Economia
Colombia adoptará un sistema de pensiones combinado.
La reciente aprobación de la reforma pensional en Colombia marca un hito significativo en la estructura de protección social del país. Después de superar un vicio de trámite señalado por la Corte Constitucional, esta reforma comenzará a regir el 1 de julio, aunque el tribunal deberá confirmar que se han subsanado correctamente los procedimientos establecidos.
El nuevo Sistema de Protección Social Integral para la Vejez se enfoca en ampliar la cobertura para las personas mayores que viven en condiciones de pobreza o que no lograron acceder a una pensión. Este sistema se articula en cuatro pilares fundamentales: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario.
Pilar Solidario
Este segmento beneficiará a los hombres mayores de 65 años y a las mujeres de 60 años en situación de pobreza o vulnerabilidad, según el Sisbén para el nivel C3. Asimismo, se incluye a personas con discapacidad. A través de este pilar, se otorgará una renta mensual de $223,800, que corresponde al umbral de pobreza extrema proyectado para el año 2024.
Pilar Semicontributivo
Este pilar está destinado a quienes han cotizado entre 300 y 999 semanas sin conseguir una pensión. Se les proporcionará una renta vitalicia basada en lo ahorrado, complementada con un subsidio del 20% para hombres y 30% para mujeres. Aquellos que hayan cotizado menos de 300 semanas también tendrán la opción de recibir una devolución de sus aportes.
Pilar Contributivo
Los aportes hasta 2.3 salarios mínimos se destinarán a Colpensiones, mientras que el excedente será dirigido a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). De esta manera, ambos componentes se combinarán para generar una única pensión de vejez. Es importante señalar que esta pensión deberá ser reconocida en un plazo máximo de cuatro meses tras presentar la solicitud. También se incluyen los ahorros voluntarios de los afiliados, facilitando así una mayor flexibilidad para su futura pensión.
A pesar de la complejidad de esta nueva estructura, la reforma mantiene los requisitos de edad y semanas necesarios para obtener la pensión de vejez, con 62 años para hombres y 57 para mujeres, además de 1,300 semanas cotizadas. Las personas que cuenten con 900 semanas (hombres) o 750 (mujeres) al 1 de julio de 2025 podrán optar por mantenerse bajo el régimen anterior (Ley 100 de 1993). Asimismo, se ha establecido un período de transición de dos años para aquellos que están cerca de pensionarse, permitiéndoles cambiar de régimen tras recibir dos asesorías.
Un aspecto en el que la reforma pone especial énfasis es la reducción de semanas requeridas para las mujeres con hijos. Para ellas, se contempla una reducción de 50 semanas por cada hijo, con un límite de tres hijos.
Entre las innovaciones introducidas, se destacan la pensión familiar, la prestación anticipada para quienes han cotizado más de 1,000 semanas, y regulaciones especiales para padres con hijos que tienen discapacidad permanente. También se han implementado medidas favorables para trabajadores rurales e independientes, permitiendo que puedan cotizar por días o semanas e incluso anticipar pagos hasta por un año.
Con estas reformas se espera brindar una solución más justa y accesible para la población colombiana, fortaleciendo la seguridad social en una etapa de vida tan crucial como es la vejez, y dando un paso hacia la equidad social. La información corresponde a la fecha de publicación original, 2025-06-30 21:48:00.
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