Economia
Así debe tramitarse el despido de empleados con estabilidad laboral reforzada, según el Ministerio del Trabajo

El Ministerio del Trabajo emitió una circular destinada a regular uno de los aspectos más sensibles en las relaciones laborales: la terminación de contratos de personas con estabilidad laboral u ocupacional reforzada por motivos de discapacidad o condiciones de salud.
Con esta medida, el ministerio busca establecer reglas claras para evitar decisiones discriminatorias y garantizar el cumplimiento de la Constitución y los tratados internacionales.
La directriz establece un requisito indispensable para cualquier empleador, nominador o contratante que pretenda finalizar un vínculo con un trabajador en estas condiciones: solicitar una autorización previa ante el Ministerio del Trabajo.
Este paso es obligatorio y tiene como fin asegurar que la decisión no vulnere los derechos fundamentales del ciudadano afectado.
Foto:iStock
Consecuencias de no seguir el procedimiento
Ignorar este lineamiento puede acarrear severas consecuencias para las empresas o entidades. Si se comprueba el incumplimiento, las sanciones judiciales pueden incluir el reintegro inmediato del trabajador.
Además, se puede ordenar el pago de los salarios u honorarios dejados de percibir y la obligación de implementar ajustes razonables en el puesto de trabajo. También se contempla una indemnización equivalente a 180 días de salario.
Estas disposiciones se fundamentan en la jurisprudencia constitucional vigente, así como en normativas clave como la Ley 1618 de 2013 y la Ley 361 de 1997, diseñadas para proteger a poblaciones vulnerables en el entorno laboral.
Foto:iStock
¿Qué evalúa el Ministerio del Trabajo para dar el permiso?
Para que la autoridad laboral conceda la autorización de despido, se deben surtir varios filtros de verificación. Entre los criterios que se analizan se encuentran:
- Que se hayan agotado todas las posibilidades de realizar ajustes razonables, readaptación o reubicación laboral del trabajador.
- Que la terminación del vínculo se base en una causal objetiva o justa causa legalmente demostrable.
- Que la decisión no obedezca a motivos discriminatorios relacionados con la condición de salud de la persona.
Es importante destacar que este trámite no se limita a los contratos laborales tradicionales. La circular aclara que la medida también abarca a los contratos de aprendizaje, las relaciones ocupacionales no subordinadas y los contratos de prestación de servicios.
En el caso de los servidores públicos, se requiere una validación adicional debido a su especial protección constitucional.
Foto:iStock
Los tiempos de respuesta
Con el fin de agilizar los procesos y evitar la incertidumbre jurídica, la circular fija plazos específicos. El tiempo máximo para resolver las solicitudes es de tres meses.
No obstante, se han establecido estándares internos más breves: 30 días para situaciones de incompatibilidad insuperable y 15 días hábiles cuando se alegue una justa causa.
Para garantizar la transparencia del proceso, el Ministerio del Trabajo ordenó que todos los trámites queden registrados en un sistema de información, permitiendo así un seguimiento detallado de cada caso.
*Este artículo fue desarrollado con apoyo de Inteligencia Artificial (IA) y revisado por un periodista.







