Economia
“Dian implementa IVA en áreas comunes de conjuntos residenciales en Colombia: descubre cómo funcionará”

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) afirmó que impondrá IVA a las administraciones de propiedades horizontales que cobren por el uso de espacios compartidos en sus unidades. Fedelonjas, la asociación del sector inmobiliario, expresó su oposición ante esta normativa.
Las administraciones de conjuntos residenciales que reciban ingresos por el uso de piscinas, gimnasios, salones, parqueaderos y otras áreas comunes, deberán recaudar y transferir a la DIAN el impuesto del IVA.
¿En qué situaciones la DIAN recauda el IVA?
“Están brindando servicios que están sujetos al IVA. Por lo tanto, están obligados a declarar el IVA y emitir la factura electrónica correspondiente. Cuando los conjuntos residenciales incluyen estos servicios dentro de la cuota de administración, no es necesario facturar el IVA ni presentar la correspondiente factura electrónica”, aclaró Gustavo Peralta Figueredo, director de gestión jurídica de la DIAN.
“El impuesto sobre las ventas -IVA- solo se genera cuando el conjunto residencial explota comercialmente las áreas comunes y no al pagar los costos de su mantenimiento a través de cuotas de administración. Las propiedades horizontales de uso residencial no son contribuyentes del impuesto sobre la renta ni deben presentar declaraciones, pero los servicios de alquiler que ofrezcan sí generan impuesto sobre las ventas -IVA,” manifestó la DIAN.
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Por supuesto, esta normativa no fue bien recibida por los propietarios de apartamentos.
“Nos van a cobrar IVA. Ya quieren cobrar si alguien usa el parqueadero. El Gobierno está completamente desactualizado,” comentó un ciudadano. “No estoy de acuerdo porque esa propiedad es del conjunto,” añadió otro residente.
Fedelonjas desaprueba la decisión de la DIAN de imponer IVA por el uso de áreas comunes
Fedelonjas expresó su desacuerdo con esta medida, ya que no solo representa una carga tributaria para las copropiedades, sino que también ignora la esencia y función de la propiedad horizontal en el bienestar y la seguridad de las comunidades.
“Los parqueaderos, al igual que las otras áreas comunes de una copropiedad, no son activos comerciales, son espacios esenciales para la gestión y la sostenibilidad de las residencias de las copropiedades. Gravar estos ingresos podría resultar en un incremento de las cuotas de administración,” advirtió Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas.
En relación a este asunto, la DIAN precisó que no se trata de una norma nueva, sino que desde 2014 el Consejo de Estado clarificó que las propiedades horizontales son contribuyentes del IVA por la explotación económica de sus áreas comunes.
De acuerdo con la DIAN, “durante 2024 se realizaron reuniones con asociaciones y representantes legales de propiedades horizontales en distintas regiones del país; como resultado de esto, y tras varios análisis y recopilación de pruebas, se logró la reclasificación de 1.200 conjuntos que, estando obligados a declarar y pagar el IVA, no lo hacían. En la actualidad, la entidad está avanzando en labores de reclasificación de oficio a más de 90 copropiedades por esta misma razón”.






