Economia
las garantías que domiciliarios de aplicaciones tendrán tras aprobación de proyecto de ley

Una de las propuestas que tuvo luz verde tiene que ver con las garantías —que entrarían a funcionar una vez se convierta en ley la reforma laboral— para aquellos trabajadores de plataformas digitales de reparto.
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De esta manera, cuando el trabajador tenga la calidad de dependiente y subordinado, la empresa de la plataforma deberá realizar los pagos correspondientes al sistema integral de seguridad social en las proporciones definidas en las normas vigentes. Podrán realizarse cotizaciones a tiempo parcial.
En cambio, cuando sean trabajadores independientes y autónomos, la empresa concurrirá en el pago de aportes a salud y pensión en 60 por ciento, frente a un 40 por ciento a cargo de la persona trabajadora. Se garantizará el cubrimiento en materia de riesgos laborales a cargo exclusivo de la empresa.
Plenaria del Senado aprobó la reforma laboral. Foto:César Melgarejo/El Tiempo
Las plataformas digitales de repartición se convirtieron en un sector que ha crecido exponencialmente en los últimos años, pero que a menudo ha operado en un limbo legal en cuanto a la protección de sus trabajadores.
Con la aprobación de la reforma laboral, las empresas dueñas de aplicaciones de entrega a domicilio como Rappi, DiDi Food, etc., tienen la obligación de explicarle a sus repartidores, de forma fácil de entender si están trabajando como empleados de la empresa o como trabajadores independientes (autónomos) cuando usan la aplicación.
“Las empresas de plataformas digitales de reparto deberán informar de manera clara y en un lenguaje sencillo a los trabajadores digitales en servicios de reparto el alcance de la modalidad de trabajo (dependiente o independiente) a través de la plataforma digital de reparto o de la herramienta tecnológica a la que tenga acceso el trabajador o trabajadora“, se lee en el documento.
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En caso de que la empresa de plataforma digital de reparto quiera cambiar algo importante en el contrato o en las condiciones de trabajo de los repartidores, deberán cumplir con detalles como:
- La empresa debe avisar al repartidor antes de que los cambios entren en vigor.
- Debe especificar las causas y motivos por los que se están realizando esas modificaciones. No basta con decir que hay un cambio, deben explicar la razón.
- Finalmente, los repartidores deben tener la oportunidad de presentar comentarios e inquietudes sobre los cambios propuestos en el contrato.
Imagen de referencia. Foto:iStock
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Igualmente, las empresas de plataformas digitales de reparto tendrán obligaciones diferenciadas con la seguridad social de sus repartidos, dependiendo de si son empleados o trabajadores independientes:
- Si un repartidor es considerado empleado de la plataforma, la empresa debe asumir el pago completo de sus aportes al sistema de seguridad social (salud, pensión, riesgos laborales) en las proporciones que exige la ley. Se permite, además, la cotización a tiempo parcial.
- Para los repartidores independientes, la plataforma debe contribuir con el 60 % de los aportes a salud y pensión, mientras que el repartidor cubre el 40 % restante.
- La cobertura de riesgos laborales estará totalmente a cargo de la empresa. El cálculo de estos aportes se basa en el 40 % del total de ingresos que el repartidor recibe a través de la plataforma. Es importante destacar que esta contribución de la empresa no cambia la condición de “independiente” del repartidor.
- El Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud y Protección Social serán los encargados de crear la reglamentación específica sobre cómo cotizarán los repartidores independientes que ganen menos del salario mínimo mensual.
- Finalmente, las empresas tienen la obligación de reportar mensualmente a las entidades de seguridad social las horas efectivas de servicio de todos los repartidores. Esta información también debe ser entregada al repartidor al final de cada mes.
FELIPE SANTANILLA AYALA
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS







