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Anularon decreto que prohibía el consumo de droga en espacios público en Medellín: ¿se puede o no fumar ‘porro’ en la calle?

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Anularon decreto que prohibía el consumo de droga en espacios público en Medellín: ¿se puede o no fumar ‘porro’ en la calle?
Las autoridades locales confirmaron que el viernes 5 de diciembre se emitiría una declaración oficial de la alcaldía de Medellín, dirigida por Federico ‘Fico’ Gutiérrez – crédito archivo Sergio Acero / Colprensa | Presidencia de la República

El Tribunal Administrativo de Antioquia declaró nulo el decreto del alcalde Federico Gutiérrez que prohibía el consumo de drogas en espacios públicos de Medellín, estableciendo un importante precedente en la regulación de sustancias psicoactivas en la región.

Esta decisión, emitida el miércoles 4 de diciembre, responde a la creación de un decreto anterior, fechado el 17 de enero de 2024, que restringía los lugares donde se permitía el consumo.

El decreto, impulsado por el alcalde Federico ‘Fico’ Gutiérrez, limitaba el uso de sustancias en escuelas, parques y eventos donde estuviesen presentes menores de edad, así como en un radio de 100 metros alrededor de dichos espacios.

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La medida tenía como objetivo, según explicó la administración local, proteger los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.

El decreto incluía “la restricción al consumo de sustancias psicoactivas, incluida la dosis personal”, además de sanciones económicas y la posibilidad de destrucción de la sustancia en caso de infracción.

El fallo tumba el decreto
El fallo anula el decreto firmado por el alcalde Federico ‘Fico’ Gutiérrez en 2024 – crédito Sergio Acero

La resolución del tribunal implica la nulidad parcial del decreto. En particular, se anuló la parte que prohibía la dosis personal, protegida por la Corte Constitucional, así como los artículos que establecían multas y destrucción de drogas en posesión de los consumidores.

Este fallo determina que el alcalde superó sus competencias legales, ya que la regulación de la dosis personal y sus implicaciones corresponde a la legislación nacional y a las decisiones de la justicia constitucional.

El abogado Alberto Nader, quien llevó a cabo la acción legal que llevó a este fallo, celebró la decisión y señaló, en declaraciones al medio La Silla Vacía, que “el alcalde (Fico) Gutiérrez tomó una decisión errónea.

“Prohibió el consumo en todos los parques de la ciudad basándose en argumentos generales, sin demostrar a través de estudios técnicos por qué era necesario restringir derechos en esos espacios”, indicó Nader.

Este comentario pone de relieve uno de los puntos clave en el debate jurídico: la necesidad de respaldar cualquier restricción de derechos fundamentales con evidencia específica.

La nulidad del decreto también se basa en la derogación nacional de disposiciones que imponían multas por portar dosis personales, lo que subraya que el actuar de Gutiérrez ignoró los límites de su autoridad en temas de derechos y sanciones administrativas.

La decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia puede influir en las políticas de control del consumo de sustancias en otras ciudades de Colombia, mientras los sectores jurídicos y sociales analizan las implicaciones de la jurisprudencia constitucional respecto a la dosis personal.

El decreto tenía una vigencia
El decreto tenía un periodo de vigencia de cuatro años – crédito archivo Sergio Acero / Colprensa

En una conversación con Infobae Colombia, una portavoz de la Alcaldía de Medellín confirmó que se realizará una rueda de prensa para aclarar múltiples interrogantes sobre el fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia, una de las cuales es si se permite fumar cannabis en la calle sin ser detenido por las autoridades.

La Alcaldía de Medellín había implementado restricciones al consumo de sustancias psicoactivas en varias áreas públicas mediante el decreto 0044 de enero de 2024.

Este documento estableció la prohibición del consumo de cannabis, incluida la dosis personal, en centros educativos, parques, plazas y centros recreativos, así como en eventos con menores de edad presentes.

De acuerdo con la administración del alcalde Federico Gutiérrez Zuluaga, la regulación aplicaba en estos espacios y se extendía a un radio de 100 metros alrededor de ellos.

Esta disposición está en conformidad con el Código Nacional de Policía y Convivencia, y conlleva multas superiores a $600.000 (colombianos) y la destrucción de la sustancia incautada para quienes incumplan la normativa.

Gutiérrez aseguró a inicios de
Gutiérrez afirmó a principios de 2024 que quienes ignoren esta medida enfrentan sanciones económicas superiores a $600.000 – crédito Alcaldía de Medellín

El alcalde de Medellín enfatizó que esta normativa tiene como propósito salvaguardar los derechos de niños, niñas y adolescentes, y no busca criminalizar a los consumidores.

“A través de este decreto, nuestro objetivo es proteger a los niños, niñas y adolescentes. No estamos buscando criminalizar a quienes consumen. Proporcionaremos apoyo desde el ámbito de la salud pública a aquellos que enfrenten adicciones”, dijo Gutiérrez en su momento durante una conferencia de prensa.

La Alcaldía de Medellín aclaró que la medida tiene una vigencia proyectada de cuatro años, y puede servir como modelo para su implementación en otros municipios del país.

El decreto establece que los alcaldes, como primeras autoridades policiales en sus territorios, tienen la facultad de designar zonas restringidas para el consumo de sustancias psicoactivas, tal como lo establece la Constitución Política y el marco legal vigente.

En un mensaje dirigido a las familias, Gutiérrez hizo un llamado para colaborar en la prevención de situaciones de riesgo.

“Como Estado, tenemos una gran responsabilidad, pero les pido a todos que se involucren en la educación de sus hijos. Los valores deben enseñarse en casa, es crucial que estén presentes y expliquen los riesgos asociados con las drogas, y si algún familiar está enfrentando problemas de consumo y desea ayuda, pueden acercarse a nosotros para recibir apoyo institucional”, finalizó el alcalde antioqueño.

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