Economia
Impuesto al patrimonio y al sector energético abre debate jurídico y fiscal en el marco de la emergencia climática
Los cinco decretos expedidos en el marco de la emergencia económica por la crisis climática no solo crearon un impuesto extraordinario al patrimonio para personas jurídicas, sino que también impusieron un aporte adicional del 2 por ciento sobre las ventas de ciertas empresas generadoras de energía. El sector eléctrico advierte que la suma de estas medidas puede tener efectos en liquidez, inversión y eventualmente en las tarifas.
El paquete de decretos expedidos se dan tras la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica por los desastres climáticos que han afectado principalmente a Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó. Los recursos, dice el Gobierno, se destinarán exclusivamente a atender daños en infraestructura, servicios públicos y asistencia a la población afectada.
En el caso del impuesto al patrimonio grava a las empresas con un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT (10.474 millones de pesos) al 1 de marzo de 2026. La tarifa general es de 0,5 por ciento y para sectores financiero y extractivo asciende a 1,6 por ciento. El pago debe realizarse en dos cuotas iguales el 1 de abril y el 4 de mayo.
En paralelo, el Gobierno estableció un incremento de dos puntos porcentuales en las transferencias que realizan hidroeléctricas y térmicas al Sistema Nacional Ambiental, lo que en la práctica eleva las tasas del 4 por ciento al 6 por ciento para agentes hidráulicos y del 6 por ciento al 8 por ciento para térmicos.
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El diseño del tributo del patrimonio líquido fiscal, se basa en activos menos deudas y no en la renta generada durante el año.
Juan David Velasco, socio de Impuestos de Baker McKenzie, explicó que “es un impuesto extraordinario que grava el patrimonio líquido fiscal de las personas jurídicas para financiar la emergencia. La medida traslada a empresas de mayor tamaño una fuente inmediata de recaudo basada en capital acumulado y no en los resultados del período, con impacto directo en la liquidez”.
Añadió que “impone una carga adicional sobre capital ya invertido, lo que puede incidir en decisiones de inversión, especialmente en sectores intensivos en activos. No grava renta generada, sino la estructura patrimonial existente”.
El tributarista Andrés Durán recordó que el 1 de marzo se toma la “foto” patrimonial que define la base gravable y recomendó revisar anticipadamente la determinación del patrimonio fiscal y las exclusiones previstas en la norma, como el valor patrimonial de acciones en sociedades nacionales.
En el plano constitucional, el exdirector de la Dian, Lisandro Junco, sostuvo que “el nuevo impuesto al patrimonio es inconstitucional al volverlo de causación instantánea, no le aplica la regla del art. 338 sobre determinación previa de elementos del tributo para impuestos de período, pero en la práctica la estructura se inserta en el Estatuto Tributario como un impuesto al patrimonio dentro del régimen general, con vigencia asociada al año gravable 2026”.
Junco también advirtió que la norma no excluye expresamente a entidades del régimen tributario especial. “Este impuesto es otro golpe letal a la educación, muchos colegios y universidades son entidades sin ánimo de lucro y deben pagar este impuesto al patrimonio si es superior a 10.474 millones”, señaló, destacando que el sector salud sí quedó excluido.
Eric Thompson, socio de Cañon Thompson, afirmó que el pago de los impuestos se realizaría entonces antes de que exista un pronunciamiento definitivo de la Corte Constitucional.
Las plantas térmicas son el respaldo del sistema eléctrico Foto:Cortesía Celsia
Sector eléctrico: 2% adicional
Además del impuesto al patrimonio, en el decreto 0177 del 2026 las hidroeléctricas y térmicas deberán asumir un incremento de dos puntos porcentuales en las transferencias ambientales.
Alejandro Castañeda, presidente de la Asociación Nacional de Empresas Generadoras, Andeg, explicó que el sector enfrenta dos cargas simultáneas. “Estamos volviendo a cargar las mismas empresas que ya tienen unas cargas tributarias muy altas”, afirmó, al advertir que la Corte deberá evaluar la proporcionalidad de las medidas frente a la emergencia.
Según estimaciones de la asociación, el impacto del 2 por ciento adicional en generación rondaría los 70.000 millones de pesos y el del impuesto al patrimonio cerca de 260.000 millones de pesos para el segmento eléctrico, lo que sumaría alrededor de 330.000 millones de pesos. Castañeda señaló que son mayores costos que podrían trasladarse a los usuarios.
Acolgen, por su parte, indicó que el nuevo 2 por ciento no se dirigirá a las Corporaciones Autónomas Regionales, sino directamente al Ministerio de Ambiente, y pidió mayor precisión sobre el alcance de la expresión “cuencas directamente afectadas”.
Gustavo Morales, presidente de Fasecolda Foto:El TIEMPO
Rechazo asegurador
El sector asegurador expresó su rechazo a la tarifa diferencial del 1,6 por ciento establecida para actividades financieras en el impuesto al patrimonio.
La industria señaló que reconoce la gravedad de la emergencia climática y la necesidad de atender a la población afectada. Indicó que las compañías están respondiendo a reclamaciones en ramos como propiedad, agrícola, vida y salud, y que en 2025 pagaron indemnizaciones por 27,6 billones de pesos.
No obstante, manifestó que la medida “desconoce las singularidades de la industria aseguradora”. El gremio sostuvo que la fijación del impuesto es “antitécnica y regresiva” y que se aparta de estándares internacionales en materia tributaria.
Recordó que el sector ya contribuye con una sobretasa del 5 por ciento del impuesto de renta y que se había planteado elevarla hasta el 15 por ciento en una emergencia anterior. Según el gremio, la suma de cargas ha llevado a que la tasa efectiva de tributación en seguros generales se acerque al 40 por ciento, por encima de estándares de la OCDE.
Desde su perspectiva, crear tarifas diferenciadas por sector genera arbitrariedades y afecta de manera injustificada a industrias intensivas en capital que cumplen una función social relevante.
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