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Economia

Firma EY advierte posibles efectos de la disminución del piso del impuesto al patrimonio

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La disminución del piso para pagar el impuesto al patrimonio desde $2.095 millones, contenido en la emergencia económica, podría ser confiscatorio si una persona que está en ese nivel, pero no tiene ingresos suficientes para pagar el tributo, y tendría que endeudarse o incluso vender el bien.

Así lo considera 
Angela González, Associate Partner People Advisory Services, EY Colombia, quien dijo que hasta
antes de la entrada de la emergencia económica, “el impuesto al patrimonio
recaía a en los catalogados como megarricos y este era desde unos $3.771 millones, lo cual esta en gracia de
discusión y el texto de la emergencia baja a $2.095 millones, es decir bajó el 44%”.

Añadió que siempre se ha
cuestionado qué tan técnico es dicho tributo, “pues grava a quienes recibieron ingresos
y los capitalizaron y ahora deben pagar un impuesto sobre un patrimonio por el que ya
pagaron tributo”.

Añadió que “el
impuesto al patrimonio en teoría era temporal y más o menos
lleva 30 años de temporal y solo con la reforma de 2022 pasó
a ser permanente. S
e menciona que es temporal y aplicaría solo para el
que se causó el primero de enero de 2026. De un día para otro las reglas
cambiaron. Si en la foto quedaron, tienen que pagar el impuesto en
mayo”.

Efecto sobre extranjeros

Puso como ejemplo que como este
impuesto al patrimonio versa sobre personas naturales, para un extranjero que llegó a Colombia en el segundo semestre de 2025
y se volvió residente fiscal,
“así tenga su patrimonio fuera del país tiene que pagar el impuesto al patrimonio. Si labró su patrimonio toda la vida fuera de Colombia y al volverse residente fiscal tendrá que pagar el impuesto y esto será un impacto
grave”, pues para un extranjero tener un patrimonio líquido de unos US$500.000 no es nada extraño, añadió.

Angela González, Associate Partner People Advisory Services, EY Colombia. Foto:Cortesía

“Esto
va a hacer pensar al extranjero. Con algunos países que se han
firmado acuerdos de doble tributación podría haber salvedad”, advirtió

En estrato 6, pero sin liquidez

Angela González, Associate Partner People Advisory Services, EY Colombia, dijo que “puede haber contribuyentes obligados a pagar el impuesto, pero que no necesariamente cuentan con el flujo de recursos que les permita su pago sin afectar el mismo patrimonio. Es por ello que la eventual confiscatoriedad del impuesto es una discusión técnica”, enfatizó. 

Agregó que un
contribuyente puede no tener ingresos “pero sí una vivienda
costosa y la única disminución que se puede hacer es la vivienda de
habitación, pero se quedan otras cosas que no pueden ser cubiertas
por esas tarifas progresivas”.

Para la experta en impuestos de EY, para
las personas naturales “hasta el 31 de diciembre muchos se
fueron a dormir y no sabían que les iba a pasar al otro día, convirtiéndose en personas objeto de impuesto al patrimonio”.

EY Foto:Cortesía

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