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Habría Usado una Empresa para Atraer Inversionistas

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El Juzguado Quinto Penal del Circuito, Confiones de Conocimiento de Valledupar, Impuso una condena de cuatro años de prisión A Los Médicos Ivoris Bladislao Gutiérrez Vargas y Zaira Alejandra Velasco Nieto,, Tras ser declarados Culpables de Estafa Agravada en Perjuicio de los Essposos Roberto Quiroz Simanca y Aura Isabel de Alba Ruiz, Quienes confiaron en un proyecto empresarial que resultó ser fraudulento.

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El Fallo de Segunda Instancia Detalla que los Procesados Actuaron Con Dolo desde el Inicio, Presentando una Empresa como legurbe de la participación de la participación de la participación que nunca formalizaron. El DESPOCHO consideró probado que los acusados Ocultaron Información relevante, Desviaron los recursos para multas distintos al negocio propuesta y constituyon otra sociedad paralela sen informar a los aportantes.

Según Consta en Expediente, Los Hechos SE Remontan al 26 de Septiembre de 2014, Cuando Los Esposos Roberto Eduardo Quiroz Simanca y Aura Isabel de Alba Ruiz, Consignaron la suma de $ 150.000.000 de pesos en la cuenta bancaria perteneciente a la Empresa Lavaplus Lavanderi Al Tiempo Que, Al Antes Mencionado, Le Entregaron, en Efectivo, la suma de $ 4.500.000 pesos.

Promesas de participación que nunca se Cumplieron

Justicia. Foto:

De Acuerdo Con El Registro Judicial, Estas Personas, Había Acordado Previamenta Con Gutiérrez Vargas y Su Compañera Sentimental, Zaira Alejandra Velasco Nieto, Aportar Un Capital de $ 300.000.000 de pesos, en Aras de Habilitar ComercialmentE el FuncionAmiento la Empresa de Lavandería Especializada, Creada el 16 de Enero de 2013, de la Cual Estos Últimos Eran los Únicos Acionistas, y por cuyo aporte, los esposos de los esposos quiroz de alba, se convierten en Socios y oBiNONANATONTONTONCONTACIOM 33 por ciento.

Tiempo Después del desembolso del Primer Recurso Dinerario Al Patrimonio de la Sociedad y Luego de un análisis Contable, Los Esposos Quiroz de Alba Detectaron que la Empresa Lavaplus Lavandería Especialada Sas no Generaba los resultados Económicos Esperados y QueraCiAsada Especialada Sash Había Sido Legalmento Formalizada. Por tales Razones, decidieron exigir cuentas a Los Señores Ivoris Bladislao Gutiérrez Vargas y Zaira Alejandra Velasco Nieto, Representante Legal y Socia, Respectivamento, Sintrario Sintrario Satisfactorio Satisfactoria A Tal Aspecto “

En este Mismo contexto, Destaca el DocumentO Judicial, Que Los Esposos Quiroz de Alba Evidenciaron Que los Antes Mencionados, Para El Día 10 de Abril de 2015, Había Constituido una Nueva Empresa de Lavado de Ropa Industrial Llamada Lacost Lavanderena Legalizada de la Costa Sas, en la qué Velasco Nieto Fungí Como Representante Representante Representante, Representante, Representante, Legal, Especializada de la Costa Sas, en la qué Velasco Nieto Fungí Como Representante Representante, Representante, Representante, Representante, Legal. para lo cual Había Utilizado los recursos y la fachada de la Empresa Lavaplus Lavandería Especializada Sas, Dejando a Esta Última como una entidad ‘de Papel’ y sin el recurso Económico que, inicialmenta, Aquelos habían aportado.

La Denuncia y Las Sanciones Judiciales

Proceso judicial. Foto:istock

“Por Los Anteriores Hechos y Solo Hasta El Mes de Febero del Año 2017, Los Señores Roberto Eduardo Quiroz Simanca y Aura Isabel de Alba Ruíz presentaron una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, iniciándose así una indagación en contra de los señores Ivoris Bladislao Gutiérrez Vargas y Zaira Alejandra Velasco Nieto, Al considerar que presuntamento habría incurrido en el delito de estafa agravada ”, Recalca el documento.

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Tras El Proceso Judicial, El Juzguado Quinto Penal del Circuito, También le Impuso a Los Sentenciados, UNA MULTA DE 90 SALARIOS MÍNIMOS LECTUALES MENSUALES VIGENTES AL Año 2014, Al Igual que los habitantes para para el Ejercio de Derechos y Funciones Públicas por Un término Igupual al antes enunciado.

El Fallo También Destaca, que A Estas Personas SE Les concedió el Benéficio de la suspensivo Condicional de la Ejecución de la Pena Privata de la Libertad.

Suspensión de la condena y recurso de Casación

Panorámica de Valledupar. Foto:Cortesía Alcaldía de Valledupar

SE ordena su suspensión por un período de prueBa de tres (3) Años y la imposición de las obligaciones contenidas en el artículo 65 del c condigo penal, las cuales garantizará medias el pago de una caución prendaria en cuantía de un salario mínimo mensal mensuual mensuual mensuual mensuual mensuual mensual mensuual mensuual mensuual mensuual mensuual mensuual mensiual mensuual mensuual vigeNe Al Año 2025Que Cada Uno y Por Separado Deberán Consignar en la Cuenta de Depósitos Judiciales un favor de Este Juzgado, Según las Indaciones y El TráMite Que Tal Efecto Fijará El Centro de Servicios Judiciales de Los Juzgados Penales de Vallado “, Puntualiziz El documentaliziz.

Contra la presente decisión procede el recurso de casación en los términos Señalados por la Ley 906 de 2004.

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