Noticias RCN

17 de abril de 2025


07:23 p. m.

Mi Casa Ya es una iniciativa del Gobierno Nacional de Colombia que tiene como finalidad facilitar la adquisición de vivienda nueva de interés social (VIS) o vivienda de interés prioritario (VIP) para hogares con ingresos bajos y medios.

Por medio de este programa, las familias que cumplen con los criterios requeridos pueden obtener un subsidio económico para la cuota inicial de su vivienda y/o una cobertura en la tasa de interés de su préstamo hipotecario.

En este contexto, ante la incertidumbre sobre el futuro de este significativo subsidio para el año 2025, el Ministerio de Vivienda ha presentado un nuevo proyecto de resolución que busca modificar los criterios para acceder a este programa.

Conforme al documento, estos se basarían en “criterios de priorización para los posibles beneficiarios del Programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social, implementado mediante el Decreto 428 de 2015”.

Mi Casa Ya tendría nuevos criterios para postularse

La nueva normativa establece un esquema de priorización que considerará cuatro grupos poblacionales específicos, además de los requisitos generales que ya estaban establecidos para el programa.

Esta focalización no implica la exclusión de otros postulantes que cumplan con los criterios fundamentales, sino que establece un orden jerárquico para la asignación de los subsidios disponibles.

Los criterios pretenden favorecer a personas en situaciones socioeconómicas vulnerables y prevén un tratamiento especial para las mujeres cabeza de familia, trabajadoras del sector informal y madres comunitarias.

Requisitos para postularse a Mi Casa Ya

Es importante destacar que, además de pertenecer a uno de estos grupos prioritarios, los solicitantes del subsidio Mi Casa Ya deberán seguir cumpliendo con los requisitos generales del programa. Estos son:

  • Adquirir vivienda nueva: El subsidio tiene como destino la compra de viviendas nuevas, ya sean Viviendas de Interés Social (VIS) o Viviendas de Interés Prioritario (VIP).
  • No ser propietarios de vivienda: Los solicitantes no deben ser dueños de otra propiedad habitacional en el territorio nacional.
  • No haber recibido subsidios de vivienda anteriormente: Quienes ya hayan sido beneficiarios de subsidios familiares de vivienda en la modalidad de adquisición o de coberturas a la tasa de interés no podrán acceder a este nuevo subsidio. Se exceptúan los subsidios destinados a mejoramiento o arrendamiento.
  • Contar con un crédito hipotecario o leasing habitacional aprobado y vigente: Los beneficiarios deben mostrar que cuentan con la aprobación de un crédito o leasing para la compra de la vivienda.
  • Estar clasificado en el Sisbén IV: Los hogares interesados deben estar clasificados entre los grupos A1 y D20 en la encuesta del Sisbén IV.