Colombia
Caso Santiago Uribe: Jaime Granados ya impugnó condena en segunda instancia contra el hermano del expresidente Álvaro Uribe
El abogado Jaime Granados presentó el lunes 2 de marzo de 2026 un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Antioquia, solicitando la revocación de la condena de 28 años de prisión y la absolución de Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por su supuesta participación como líder del grupo paramilitar Los Doce Apóstoles. Según el tribunal, fue hallado culpable de varios delitos.
La defensa de Santiago Uribe formalizó la apelación después de que el Tribunal lo declarara responsable de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado. El fallo del 25 de noviembre revocó la absolución de la primera instancia y estableció una condena de 28 años de cárcel, considerando a Uribe como líder del grupo armado que operó en el norte de Antioquia en los años 90.
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La sentencia además remitió copias para investigar su posible vinculación en otros homicidios en la Hacienda La Carolina. Según el fallo, Uribe Vélez fundó y lideró el grupo Los Doce Apóstoles, una estructura involucrada en asesinatos selectivos y acciones de “limpieza social” en localidades como Yarumal, Campamento y Valdivia, incluido el caso de Juan Camilo Barrientos, por el cual fue declarado culpable.
Las evidencias presentadas durante el juicio, incluyendo testimonios de agentes estatales y antiguos miembros de la organización, situaron la base de operaciones en la Hacienda La Carolina y describieron un plan sistemático para eliminar a individuos considerados “indeseables” o cómplices de las Farc; pese a que el hermano del exjefe de Estado refutó tener relación con estos sucesos y denunció intereses ocultos que buscaban reducir penas involucrando su nombre.
El documento señala que el abogado Granados y su equipo buscan, mediante este recurso, refutar los fundamentos del fallo, alegando que el proceso fue politizado dado el perfil del acusado. Argumentan que muchos de los testigos presentados en el juicio tienen animosidad hacia el expresidente Uribe, lo que afectó la imparcialidad de sus declaraciones, utilizadas para condenar al ganadero paisa.
La defensa argumentó que no se le permitió contrarrestar adecuadamente las versiones de los testigos principales de la Fiscalía, específicamente la del mayor (r) Juan Carlos Meneses y la de Eunicio Pineda, señalando que el fallo se basó en declaraciones anteriores sin permitir un interrogatorio público, lo que consideran una violación de los estándares internacionales del debido proceso en este caso mediático.
En relación al testimonio de Meneses, según reporta Semana, existen al menos 19 incongruencias y contradicciones con respecto a los hechos, lo que compromete su credibilidad. Sobre el testigo Eunicio Pineda, se alega que sufre de esquizofrenia paranoide, y que sus relatos han sido fantásticos y carecen de confirmación externa, razones por las cuales, según la defensa, no deberían ser la base de una condena.
“No se puede condenar a un ciudadano basándose en testigos que han mentido, que son contradictorios, que se presentan por intereses o que padecen trastornos mentales graves sin corroboración externa”, fue el argumento de la defensa en contra del testimonio de Pineda, considerado clave en el juicio contra Santiago Uribe Vélez, ya que era vecino, aunque se menciona que debido a su condición mental ha elaborado “denuncias fantasiosas”.
Asimismo, se cuestionó la solidez de los testimonios de otros dos testigos, Olguan Agudelo y Alexander Amaya Vargas, quienes pertenecieron a grupos armados ilegales y no pudieron clarificar cómo obtuvieron la información aportada en el juicio. De acuerdo con el recurso de apelación, la acusación se debilitó tras el análisis de documentos y pruebas presentadas durante las audiencias.
Finalmente, este recurso rechaza la calificación de crimen de lesa humanidad, al señalar que los eventos no cumplen los criterios de ataque generalizado o sistemático demandados por el derecho internacional. La decisión final sobre la situación jurídica de Santiago Uribe Vélez recae ahora en la Corte Suprema, que deberá evaluar el recurso presentado en uno de los casos judiciales más destacados de los últimos años en el país.
“En cuanto al homicidio de Camilo Barrientos, aunque se trate de un crimen atroz, la defensa argumenta que tampoco se ajusta a la definición de crimen de lesa humanidad, que exige un ataque generalizado o sistemático contra la población civil, llevado a cabo por un Estado o una organización con tal objetivo. Lo ocurrido en Yarumal, por grave que sea, no se adecúa al marco jurídico de Núremberg, ni al Estatuto de Roma”, subrayó la defensa, según informa Semana.
