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Ya está disponible la información exógena de la Dian para la declaración de renta, pero persisten críticas por fallas en el sistema

Tomas Ritcher · julio 30, 2025 · 5 min de lectura


La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) liberó finalmente la información exógena correspondiente al año gravable 2024, que es necesaria para la declaración de renta de personas naturales. 

El reporte había sufrido un retraso que generó preocupación entre los millones de contribuyentes colombianos, ya que los vencimientos para el trámite comienzan el próximo 12 de agosto y se extienden hasta el 24 de octubre de 2025

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La Dian atribuyó la demora a las fallas masivas de su plataforma tecnológica registradas en mayo de este año, un episodio que dejó inhabilitados los servicios informáticos y que obligó a aplazar el calendario de entrega de reportes por parte de terceros como bancos, empleadores y fondos de pensiones. La entidad señaló que la contingencia retrasó la consolidación de la información que alimenta la llamada declaración sugerida, herramienta clave para millones de declarantes.

La Dian instaló un Puesto de Mando Unificado (PMU) para hacer seguimiento en tiempo real y garantizar la normalización de los servicios en el menor tiempo posible ya que las incidencias impidieron a algunos contribuyentes con vencimientos a partir de la fecha, presentar sus declaraciones o cumplir con el envió de información exógena tributaria, así como a algunos usuarios aduaneros, adelantar sus trámites respecto a las operaciones de comercio exterior.

Sin embargo, expertos aseguran que este episodio refleja un problema más profundo. 

Para Lisandro Junco, exdirector de la Dian, la situación es “consecuencia de haber detenido la modernización tecnológica de la entidad, que se dejó lista hace años”. 

Según él, “estamos en retroceso de la facilitación y la simplificación tributaria. Esto es una traba más para el sistema”, advirtió.

Además expuso que para empresas como tributi, que son servicios económicos y modernos, 100 por ciento digitales era más complejo hacer las declaraciones de renta. 

Aún con la publicación, algunos contadores señalan que falta un componente clave: la información de facturación electrónica.

Daniela Mainguez, directora de negocios de Contadia.com, explicó que este reporte es indispensable para aplicar la deducción del 1  por ciento por compras realizadas exigiendo factura electrónica, beneficio que puede reducir la base gravable.

“Sin ese reporte, lo más prudente es no tomar la deducción para evitar inconsistencias que luego generen requerimientos. Además, la facturación electrónica es una herramienta definitiva para la fiscalización de la Dian y para combatir la evasión tributaria que afecta el recaudo y genera inequidad entre quienes cumplen y quienes eluden su responsabilidad”, dijo.

Se espera que más de6 millones de colombianos presenten la declaración. Foto:iStock – Jaime Moreno/El Tiempo

Cristian Junot Quiñones Cortés, exsubdirector de Fiscalización de la Dian y socio de Clevertax, señaló que la indisponibilidad de mayo retrasó todo el calendario y “la Dian debería replantearlo para que en 2026 no vuelva a suceder lo mismo”.

Los otros inconvenientes

El episodio de mayo se suma a otros inconvenientes recientes de la Dian, ese mismo mes, la página presentó fallas en su sistema de declaraciones virtuales, incluso la Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero solicitó respuesta ante la contingencia.

En respuesta, la Dirección de Impuestos emitió un comunicado reconociendo las fallas y aclarando que desde el “17 de enero de 2017 ha operado la contingencia de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario. Por lo anterior, se podrán presentar las declaraciones tributarias y efectuar su correspondiente pago a más tardar al día siguiente a aquel en que los SIEs se estabilicen, lo cual se comunicará oportunamente en el portal Web”.

En enero de 2025, la entidad señaló que había intermitencia en el servicio de facturación electrónica por un fallo regional en la plataforma del proveedor tecnológico externo. Lo que generaba demoras en la generación de facturas.

En 2024, la situación fue similar, en enero su sistema de importaciones (Syga) paso por una contigencia, en agosto 12 la entidad detalló que las incidencias impidieron a algunos contribuyentes con vencimiento en la fecha presentar su declaración de renta o de retención en la fuente se tomó la decisión de extender el plazo

Además la entidad señaló que identificaría a las personas naturales cuyo NIT finaliza en los dígitos 01 y 02 que no pudieron presentar su declaración pero que hayan elaborado un borrador y el sistema les haya generado un número de formulario, “para que cuando se restablezca el servicio presenten la declaración sin liquidar sanción e intereses“.

En septiembre también continuaron los inconvenientes.

Cómo descargar la información exógena de la Dian

Para descargar la información exógena de la Dian debe ingresar a la plataforma Muisca con su usuario y contraseña. Si no los tiene puede activar la opción para recordar la clave, o crearla si nunca la ha tenido.

Al ingresar le aparecerá un panel de opciones que dice Mis Actividades y aparece la opción descargar información exógena.

El usuario debe aceptar los términos y condiciones y seleccionar el año que necesita, en este caso, está disponible la información hasta el 2024.

Información exógena en la Dian Foto:Dian

Debe tener en cuenta que los datos pueden contener errores o duplicaciones, o que el reporte no incluye la totalidad de sus ingresos, es decir usted deberá complementar esa información y se requiere la verificación con sus propios registros.

Para corregir los errores el contribuyente debe contactar directamente a la entidad que reportó la exógena a la Dian y solicitar la corrección del formato exógena, documentar su gestión para futuros requerimientos y en casos tal presentar ante la Dian si es necesario una PQRS.

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