Los empleadores en Colombia deben implementar un nuevo formato para la relación de horas extra, conforme a lo estipulado por la Ley 2466 de reforma laboral.
Así lo indica el artículo 12 de la norma, que modificó el numeral 2 del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), exigiendo un registro detallado de las horas suplementarias laboradas por cada empleado.
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De acuerdo con la información publicada por ‘Actualícese’, este formato debe incluir, entre otros datos: nombre del trabajador, edad, sexo, actividad desarrollada, número de horas extra (especificando si son diurnas o nocturnas) y el cálculo del pago correspondiente.
El pago de horas extra es una ley establecida en el Código Sustantivo del Trabajo. Foto:iStock
Obligación de registro y entrega del reporte
El reporte estará a cargo del empleador, quien deberá elaborarlo conforme a las condiciones y necesidades específicas de su empresa.
Asimismo, deberá entregar una copia al trabajador que lo solicite, junto con el soporte del pago efectuado por las horas extra.
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En caso de requerimiento por parte de autoridades judiciales o administrativas, el empleador también está obligado a aportar dicho registro. La omisión de esta entrega podrá acarrear sanciones por parte del Ministerio del Trabajo.
No se requiere permiso para laborar horas extra
Una de las principales novedades introducidas por la reforma es que ya no será necesario contar con autorización previa del Ministerio del Trabajo para que un empleado realice horas extra.
No obstante, si se demuestra que el trabajador no ha sido remunerado correctamente por este tiempo adicional, el Ministerio podrá suspender al empleador la autorización para asignar horas suplementarias por un período de seis meses, además de aplicar otras sanciones establecidas en el CST y en el Decreto 1072 de 2015.
El Ministerio podrá suspender al empleador. Foto:iStock
El medió citado resaltó la importancia de distinguir los siguientes conceptos al momento de diligenciar el formato:
- Jornada ordinaria: la acordada en el contrato de trabajo, sin exceder el máximo legal.
- Jornada máxima legal: el límite de horas permitido semanalmente por la ley.
- Jornada extraordinaria: tiempo trabajado más allá de la jornada ordinaria, considerado como horas extra.
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El formato tiene como propósito principal asegurar el pago adecuado de las horas extra y facilitar el cumplimiento normativo. Además, sirve como respaldo ante eventuales inspecciones o reclamaciones por parte de los trabajadores.
*Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de conocimiento público divulgado a medios de comunicación. Además, contó con la revisión de la periodista y una editora.
JOS GUERRERO
EQUIPO ALCANCE DIGITAL
