Colombia

Alcaldía Publicó un Borrador del Decreto Con Detless de la Medida

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Entre El Día 1 de Julio y El 31 de Diciembre del Presente Año se implementa la implementación de la Nueva Un Borrador del Decreto que está para que el ciudadano Ciudadano pueda aportar con sus comentarios y construyle de manera definititiva.

La Primera Semana de Aplicacia del Decreto Será Pedagógica. Foto:X: @movilidadcali

Según El DocumentO, La Medida implica la Prohibición de la Circulación de Ve. en el horario comprendido entre las 6 de la madana y la 7 de la noche, y tomando como referencia el Útimo dígito de la placa del automóvil.

Según detalla del Borrador del Decreto, La Medida Restrictiva Quedaría de la Siguiente Manera:

Lunes: 3 y 4.

Martes: 5 y 6.

Miércoles: 7 y 8.

Jueves: 9 y 0.

Viernes: 1 y 2.

En el parágrafo Primero del Borrador del decreto detallan que la medida estará vigente para agudos automóviles que tre treen y salgan del perímetro urbano de la capital del valle del cauca.

OTRO DE LOS PUNTOS QUE ABORDA EL BORRADOR DEL DECRETO ES DE APLICARÁ LOS DÍAS SÁBADOS, DOMINGOS NI FESTIVOS ESTABLECIDOS POR LA LEY Y/O CUANDO EXCEPCONITALMENTO LO ESTABLA LA AUTRORIDAD COMPTENTE.

Restricción Busca Contribuir A Mejorar La Movilidad y Medio Ambiente en la Ciudad. Foto:Alcaldía de Cali

El documento también indica que entre los martes 1 y el Viernes 4 de Julio Sean Aplicados los comparaciones Pedagógicos, Que no Constituyen Una Infracción Monetaria, Pero se Verá en la Obligón de Asistir a un curso de Tránsito y Movilidad.

LUEGO DE LA FECHA INDICADA SE APLICARÁN LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES DE ALEY.

¿Qé Vehículos Están Exentos de la Restricción?

En su artículo segundo, el borrador del decreto precisa el grupo de vehículos que están exentos de la medida: “Vehículos de emergencia de acuerdo al artículo 2° de la Ley 769 del 2002, además de los vehículos operativos debidamente registrados, identificados y acondicionados para emergencias pertenecientes un civil defensa, Bomberos voluntarios, Cruz Roja, Ambulancias Debidamento Registras Registros como Tales en la Licencia de Tránsito y Ante el Runt y Demás Organismos de Socorro ”.

También se excepto los vehículos de vehículos de los vehículos en el Tipo de Servicio Oficial, Diplomática y Consulares. Los vehículos de los vehículos de Los Cuales sean otorgado exención a la restricción, que transportan personas con discapacidad o Movilidad Reducida No REQUIEREN UNA Nueva Solicitud, Salvo si Hay Cambio de Automotor.

En la CIADAD AURMARON EL CUERPO DE AGENTES AL IGUAL QUE LOS OPERATIS DE MOVILIDAD. Foto:Santiago Saldarriaga / El Tiempo

“En TODO CASO, CUANDO LA AUTORIDAD COMPETTE REQUIERA AL CORRETOR DEL VEHÍCULO DURANTE SUS RECORRIDOS, ESTE DEBERÁ ACOMPAÑA Literal ‘C’ Código C-14 del Artículo 131 de la Ley 769 de 2002 ”, Precisó el Borrador del documento.

También se EXIMEN LOS VEHÍCULOS HÍBRIDOS Y ELÍCRICOS PARAMETRIZADOS POR TUPO DE ELECTRICO COMBUSTIBLE, GASOLINA/ELECTRICO O DIÉSEL/ELECTRICO. Y Los Automotoros Cuyos Propietario Paguen la Tasa por Congestión o Contaminación.

Por ÚLTIMO, Las Motocicletas.

El Presente Decreto Rige A Partir de Su Expedición y Será Publicado en el Boletín Oficial de la Alcaldía de Cali.

Para sugerencias de Presentar o Comentarios Alrededer del Decreto, Las Personas Interesadas Pueden Comunicarse Al CorreO Electónico movilidad@cali.gov.co.

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