Colombia
El vacío legal que sorprende a miles de residentes: así se define si un parqueadero puede usarse para varias motos en Colombia

Las normas sobre el uso de estacionamientos en propiedades horizontales frecuentemente generan incertidumbre entre residentes y administraciones.
Estas dudas son comunes, pese a que el manejo de espacios tanto privados como comunes está regulado por las disposiciones establecidas en la Ley 675 de 2001, que determina derechos y responsabilidades para promover la convivencia y el uso apropiado de los bienes.
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La Ley 675 de 2001 aborda todo lo concerniente a la Propiedad Horizontal en Colombia, incluyendo la gestión de pisos, apartamentos, locales comerciales y áreas compartidas en un conjunto residencial. Este marco legal define las responsabilidades sobre el mantenimiento, convivencia y seguridad, así como el uso de zonas comunes y privadas. Su relevancia aumenta dado el número de hogares que operan bajo este modelo urbano.
Según datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), citados por Caracol Radio, el 89 % de las viviendas que iniciaron en el primer semestre de 2024 eran apartamentos, lo que resalta la importancia de entender cómo se regula el uso de espacios compartidos. En este contexto, la gestión de los parqueaderos es una de las inquietudes más comunes entre los residentes.
Los espacios comunes, según el artículo 67 del capítulo II de la Ley 675, abarcan zonas verdes, áreas de circulación, salones sociales y parqueaderos. En estos rincones, el uso debe seguir las normativas determinadas por la administración o la junta de copropietarios, quienes tienen la autoridad para regular las actividades permitidas y asegurar que se cumplan los criterios de convivencia.
No obstante, los parqueaderos reciben un tratamiento especial. Aunque generalmente se consideran espacios comunes, esto no siempre es así. La ley establece que es crucial distinguir entre si el parqueadero es de uso privado o común, ya que las decisiones sobre su uso dependen de esta clasificación.
Los parqueaderos privados son bienes exclusivos del propietario, y pueden ser arrendados, vendidos o cedidos, siempre y cuando no interfieras con el uso de otros residentes ni violes el reglamento interno. En estos casos, la administración no puede imponer restricciones arbitrarias sobre su uso, ya que son derechos individuales del propietario.
Por otro lado, los parqueaderos comunes pertenecen a todos los copropietarios y son gestionados por la copropiedad. Pueden ser asignados para uso de un residente, pero esa asignación no confiere propiedad. Por lo tanto, no pueden ser vendidos ni arrendados, ya que son bienes colectivos cuya administración corresponde exclusivamente a la junta o administración.
La posibilidad de estacionar varias motos en un solo espacio está sujeta al reglamento interno. Aunque un propietario tenga un parqueadero privado, o un inquilino cuente con autorización para su uso, las decisiones sobre su capacidad deben ajustarse a las estipulaciones de la Propiedad Horizontal. El reglamento especifica si se permite estacionar más de un vehículo en un solo espacio y bajo qué condiciones.
Esto aplica incluso en situaciones donde el parqueadero sea adquirido con fondos propios o esté legalmente arrendado. El reglamento interno siempre prevalece sobre el número de vehículos permitidos en un solo espacio. Ignorarlo puede resultar en advertencias o sanciones económicas, de acuerdo con las regulaciones de la copropiedad.
Caracol Radio señala que, además de estas regulaciones, las pautas internas suelen incluir criterios adicionales. Por ejemplo, no interferir con otros parqueaderos, evitar obstrucción de las áreas de circulación y asegurar que los vehículos estacionados no representen un riesgo para los demás residentes. También se consideran factores como el derrame de líquidos, ruido o la afectación de espacios comunes.
Incluso cuando la propiedad privada ofrece cierta flexibilidad, el uso apropiado del parqueadero debe garantizar que no se comprometa la seguridad ni la convivencia. Por lo tanto, antes de utilizar el espacio para más de una moto o para un vehículo diferente al asignado, es esencial revisar las pautas específicas de la copropiedad y consultar con la administración para evitar problemas.
El incumplimiento de estas normas puede tener consecuencias administrativas. Aunque cada conjunto determina su propio régimen sancionatorio, las acciones más comunes incluyen advertencias, multas y restricciones temporales de uso. Esto se basa en la obligación de cuidar el bienestar de todos los residentes y hacer cumplir el reglamento interno.







