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Aceptan acción de tutela contra el Estado y empresas por presunta violación de derechos en el proyecto Sirius-2

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El Juzgado SEGUNDO Administrativo Mixto del Circuito de Riohacha aceptó una acción de tutela presentada por las fundaciones Woumain Wajira, Proyectando Futuro y Jóvenes, relacionadas con el programa y desarrollo social, en contra de diversas entidades del gobierno nacional y compañías petroleras.

Esto se debe a la presunta vulneración de derechos fundamentales de las comunidades étnicas del Departamento de La Guajira.

La tutela fue interpuesta contra el Ministerio del Interior, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Minas y Energía, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la Agencia Nacional de Hidrocarburos, Ecopetrol S.A. y Petrobras S.A., en el contexto del Proyecto de Exploración y Explotación del Pozo de Gas Sirius-2.

De acuerdo con el texto del auto, las fundaciones demandantes argumentan la vulneración de derechos fundamentales, como la consulta previa, el debido proceso, el derecho de petición, el mínimo vital, la seguridad alimentaria y la autodeterminación de los pueblos indígenas Wayúu y comunidades afectadas.

POZO Sirius-2 de Ecopetrol y Petrobras Foto:Ecopetrol

El juzgado ordenó notificar a todas las entidades demandadas y solicitó un informe detallado sobre los hechos que dieron lugar a la acción de tutela, con un plazo de dos días a partir de la notificación del auto, en el cual podrán ejercer, si así lo consideran, sus derechos de contradicción y defensa.

Asimismo, pidió identificar las funciones de los responsables que deben responder sobre las decisiones relativas al caso.

Adicionalmente, se solicitó al despacho del Ministerio del Interior y a la ANLA confirmar si se han llevado a cabo procesos de consulta previa con las comunidades étnicas ubicadas en las zonas de influencia del proyecto Sirius-2 y, en caso afirmativo, detallar las comunidades consultadas y las fechas de dichos procesos.

Más detalles del proceso

De igual forma, el juzgado solicitó información al Ministerio del Interior sobre las comunidades indígenas, Rom y minorías asentadas en la jurisdicción de los municipios de Riohacha, Uribia, Manaure y Dibulla, además de los elementos que protegen su cultura, costumbres, y cosmovisión.

Asimismo, la ANLA, Ecopetrol S.A. y Petrobras S.A. deberán aportar información en relación con esta acción, LOS DOCUMENTOS QUE PERMITAN DETERMINAR EL ALCANCE, CONTENIDO, plan de ejecución y zonas de influencia del proyecto de “Exploración/Explotación Pozo Gas Sirius-2”.

El abogado Pablo Segundo Ojeda Gutiérrez fue reconocido como apoderado de las fundaciones, quienes han insistido en que este tipo de proyectos extractivos no pueden llevarse a cabo sin el respeto a los derechos colectivos de los pueblos originarios de la región.

Las comunidades indígenas son mencionadas en esta acción. Foto:Istock

La acción de tutela fue presentada el 6 de marzo de 2025 ante el Consejo de Estado, que la remitió el 17 de marzo a los juzgados del circuito de Riohacha, donde fue asignada por sorteo al Juzgado Segundo Administrativo Mixto.

Finalmente, se destaca que se abstendrá de vincular

Como entidad demandante al Presidente de la República, sujeta a lo decidido por el Consejo de Estado en el auto de remisión del 11 de marzo de 2025, es decir, por no desnaturalizar el ejercicio de sus funciones, conforme al artículo 189 de la norma mencionada, Decreto de Política.

¿Qué Solicitan Las Organizaciones Demandantes?

En el escrito de tutela, las fundaciones de las peticionarias solicitan al juez protector que se respeten los derechos fundamentales al debido proceso, consulta previa, seguridad alimentaria, pesca artesanal, derecho de petición, autonomía, autorreconocimiento.

Además, piden autodeterminación, integridad social, cultural y espiritual, ambiente saludable, turismo y mínimo vital de las comunidades indígenas Wayuu y afrodescendientes localizadas en las zonas costeras de Dibulla, Riohacha, Uribia y Manaure.

Asimismo, requirieron que se ordene al Presidente de la República, al Ministerio del Interior, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministerio de Minas y Energía, a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), a la Agencia Nacional de Hidrocarburos y a las empresas Ecopetrol y Petrobras llevar a cabo un proceso de consulta previa con dichas comunidades.

Riohacha, La Guajira. Foto:Eliana Mejía

Esto, al considerar que el proyecto de exploración y explotación de gas del pozo Sirius-2, la construcción del gasoducto marino y el trámite de cinco licencias ambientales se llevan a cabo sin haber realizado este proceso obligatorio.

También solicitaron la suspensión del trámite de las licencias ambientales mientras se garantiza el derecho a la consulta previa, invocando el principio de igualdad y citando como precedente el fallo emitido por el Juzgado Cuarto del Circuito de Santa Marta.

Este último ordenó un procedimiento similar a favor de la comunidad indígena de Taganga, bajo criterios que resulten aplicables al caso de las comunidades costeras de La Guajira.

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Eliana Mejía Ospino

Especial para El Tiempo

Riohacha

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