MinCit
Protección a pymes
Y si bien este es uno de los temas que más preocupación tiene en las pymes, junto con la flexibilidad en los horarios laborales debido al impacto que estas dos regulaciones tendrían sobre los costos y la productividad de las compañías, en el proyecto laboral también se fijan algunas medidas para brindarles apoyo a estas. (Art.69).
“Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, el Ministerio del Trabajo impulsará un programa de acompañamiento y fortalecimiento a micro y pequeñas empresas, así como un programa para promover la formalización laboral, con miras a garantizar la implementación de la presente Ley” .
El propósito, según lo incluido en el proyecto es facilitar la formalización laboral y reducir la carga administrativa para los empleadores, ofreciendo un marco jurídico más beneficioso para todas las partes involucradas, así como generar mayores rendimientos en la cuenta de cesantías en favor de los trabajadores, menciona la iniciativa.
En el proyecto también quedó establecido que, para facilitar los respectivos aportes a la seguridad social de quienes se vinculen a una empresa, a través de las nuevas modalidades de contratación, tanto para trabajadores independientes como dependientes, el Gobierno adelantará los ajustes necesarios en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila).
En cuanto a las plataformas digitales la iniciativa determina que todas las empresas que operen bajo esa modalidad deben inscribirse ante el Ministerio de Trabajo y tendrán que reportar cada trimestre el número de trabajadores activos en su plataforma, así como la modalidad de vinculación.
En caso que el trabajador tenga una relación subordinada, la empresa estará obligada a realizar los aportes a la seguridad social. Si el vínculo es de tipo independiente, recae sobre la empresa el pago en seguridad social de 60 por ciento, mientras que el empleado asume el restante 40 por ciento.
Transportadores serán formalizados y se les incluirá en el Sistema de Seguridad Social. Foto:Mauricio Moreno
Agro y transporte
La reforma también se ocupa de asegurar la protección al trabajo y los trabajadores de algunos sectores que se consideran no cuentan con las debidas garantías en ciertos aspectos, como la seguridad social. Por ejemplo, se busca darle mayor impulso a la formación para el trabajo agrario y rural mediante la implementación de programas estatales (Ar.t 33), mientras que se obliga a la protección de esas labores que realizan las mujeres (Art. 34).
“El trabajo de la mujer rural y campesina será especialmente protegido”, señala la nueva normativa en la que se destaca, además, que estas “deberán ser remuneradas por el trabajo que realizan en la preparación de alimentos, el cuidado de personas, animales y de cultivos, y las demás que desarrollen de manera subordinada, en relación con sus empleadores”.
Y en cuanto a los transportadores, el proyecto indica (Art. 76) que el Gobierno implementará una política de la formalización y derechos laborales que incluya la creación de incentivos para la formalización del empleo en el sector, la educación y la integración de los transportadores al Sistema de Seguridad Social.
Además, el proyecto incorpora procesos disciplinarios más rigurosos, que obligan al empleador a dar la oportunidad al trabajador de ser oído. a través de un proceso mucho que incluye, mínimo siete etapas definidas, entre otros.