Economia
Colombia Triunfa Nuevamente en Conflicto Internacional con Eco Oro

La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado comunicó que la resolución fue beneficiosa para el Estado colombiano. La empresa multinacional Eco Oro, que tuvo influencia en Santander, solicitaba una corrección.
El Gobierno Nacional logró otro triunfo en un litigio internacional contra Eco Oro, compañía canadiense dedicada a la explotación de minerales que tuvo influencia en Santander. Este lunes, 7 de abril, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Andje, comunicó que un Tribunal de Arbitraje no accedió a la petición de corrección realizada por la multinacional en relación con el litigio sobre la prohibición de la minería en el Páramo de Santurbán.
Dicho tribunal se constituía bajo el convenio del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, Ciadi. Puede interesarle: Operativo contra la minería ilegal de oro deja detenidos en California, Santander
De acuerdo con lo informado por la Andje, el tribunal desestimó unánimemente la solicitud de corrección presentada por Eco Oro, “al concluir que carece de jurisdicción para modificar una opinión disidente emitida por uno de sus árbitros”.
Este pronunciamiento ocurrió en el contexto del procedimiento de corrección iniciado por Eco Oro sobre la opinión disidente del árbitro Horacio Grigera respecto al laudo de daños emitido el 15 de julio de 2024.
En esa resolución, el Tribunal había decidido a favor de Colombia al establecer que no era procedente ninguna indemnización a favor de la minera canadiense. Lea también: Colombia no abonará “ni un dólar” a Eco Oro por la demanda por explotación de oro en Santurbán
Dos de los argumentos principales en la defensa del estado colombiano fueron la inexistencia de jurisdicción del Tribunal para corregir opiniones disidentes, dado que no forman parte del laudo, y la adecuada interpretación del término “laudo arbitral”, que debe ser entendido como la decisión de la mayoría del Tribunal.
Litigio reciente que involucró minería en Santander

A mediados de 2024, el Gobierno Nacional había explicado que no abonaría “ni un dólar” ante las pretensiones de la empresa minera Eco Oro en una demanda multimillonaria por la prohibición de la explotación de oro en el páramo de Santurbán. Este litigio había durado más de ocho años y era apenas una de las problemáticas de la salida de esta minera.
Como ha informado Vanguardia, otro de los principales problemas ha sido la minería ilegal en las zonas y túneles que estaban bajo la jurisdicción de la minera internacional. Puede interesarle: Cierre de túneles de Eco Oro: acciones del Ministerio de Ambiente para detener la minería ilegal de oro en Santander
El 15 de julio del año pasado, se emitió el laudo que finalizó este litigio cuyas pretensiones, incluyendo intereses, superaban los US$1.000 millones.
“El Tribunal Arbitral concluyó que Eco Oro no presentó evidencias, a pesar de que se le ofreció una segunda oportunidad para demostrarlo, sobre la existencia del perjuicio supuestamente experimentado y, por lo tanto, decidió no conceder ni un solo dólar por concepto de compensación”, afirmó, en su momento, la entidad gubernamental.
En la demanda original, la compañía minera indicaba que determinadas disposiciones legislativas, administrativas y judiciales adoptadas por las autoridades colombianas para prohibir la minería en ecosistemas de páramo y su aplicación en el páramo de Santurbán, obstaculizaron el desarrollo de un proyecto de gran minería de oro en su concesión minera. En consecuencia, la empresa minera internacional sostenía que esto constituía una expropiación indirecta de su inversión.

Aunque la cantidad inicial de la compensación solicitada ascendía a US$690 millones, al agregar los intereses, esas reclamaciones podrían llegar hasta los US$1.100 millones, conforme a lo indicado por la entidad estatal en un comunicado de esa fecha.
A pesar de que la mayoría del Tribunal Arbitral había establecido que la aplicación de la prohibición de la minería en el páramo de Santurbán no se efectuó de acuerdo con el Estándar Mínimo de Trato estipulado en el Artículo 805 del TLC, y abrió una fase adicional para que Eco Oro demostrara los daños supuestamente ocasionados, en el laudo se concluyó de “forma definitiva que el inversionista no probó daño alguno”, según reportó la Andje en su momento.






