Colombia
Corte Suprema confirmó condena de 18 años de prisión por abuso sexual infantil: hubo errores en valoración de pruebas

La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha tomado una decisión de gran relevancia social al anular la absolución de Jhon Carliones Pérez Domínguez y restaurar la sentencia por abuso sexual infantil.
El fallo, emitido el 12 de noviembre de 2025 en Bogotá, revocó la absolución dada por el Tribunal Superior de Bogotá en julio de 2021, confirmando la primera sentencia de 18 años de prisión por acceso carnal abusivo y actos sexuales agravados contra una menor de 14 años.
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Los hechos se remontan a un período entre 2014 y 2015, cuando Pérez Domínguez vivía con la madre y dos hijos de la denunciante, incluyendo a la víctima nacida en 2006.
Según la investigación, durante ese tiempo, el acusado sometió a la niña a diversas actividades sexuales, incluyendo penetraciones y tocamientos reiterados. La denuncia formal se presentó en 2016, y la Fiscalía imputó delitos de acceso carnal abusivo y actos sexuales con menor de 14 años, ambos agravados.
En noviembre de 2020, el Juzgado Treinta Penal del Circuito de Bogotá declaró a Pérez Domínguez culpable y le impuso una pena de 18 años de prisión e inhabilitación para ejercer funciones públicas por el mismo tiempo.
La defensa apeló, llevando el caso ante el Tribunal Superior de Bogotá, que revocó la condena y absolvió al acusado. La Fiscalía luego recurrió en casación, argumentando que el Tribunal cometió errores significativos en la valoración de las pruebas y la interpretación de la ley.
El núcleo del conflicto se centró en la credibilidad de la víctima y la admisibilidad de las declaraciones previas al juicio oral. La Fiscalía afirmó que el Tribunal erróneamente desestimó las pruebas pertinentes, que deberían haber sido admitidas como referencia legal en casos de abuso sexual infantil.
Además, la Fiscalía argumentó que el Tribunal no tuvo en cuenta la confianza que suelen tener los testimonios de las víctimas de abuso sexual infantil, así como la consistencia en sus relatos.
La Corte Suprema enfatizó: “La Fiscalía puede elegir cómo introducir la versión de la víctima que considere más apropiada, dado que la declaración fuera del juicio podría ser desfavorable para su caso”.
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