Economia
¿Cuándo aumentará el pago de los dominicales, festivos y recargos nocturnos, tras aprobación de la reforma laboral?

El proyecto de ley de la reforma laboral tiene luz verde tras la aprobación de los textos en el Senado y la Cámara de Representantes. El siguiente paso será la sanción presidencial, ¿pero cuándo comenzará el pago nuevo de los dominicales, festivos y recargos nocturnos?
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La reforma laboral traerá cambios en el monto de la remuneración que devengan los trabajadores desde el inicio de la aplicación de las nuevas tarifas. Le contamos:
¿Desde cuándo se iniciaría el pago de dominicales y festivos?
El texto aprobado tanto en la Cámara como en el Senado establece que el pago de los dominicales y festivos pasaría del 75 por ciento actual a un 100 por ciento de manera gradual.
Los trabajadores percibirán más dinero por dominicales y festivos. Foto:Carlos Arturo García M.
El Congreso aprobó que el incremento del pago de los dominicales y festivos se haría de manera gradual: en julio del 2025 subiría al 80 por ciento, en julio del 2026 pasaría al 90 por ciento y en julio del 2027 al 100 por ciento.
Por ejemplo, si un trabajador devenga el salario mínimo, que es de $1.423.500 en el año 2025, y trabaja un domingo o varios, tendrá derecho a cobrar por cada domingo trabajado $94.900.
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Actualmente, un trabajador que gana el salario mínimo recibe $83.037 por un domingo trabajado. Ese pago equivale al costo de un día ordinario más el 75 por ciento adicional.
- A partir del primero de julio de 2025: el pago dominical y festivo aumentará al 80 por ciento.
- A partir del primero de julio de 2026: el pago dominical y festivo se incrementará hasta llegar al 90 por ciento.
- A partir del primero de julio de 2027: el pago dominical y festivo llegará a la aplicación plena del recargo, alcanzando el 100 por ciento.
La reforma laboral trajo cambio para los trabajadores. Foto:MinTrabajo
¿Desde cuándo se iniciaría el pago los recargos nocturnos?
La jornada nocturna comenzaría a las 7 de la noche y no a las 9 p.m. como ocurre actualmente, es decir, que después de esa hora le tendrían que pagar un recargo de 35 por ciento.
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El cambio en la jornada nocturna aplicará para todas las empresas. A pesar de la oposición de varios congresistas, finalmente ni en la Cámara ni en Senado se aprobó una excepción para las pequeñas y medianas empresas por lo que todos los trabajadores tendrían que cobrar ese recargo pasadas las 7 de la noche.
El texto aprobado en el Senado indica que el artículo de los recargos nocturnos entraría en vigencia 6 meses después de la sanción de la ley.
Otros cambios que trajo la reforma laboral
La reforma laboral también tiene novedades en otros asuntos, además del pago de dominicales, festivos y recargos nocturnos.
Una de esas novedades es el contrato de aprendizaje. En Senado y Cámara se aprobó que sea un contrato de aprendizaje laboral, es decir, será un contrato laboral especial a término fijo, que se rige por las normas sustantivas del Código Sustantivo del Trabajo.
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¿Qué empresas están obligadas a contratar aprendices del Sena? Foto:iStock
Según lo aprobado en Senado, en la fase lectiva la remuneración sube del 50 al 75 por ciento del salario mínimo, mientras que en etapa práctica se elevaría del 75 al 100 por ciento.
También se aprobó que durante la fase lectiva el aprendiz estará cubierto por el sistema de seguridad social en salud y riesgos laborales. En cambio, durante la práctica el aprendiz estará afiliado a riesgos laborales y al sistema de seguridad social integral en pensiones y salud, al tiempo que tendrá derecho al pago de todas las prestaciones, auxilios y demás derechos propios del contrato laboral.
Consejo de Estado suspendió el ‘decretazo’. Foto:
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS