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Régimen de transición para quienes se aproximan a la jubilación
Las personas que al 30 de junio de 2024 cuenten con menos de 10 años para alcanzar la edad de jubilación y hayan acumulado 750 semanas de cotización para las mujeres y 900 semanas para los hombres, serán consideradas dentro del régimen de transición. Este grupo podrá beneficiarse de las condiciones previas del sistema de pensiones y seguir disfrutando de los beneficios anteriores a la reforma.
¿Cuánto capital se requiere para jubilarsen en un fondo privado?
Los miembros de fondos privados deberán acumular un capital suficiente que asegure una pensión que supere el 110% del salario mínimo. En términos prácticos, esto implica que se deben reunir alrededor de 330 salarios mínimos, lo que en 2025 representaría aproximadamente $469.755.000.
Más información: Pensión por invalidez: solo en estos casos se podrá solicitar este 2025
Límite máximo de pensión en Colombia
El límite de cotización en Colombia será de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes tanto para trabajadores del sector público como privado. Sin embargo, si una persona recibe un ingreso superior a esta cifra, el gobierno establecerá la base de cotización, permitiendo que esta pueda alcanzar hasta 45 salarios mínimos para garantizar mesadas de hasta 25 salarios mínimos.
Considerando el salario mínimo actual en el país ($1.300.000), el límite máximo de pensión que un colombiano podría recibir sería de $32.500.000. Para evitar distorsiones en el sistema, la legislación establece las siguientes pautas:
- La tasa de reemplazo de la pensión de vejez se calculará de forma decreciente conforme al nivel de ingresos del cotizante.
- Se concederá un aumento en la mesada pensional basado en las semanas adicionales de cotización más allá del mínimo exigido.
- El monto máximo de la pensión no podrá exceder el 80% del Ingreso Base de Liquidación.
- La base de cotización tendrá un límite de 25 salarios mínimos, con la posibilidad de aumentarse hasta 45 salarios mínimos en situaciones específicas.
- Se prohíbe el percibir pensiones superiores a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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