Economia
Así les afecta la declaración de renta a las personas de salarios altos; temporada para declarar comienza este 12 de agosto

Este martes 12 de agosto comienzan los primeros vencimientos para que los contribuyentes presenten su declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y puede ser que más de uno se lleve una sorpresa al tener que pagar un saldo mayor del que creía.
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Aunque declarar ingresos ante la entidad no siempre significa pagar, la última reforma tributaria realizó una serie de cambios que por segundo año podrían afectar, sobre todo, a las personas de más altos ingresos.
Prepare su declaración de renta con tiempo. Foto:iStock
La norma redujo los límites que los contribuyentes se pueden aplicar en las rentas exentas y deducciones, lo que eleva la base sujeta a tributación y, por ende, el impuesto de renta en los salarios más altos que antes se podían quitar un valor mayor.
Antes de la reforma, un trabajador podía tener deducciones y rentas exentas de hasta 191 millones de pesos (5.040 Unidades de Valor Tributario (UVT)); sin embargo, después de ella estos beneficios no pueden exceder los 66,7 millones de pesos (1.340 UVT) para este año gravable 2024.
Esto significa que lo que se deduzcan las personas entre medicina prepagada, intereses de créditos para vivienda, hijos o personas a cargos, cuentas de ahorro para el fomento a la construcción (AFC) o aportes voluntarios a los fondos de pensiones, entre otros, no podrá ser mayor a ese valor.
“Las posibilidades de la planeación tributaria se han ido reduciendo con las últimas reformas, debido a que es limitado bajar la base tributaria. El mayor impacto fue el año pasado, pero en este también se sentiría para los salarios altos”, explicó Carlos Enrique Neira, director de Global Mobility Services & Family Business en KPMG.
Para algunos expertos, una posibilidad para no pagar de golpe un mayor impuesto en esta temporada es elevar de manera voluntaria la retención en la fuente que le hacen mes a mes. Este es el mecanismo que tiene la Dian para quitarle a algunos salarios manera anticipada un porcentaje de sus ingresos que va sumando para el pago anual del impuesto. Si bien hay personas que prefieren ahorrar ellos mismos ese dinero y pagarlo de una vez cuando les toque, otras se decantan por que les vayan quitando un porcentaje mayor todos los meses para no llevarse el susto ahora.
Imágenes de la Bolsa de Valores de Colombia. Foto:Mauricio Moreno
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Lucas Solano, VP de Wealth y Financial Planning de Credicorp Capital, dijo que existen alternativas que permiten estructurar el portafolio financiero personal y, al mismo tiempo, obtener beneficios de cara a la declaración de renta. Entre ellas, mencionó a las inversiones en la Bolsa de Valores de Colombia (BVC), ya que las utilidades por su venta pueden estar exentas de impuesto, siempre que no se superen el 3 por ciento del total de acciones en circulación de la empresa durante el año. Asimismo, explicó que las acciones extranjeras que se negocian a través del Mercado Global Colombiano, incluyendo compañías como Apple, Nvidia o Tesla, así como algunos ETF (fondos de inversión), también pueden gozar de beneficios dado que las utilidades derivadas de su venta podrían estar exentas de impuestos.
Adicional a ello, desde hace unos años las personas pueden deducirse hasta el 1 por ciento del valor de las compras que realicen en los diferentes comercios a través de tarjeta débito, crédito o cualquier medio electrónico y que se puedan soportar con factura electrónica. Para este año, Ángela González, associate partner de Impuestos de EY Colombia, cuenta que lo máximo a deducirse es de 11,3 millones de pesos.
“Desde hace algunos días puede consultarse la información exógena en donde se reporta el valor total de compras susceptibles de aplicar por este beneficio. En todo caso, es responsabilidad del contribuyente contar con la información soporte y verificar que la información a declarar sea la correcta”, indicó.
¿Tendré problemas porque la información exógena llegó tarde?
Precisamente, hubo alertas hace una semana porque la Dian se demoró en publicar la denominada información exógena, que no es más que la información que le reportan terceros tales como los bancos o las notarías para que las personas puedan hacer su declaración de renta de manera más sencilla.
El experto de KPMG opina que si bien es una ayuda para los contribuyentes, puede no tener toda la información necesaria como ocurre, por ejemplo, con las transacciones que se realizan en el exterior. “Las operaciones en el exterior no quedan reflejadas, lo cual no significa que las personas no tengan que reportarlas. Estos deben registrarlas para no tener problemas de sanciones por inexactitud”, explicó.
Declaración de renta. Foto:Jaime Moreno/El Tiempo
De darse ese caso, el contribuyente se podría enfrentar a una sanción. Las tres situaciones más comunes se expondrían a multas los más 6,7 millones de contribuyentes obligados a declarar renta este año, de los que 400.000 son nuevos, son: cuando las personas presentan su declaración fuera del plazo máximo, cuando lo hacen con errores y cuando directamente no cumplen con su obligación.
Por ejemplo, en el caso de que se le pase el plazo puede tener una sanción que equivale al 5 por ciento del impuesto a cargo y que como mínimo para este año sería de unos 498.000 pesos. Por ello, las personas deben revisar el calendario tributario y no dejar pasar las fechas que corresponden a los dos últimos dígitos del NIT, que para el caso de los colombianos coinciden con el número de la cédula. Sin embargo, para los extranjeros es otro número.
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¿Hay cambios este año?
Los contribuyentes deben tener en cuenta las actualizaciones de los topes que cambian cada año. Para este 2025, están obligados a presentarla quienes hayan tenido ingresos brutos de más de 65,8 millones de pesos el año pasado, es decir, 5,4 millones de pesos al mes. Además, los que tienen un patrimonio de más de 211 millones de pesos o hicieron consumos o consignaciones de más de 65,8 millones también aplica.
Las personas que mueven dinero en billeteras digitales como Nequi, Daviplata o Dale! deben saber que si bien las consignaciones como tal no son sujetas a reportarse en la declaración; los saldos que se tengan al cierre del año sí deben indicarse como parte del patrimonio.
Adicional a ello, los rendimientos que generaron las billeteras a lo largo de todo el año son ingresos que deben ser declarados y que son sujetos al impuesto. A su vez, en la medida en que el dinero consignado en la billetera digital provenga de ingresos del contribuyente también deberá declararse.
DIAN Foto:
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Adicional a ello, la experta de EY explica que también se tienen claridades adicionales en relación con la deducción por dependientes económicos, tales como para los empleados, un mismo dependiente puede dar derecho al beneficio a través de la deducción “tradicional” y también de la “nueva” deducción que se reflejó por primera vez en las declaraciones presentadas el año anterior.