Economia
Después de hacer la declaración de renta en 2025, así puede solicitar sus saldos a favor ante la DIAN

El próximo viernes 24 de octubre termina el calendario de vencimientos para la declaración de renta de personas naturales, y aunque muchos contribuyentes se enfocan únicamente en cumplir con la obligación tributaria, pocos prestan atención a un aspecto que puede representar un ahorro inesperado: el saldo a favor.
De acuerdo con Fernán Cardona, profesor del Consultorio Tributario del Politécnico Grancolombiano, “el saldo a favor corresponde al resultado positivo que se obtiene cuando los pagos realizados por retenciones, anticipos o autorretenciones superan el impuesto efectivamente causado. En términos simples, significa que se pagó más de lo que se debía”.
Este dinero, aclara el experto, no se pierde. La ley permite solicitar su devolución o compensación, siguiendo los pasos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Sin embargo, por desconocimiento o temor al trámite, miles de personas dejan ese dinero en manos del Estado.
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¿Qué hacer si tiene saldo a favor?
Según Michael Smith Ortegón Salazar, director del programa de Administración de Empresas e Inteligencia de Negocios de la Universidad Católica de Colombia, existen dos opciones principales para aprovechar el saldo a favor:
- Imputarlo al siguiente año gravable, para reducir el impuesto a pagar en la próxima declaración.
- Solicitar la devolución o compensación, de modo que la DIAN gire el valor directamente a la cuenta bancaria del contribuyente.
“En ambos casos, es fundamental verificar el monto reportado, conservar los soportes y actuar dentro de los plazos establecidos. De lo contrario, se puede perder el derecho”, advierte Ortegón.
DIAN Foto:
El plazo general para solicitar la devolución es de dos años contados desde la presentación de la declaración con saldo a favor. Sin embargo, existen excepciones:
- Si la declaración fue presentada con beneficio de auditoría y el impuesto a cargo aumentó un 35 % respecto al año anterior, el término de firmeza se reduce a seis meses, y ese será el tiempo disponible para presentar la solicitud.
- Si el aumento fue del 25 %, el plazo se extiende a un año.
Cumplido ese periodo, la declaración queda en firme y ya no se puede solicitar la devolución.
La buena noticia, según Cardona, es que el proceso se ha modernizado. “Hoy existen mecanismos digitales más ágiles, pues la plataforma de la DIAN permite radicar devoluciones electrónicas, hacer seguimiento al trámite y recibir el dinero directamente en la cuenta registrada”, explica.
De acuerdo con Karoll Cuadros, gerente de eCommerce de Sovos Saphety, muchos contribuyentes no solicitan la devolución por considerarlo un proceso complejo o por la percepción de que la DIAN lo ve con desconfianza.
“Existe la creencia de que es un procedimiento largo o que genera auditorías adicionales, pero lo cierto es que, si el contribuyente está al día y cumple los requisitos, el proceso puede resolverse en pocas semanas”, señala Cuadros.
¿Qué debe tener listo para el proceso?
El contribuyente debe tener:
- RUT actualizado.
- Firma electrónica activa.
- Cuenta bancaria registrada ante la DIAN.
- Formato 010 diligenciado con la información correspondiente.
También se deben adjuntar los soportes que respalden el saldo a favor, como certificados de retención, comprobantes de pago o estados financieros, según el caso.
Para esto es recomendable que:
- Verifique su declaración antes de presentarla.
- Guarde certificados de ingresos y retenciones.
- Evalúe si conviene imputar el saldo o pedir devolución.
- Use la plataforma electrónica de la DIAN.
- No deje vencer los plazos.
¿Cómo solicitar la devolución de saldos a favor ante la DIAN?
Según la entidad, el trámite puede realizarse a través del portal devolucion.dian.gov.co siguiendo estos pasos:
- Ingrese con su usuario (nombre propio si es persona natural o NIT si es persona jurídica).
- En el tablero de control, seleccione “Procedimiento de Devolución/Compensación” y luego “Solicitud Devolución/Compensación”.
- En “Concepto Solicitud Devolución”, elija “Saldos a favor” y en tipo de obligación, “Impuestos sobre la renta”.
- Haga clic en “Crear solicitud de devolución y/o compensación”.
- Indique si su solicitud está relacionada con garantía.
- En el campo “Obligaciones de origen”, seleccione los saldos a favor disponibles o adicione uno nuevo.
- Verifique la información en la sección “Deuda”, seleccione las compensaciones a solicitar y confirme.
- Diligencie los datos de la cuenta bancaria a la que se hará el giro.
- Genere y revise el PDF del formulario antes de formalizar.
- Una vez confirmada la información, seleccione “Formalizar documento”. El sistema generará un número de solicitud y expediente.
Finalmente, radique los documentos requeridos mediante la opción “Anexo de requisitos a asunto Devolución/Compensación”.
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